Corte de Santiago condena a agentes de la DINA por crímenes contra dirigentes sindicales

[resumen.cl] La Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago condenó a la pena de 10 años y un día de presidio a cinco ex jerarcas de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en delito de secuestro calificado de los dirigentes sindicales Jorge Corvalán Valencia, Jorge Salgado Salinas y Pedro Silva Bustos, ilícito perpetrado a partir del 9 de agosto de 1976 en la ciudad de Santiago.

En fallo unánime (causa rol 1551-2015), la referida Sala del tribunal de alzada - integrada por las ministras Jessica González, Romy Rutherford y el abogado integrante Mauricio Decap - condenó como autores de los secuestros a los ex oficiales de ejército Pedro Octavio Espinoza Bravo, Carlos José Leonardo López Tapia, Rolf Arnold Gonzalo Wenderoth Pozo, Juan Hernán Morales Salgado y al ex oficial de carabineros Ricardo Víctor Lawrence Mires.

De esta manera, si bien el tribunal de alzada ratifica la condena, reduce la sentencia de primera instancia dictada en junio del 2015 por el ministro de fuero Leopoldo Llanos, quien había sentenciado a los acusados a penas de 15 años y un día. Este fallo de primera instancia también había condenado a Manuel Contreras Sepúlveda, quién murió en agosto del año pasado, con lo cual extingue su responsabilidad penal. De acuerdo a los antecedentes recopilados en la etapa de investigación, el ministro Llanos logró dar por acreditados los siguientes hechos:

a) Que, los hechos investigados en este proceso ocurrieron en el centro clandestino de detención conocido como «Cuartel Terranova» o «Villa Grimaldi», ubicado en Avenida José Arrieta N° 8.200 de la comuna de Peñalolén en la Región Metropolitana.

En Villa Grimaldi operaba un grupo de agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), cuyo Director era el Coronel Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda, bajo cuya dependencia jerárquica se encontraban varios oficiales y otros funcionarios de las distintas ramas de las Fuerzas Armadas, Carabineros e Investigaciones, así como también algunos civiles; todos los cuales, ostentando diversos grados de jerarquía en el mando, ordenaron algunos y ejecutaron otros, capturas de personas militantes o afines a partidos políticos o movimientos de izquierda, a quienes encerraron ilegalmente en el lugar, doblegándolos bajo tormento físico de variada índole, con el objeto de hacerlos entregar información sobre otras personas de la izquierda política para aprehenderlas.

b) Los agentes antes referidos formaban parte de la Brigada «Caupolicán».

c) Los primeros detenidos llegaron a mediados del año 1974 a «Villa Grimaldi»; y en enero de 1975 pasó a convertirse en el centro de operaciones de la Brigada de Inteligencia Metropolitana, que ejercía la función de represión interna en Santiago.

d) A los detenidos se les mantenía todo el tiempo vendados, con deficientes condiciones higiénicas y con escaso alimento, el que no recibían durante los primeros tres días. Los lugares más característicos donde se mantenía a los detenidos se denominaban «La Torre», «Casas Chile» y «Casas Corvi».

e) A «Villa Grimaldi» fueron llevados en calidad de detenidos las siguientes personas:

1.- José Enrique Corvalán Valencia; casado, seis hijos, dirigente sindical, militante del Partido Comunista, fue detenido por agentes de la DINA el 9 de agosto de 1976, alrededor de las 10:00 horas en el domicilio ubicado en calle Ayacara N° 8523 Población San Ramón, La Granja trasladado hasta la Villa Grimaldi.

2.- Jorge Orosmán Salgado Salinas; casado, cinco hijos, dirigente sindical, militante del Partido Comunista, fue detenido por agentes de la DINA el 9 de agosto de 1976, en horas de la tarde en las inmediaciones de la Vega Central donde se desempeñaba como cargador, junto a Pedro Silva.
3.- Pedro Silva Bustos; casado, seis hijos, dirigente sindical, y dirigente regional del Partido Comunista y miembro de la comisión de organización del comité central del Partido Comunista, fue detenido por agentes de la DINA el 9 de agosto de 1976, en horas de la tarde en las inmediaciones de la Vega Central donde se desempeñaba como cargador.

f) Las consecuencias de estas detenciones es que las personas antes mencionadas se encuentran en calidad de desaparecidas, toda vez que, privadas de libertad, no han tomado contacto con sus familiares; tampoco han realizado gestiones administrativas ante organismos del Estado ni organismos privados, ni registran entradas o salidas del país, sin constar, tampoco, su defunción».

Pese a que debiera estar cumpliendo condena por otros delitos de lesa humanidad, el criminal Ricardo Víctor Lawrence Mires, ex coronel de carabineros, continúa en calidad de prófugo, no siendo habido por las policías para ser ingresado a cumplir condenas por sus crímenes, aunque sigue recibiendo sueldo del estado pagado regularmente por su protectora institución. El fallo de la Novena Sala constata tal hecho pero no dicta ninguna resolución tendiente a poner término a esta burla y aberración jurídica.

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