[resumen.cl] La Corte Suprema acogió el recurso del ex estudiante Hipólito Fuentes contra la Universidad del Bío Bío porque dicha casa de estudios le impidió titularse debido a deudas de arancel que el ex estudiante mantenía. El máximo tribunal del país determinó que se le debe permitir realizar los trámites necesarios para obtener su título profesional de ingeniero civil.
La Corte Suprema revocó el fallo de la Corte de Apelaciones de Concepción que había rechazado el recurso de protección presentado por un ex estudiante de la Universidad del Bío Bío contra la casa de estudios. Según determina el fallo de la Suprema, resulta ilegítimo utilizar medios de presión para obtener el pago de deudas
"Al existir un contrato de prestación de servicios educacionales del cual emanan derechos y obligaciones para ambas partes, la forma legal de solicitar el cumplimiento de aquéllas que se estiman incumplidas es a través de las acciones jurisdiccionales correspondientes, resultando ilegítimo utilizar cualquier medio de presión para obtener el pago. En el mismo sentido lo ha resuelto esta Corte al conocer del recurso de protección Rol N° 22.280-2014″, sostiene la sentencia.
Además, el máximo tribunal del país indica "la decisión de la Universidad recurrida es arbitraria porque discrimina al actor al privarlo de realizar los trámites pertinentes para obtener su título profesional, pese a reunir los requisitos para ello, en relación con los demás egresados que se encuentran en su misma situación académica, lo que importa la infracción de la garantía contemplada en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República».
Por estas razones, la Corte Suprema determinó que se le debe permitir realizar los trámites necesarios para obtener su título profesional de ingeniero civil.
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