Corte Suprema otorga libertad condicional a violador de DDHH recluido en Punta Peuco

[resumen.cl] En una nueva vergonzosa decisión del máximo tribunal del país, la Suprema acogió el recurso de amparo presentado por la defensa del criminal de lesa humanidad Guillermo González Betancourt, contra la Comisión de Libertades Condicionales de la Corte de Apelaciones que se había negado a otorgarle el beneficio por estar condenado en un delito de lesa humanidad. González Betancourt fue condenado por su participación en el asesinato y secuestro de los profesores Manuel Guerrero, Santiago Natino y José Manuel Parada.

«De acuerdo al artículo 2° del D.L. N° 321, todo individuo condenado a una pena privativa de libertad de más de un año de duración, «tiene derecho a que se le conceda su libertad condicional», siempre que cumpla con los requisitos objetivos que enuncia: 1° Haber cumplido -como regla general- la mitad de la condena que se le impuso por sentencia definitiva; 2° Haber observado conducta intachable en el establecimiento penal en que cumple su condena; 3° Haber aprendido bien un oficio; y, 4° Haber asistido con regularidad y provecho a la escuela del establecimiento y a las conferencias educativas que se dicten» sostiene el fallo.

La sentencia puede ser interpretada como consecuencia de las declaraciones del actual Presidente de la Corte Suprema, Hugo Dolmestch, quien a lo largo de toda su carrera en el poder judicial ha defendido las medidas que benefician a los condenados por violación a los DDHH. En entrevista con La Tercera, el aludido señaló, respecto de los beneficios carcelarios de criminales de lesa humanidad «La mayoría dice ‘es que son delitos de mucha gravedad, de lesa humanidad’. Y yo digo que no, yo creo que tienen derecho a la libertad, pero esa es una opinión personal».

González Betacourt fue condenado a cadena perpetua por el secuestro y asesinato de los profesores Manuel Guerrero, Santiago Natino y José Manuel Parada, los que fueron secuestrados y luego murieron degollados a manos de agentes de Carabineros el 30 de marzo de 1985. Es el segundo condenado por el caso que obtiene el beneficio, ya que en agosto de este año Alejandro Sáez Mardones también fue beneficiado tras un fallo de la Suprema.

A estos casos de vergonzosa impunidad, se suma lo que se produjo en septiembre de este año, cuando la Corte Suprema dictó un fallo favorable al ex coronel de carabineros Conrado Alfredo Sesnic Guerricabeitía, torturador parte del ANCLA 2 de la Base Naval de Talcahuano condenado por el crimen del militante mirista Rudy Cárcamo Ruiz que se encontraba detenido en Punta Peuco desde el 2012. Al igual que en el caso de los condenados por el caso degollados, la Suprema revirtió lo señalado por la Comisión de Libertad condicional y ordenó que criminal de lesa humanidad gozara de la libertad condicional.

El caso más escandaloso fue la libertad condicional a Raul Iturriaga Neumann, ex Subdirector de la DINA, a quien no se le otorgo la libertad condicional por tener otros casos donde estaba involucrado.

Los fallos judiciales han revertido las decisiones de la Comisión de Libertades Condicionales de la Corte de Apelaciones, quien se ha negado a entregar los beneficios por tratarse de delitos de lesa humanidad. Las defensas de los criminales de lesa humanidad han utilizado la estrategia de ir contra esta decisión en tribunales, consiguiendo la libertad de los condenados.

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