San Felipe: Corte condena a ex militares por ejecución de militantes PS y PC en 1973

[resumen.cl] La Corte de Apelaciones de Valparaíso condenó, pero rebajando las penas establecidas por el Ministro en visita Jaime Arancibia, a 5 ex miembros del Regimiento de Infantería N° 3 Yungay de San Felipe por el homicidio de Rigoberto Achú Liendo y Absalón Wegner Millar, ejecutados el 13 de diciembre de 1973, en la ciudad de San Felipe. Absalón Wegner Millar es reconocido como uno de los 21 "médicos del pueblo" ejecutados en Dictadura.

 

El fallo del tribunal condenó a Héctor Orozco Sepúlveda, Sergio Jara Arancibia y Pedro Lovera Betancourt a penas de 10 años y un día de presidio, en calidad de autores en ambos homicidios; en tanto, Raúl Navarro Quintana y Milton Nuñez Hidalgo deberán purgar 5 años y un día de presidio, como cómplices.

Las víctimas, determinó la investigación de Arancibia- «habían sido detenidos en los meses de septiembre y noviembre de ese año, respectivamente, por personal del Regimiento de Infantería N° 3 Yungay de San Felipe, por tratarse de dirigentes de los Partidos Socialista y Comunista y además tener a su cargo servicios públicos relevantes en esa ciudad."

Achú Liendo y Wegner Millar fueron «puestos a disposición de la Fiscalía Militar de San Felipe, acusados de mantener armas escondidas y dentro del marco de supuestos ilícitos en contra de la Ley de Seguridad Interior del Estado y próximos a ser llevados a un Consejo de Guerra dispuesto para esos efectos, son sacados desde el lugar de su reclusión -Cárcel Pública de Felipe- entre las 22:00 a 23:00 horas de la noche, para ser llevados a la Fiscalía Militar de esa ciudad, que funcionaba en el Regimiento ya mencionado, ubicado más o menos a tres cuadras del recinto carcelario» señala el fallo.

Los militantes del PS y el PC fueron "acribillados por la patrulla que los transportaba, en un lugar cercano a la intersección de calles 5 de Abril con calle Molina de la ciudad de San Felipe, muriendo ambas víctimas en el acto, para luego, después de constituirse un contingente militar del Regimiento en ese lugar, Carabineros y Gendarmes, ser llevados al Hospital local, siendo lavados los rastros de sangre producidos, con la ayuda de Gendarmería de esta ciudad».

El Ministro Arancibia determinó que los condenados debían purgar una pena de 18 años – Héctor Orozco Sepúlveda, Sergio Jara Arancibia y Pedro Lovera Betancourt- y de 8 años – Raúl Navarro Quintana y Milton Nuñez Hidalgo-. Pese a la comprobación de la existencia de alevosía y premeditación en los crímenes -con personas torturadas, esposadas y ejecutadas por la espalda- la Corte de Apelaciones porteña rebajó en un grado las penas quedando los ejecutores del delito de lesa humanidad con una pena de 10 años y un día; y los cómplices con una pena de 5 años y un día. Los ex militares intentaron justificar el crimen con la cobarde mentira de un intento de fuga.

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