Condenas a criminales en Bío-Bío

La eterna búsqueda de justicia para los familiares de los ejecutados políticos y detenidos desaparecidos durante la época de la dictadura sigue siendo un anhelo difícil, muy difícil de lograr. La impunidad para los criminales cuando no ha sido abierta y descarada, ha sido disfrazada en larguísimos procesos judiciales que generalmente culminan con condenas ínfimas. En los últimos años, la Corte Suprema de Justicia se ha enviciado en rebajar hasta lo indecible las condenas que los criminales reciben en primera y segunda instancia. Tanto, que esta práctica se ha convertido en una especie de edicto dictatorial para los jueces subalternos que se esfuerzan por ser "blandos" con los culpables, de modo de hacerles más fácil la pega a los supremos.

En los últimos días hemos visto en nuestra zona la expresión de esta perniciosa tendencia judicial en materia de causas de derechos humanos.

Por un lado, el 15 de junio, el Ministro Carlos Aldana Fuentes, juez con dedicación especial para causas de derechos humanos, condena en primera instancia a los autores del secuestro y desaparición de 29 personas, ocurridas entre septiembre y noviembre de 1973, en las comunas de Santa Bárbara y de Quilaco, de la provincia de Los Ángeles. Recordemos que tan solo en el período señalado hubo en esa provincia 135 víctimas, de las cuales 122 corresponden a detenidos desaparecidos.

El Ministro Aldana dictó sentencia en contra de quienes participaron en los secuestros y desapariciones de Desiderio Aguilera Solís, José Gilberto Araneda Riquelme, Elba Burgos Saéz, Sebastián Hernaldo Campos Díaz, Miguel Cuevas Pincheira, Sergio D'Apollonio Petermann, Carlos Jacinto D'Apollonio Zapata, Juan de Dios Fuentes Lizama, Juan Francisco Fuentes Lizama, José Domingo Godoy Acuña, José Mariano Godoy Acuña, José Nazario Godoy Acuña, Julio César Godoy Godoy, Aliro Oporto Durán, José Guillermo Purrán Treca, Juan de Dios Rubio Llancao, Julio Alberto Rubio Llancao, Samuel Salamanca Mella, José María Tranamil Pereira, José Rafael Zuñiga Aceldine, José Secundino Zuñiga Aceldine, todos ellos de la comuna de Santa Bárbara, y en los secuestros y desapariciones de Luis Alberto Bastías Sandoval, Luis Alberto Cid Cid, Cristino Humberto Cid Fuentealba, José Roberto Molina Quezada, José Felidor Pinto Pinto, Raimundo Salazar Muñoz, Segundo Marcial Soto Quijón y Gabriel José Viveros Flores, de la comuna de Quilaco.


Por los secuestros de las víctimas de Santa Bárbara fueron condenados:

Planté Euclide Aravena Sáez, a 10 años y 1 día; sin beneficios.

Héctor Isaías Echeverría Beltrán, a 7 años y medio; sin beneficios.

José Jaime Godoy Godoy, a 7 años; sin beneficios.

José Heraldo Pulgar Riquelme, a 7 años; sin beneficios.

Jorge Denis Domínguez Larenas, a 6 años y medio; sin beneficios.

Sergio Amado Fuentes Valenzuela, a 6 años y medio; sin beneficios.

Jorge Eduardo Valdivia Dames, a 6 años y medio; sin beneficios.

José Roberto Valdivia Dames, a 6 años y medio; sin beneficios.

Luis Enrique Ricardo Barrueto Barting, a 6 años y medio; sin beneficios.

Manuel Darío Barrueto Barting, a 6 años y medio; sin beneficios.

Pedro Segundo Ruiz Pardo, a 541 días; se le concedió el beneficio de la remisión condicional de la pena.

En tanto, los condenados por los secuestros de Quilaco fueron:

Eugenio Villa Urrutia, a 7 años; sin beneficios.

José Eleodoro Burgos Sandoval, a 7 años; sin beneficios.

Juan Carlos Burgos Belauzarán, a 7 años; sin beneficios.

Carlos Santiago Sepúlveda Rivera, a 7 años; sin beneficios.

José Feliciano Gutiérrez Ortiz, a 7 años; sin beneficios.

Ezequiel del Carmen Zeledón Barrera, a 7 años; sin beneficios.

Varios de los condenados son civiles, es decir, patrones y fachos que integraron, en conjunto con uniformados, comitivas de represalias y exterminio sobre el campesinado de la zona de Los Ángeles; práctica de castigo que se repitió en diversos lugares de Chile en los meses inmediatos después del golpe. Esta vez, un grupo de ellos al menos ha sido condenado. Al fin de los tiempos un poco de justicia es necesaria.

Se trata de condenas en primera instancia que es de esperar no sean rebajadas por la Corte de Apelaciones penquista. Pero sobre todo, es deseable, que estas condenas no sean groseramente disminuidas por la Corte Suprema de Justicia, como viene ocurriendo en el último tiempo, en lo que se ha convertido en una burla cruel para los familiares de las víctimas.

Por otro lado, y como muestra de lo anterior, este 17 de junio, la Corte de Apelaciones de Concepción ratifica el fallo del Ministro Aldana por el secuestro y desaparición de Adán Valdebenito Olavarría, un joven de Lota detenido el 24 de septiembre de 1974.

En este caso, el juez Aldana se quiso poner a tono con la tendencia de los supremos y aplicó penas irrisorias. El 15 de julio del 2010 el magistrado había dictado sentencia condenatoria contra:

Manuel Contreras Sepúlveda: ex jerarca de la DINA, a 541 días de presidio como autor de secuestro calificado

Orlando Manzo Durán: ex jefe del campo de prisioneros de Cuatro Álamos, a 61 días de presidio como cómplice de secuestro calificado.

En el caso de Contreras se dio por cumplida la pena por el tiempo que ha permanecido en prisión preventiva en el Resort Penal Cordillera donde estos fulanos vacacionean las resoluciones de la justicia.

Mientras que Manzo Durán fue premiado con el beneficio de la libertad vigilada, que no significa otra cosa que impunidad disfrazada.

La justicia, como vemos, sigue estando tuerta.

Darío Núñez

17-06-2011

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