Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia autoriza solicitud de clausura de central termoeléctrica Bocamina 1

Dicha medida fue solicitada por la Superintendencia del Medio Ambiente atendido los hechos constatados en terreno, y en cumplimiento de lo ordenado por la Corte Suprema.

El Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia autorizó la medida de clausura de "Central Termoeléctrica Bocamina I" solicitada por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Dicha autorización fue solicitada con fecha 28 de enero de 2014 atendido los hechos constatados en las actividades de inspección de fecha 16 de enero de 2014, los eventos informados por Endesa Chile S.A., y en cumplimiento de lo resuelto por la Corte Suprema. En razón de lo anterior, el mencionado tribunal autorizó la medida el mismo día vía telefónica, confirmando dicha decisión mediante resolución de fecha 29 de enero de 2014.

En virtud de dicha autorización, la SMA ordenó mediante resolución exenta la medida provisional de la clausura total y temporal del proyecto "Central Termoeléctrica Bocamina I", por el término de 15 días, debido a los constantes incumplimientos consistente en succión masiva de biomasa por parte de las instalaciones del proyecto. Además se ordenó, en virtud de la letra a) del artículo 48 de la Ley Orgánica de la SMA:

  1. Reparar todas las medidas propuestas y autorizadas por la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío, esto es, la cortina de burbujas y la malla sifón;
  2. Realizar un muestreo diario de biomasa, una vez reanudada la operación de la Central Termoeléctrica Bocamina I, debiendo reportar semanalmente los resultados a la SMA;
  3. Reportar inmediatamente vía telefónicamente a SMA en caso de existir un nuevo incidente de succión masiva; y,
  4. Evaluar la eficiencia de las medidas aprobadas por la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, y, de ser necesario, proponer al mencionado servicio nuevas medidas que logren dar una respuesta adecuada a los mencionados eventos de succión.

Sin perjuicio de lo anterior, la SMA señaló en su resolución que en caso que Endesa Chile S.A. adopte las medidas necesarias que garanticen que no se verificarán nuevos eventos de succión de biomasa que signifiquen una amenaza de daño al medio ambiente, se podrá alzar la medida de clausura del proyecto.

 

Fuente: www.sma.gob.cl

Más información en:

http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSancion/Documento/DownloadMedidaProvisional/26

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