[resumen.cl] Mario Carroza, Ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago sometió a proceso al ex Carabinero, Pedro Nolasco Bobadilla Jara, en calidad de encubridor del homicidio calificado de Luis Armando Rubio Garrido y al autor Ricardo Humberto Ascencio Oyarzo, en calidad de autor del homicidio cometido en la avenida Grecia, comuna de 'uñoa, el 30 de octubre de 1984 en el contexto de una protesta nacional.
Carroza logró acreditar que "Luis Armando Rubio Garrido, 20 años de edad, empleado particular, en circunstancias que se encontraba en la esquina de la calle Misolongni con Avenida Grecia, en la comuna de 'uñoa, junto a amigos y vecinos, prestando atención a lo que se estaba desarrollando, recibe un impacto de bala efectuado por un sujeto que vestía de civil y que se trasladaba en el asiento del copiloto del vehículo marca Chevrolet, modelo Opala, de color claro, el sujeto para lograr su cometido sacó parte de su cuerpo a través de la ventana del asiento del conductor del móvil, apuntando su arma de fuego hacia la multitud en la cual se encontraba la víctima».
Rubio Garrido murió de un balazo en el cráneo sin salida de proyectil en el Hospital Salvador. Fue ayudado por sus vecinos y amigos que lo trasladaron a la Posta Central desde donde fue derivado al recinto donde falleció a las 20:20 hrs. del 30 de octubre.
Un testigo del hecho fue trasladado a la Comisaría para prestar declaraciones, momento en el cuál se dio cuenta de la presencia en el cuartel policial del vehículo en que se trasladaba quien había disparado a Rubio Garrido. En el interior de la Comisaría el mismo testigo reconoció al autor de los disparos, lo que denunció al Comisario Pedro Nolasco Bobadilla Jara quien hizo oídos sordos al reconocimiento de la víctima desestimando la responsabilidad de Carabineros en el hecho.
Carroza ordenó a la Brigada Investigadora de delitos contra los Derechos Humanos de la PDI la aprehensión de los ex Carabineros.