Suprema reduce sentencia a militar condenado por crimen de habitante de Chillancito, asesinado por militares en 1974

[resumen.cl] En resolución dictada el día martes, en causa rol 13149-2016, la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Milton Juica, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito y Lamberto Cisternas- condenó al suboficial de ejército Manuel Antonio Latorre Chacón a la pena de 3 años y un día de presidio, como autor del homicidio de Vasco Ormeño Gajardo, ilícito perpetrado el 28 de febrero de 1974, en el sector Chillancito de Concepción.

El fallo de primera instancia, dictado por el ministro Carlos Aldana en mayo del 2015, y ratificado por la Corte de Concepción en agosto del año pasado, había condenado a Latorre Chacón a la pena de cinco años y un día. Sin embargo, en fallo dividido, los integrantes de la Segunda Sala, decidieron reducir la condena a favor del ex uniformado que, en la época del crimen, comandaba una patrulla de soldados. Los ministros Juica y Brito estuvieron por mantener la resolución de primera instancia.

En la etapa de investigación, el ministro Carlos Aldana Fuentes logró determinar que Vasco Ormeño Gajardo fue ejecutado por personal del ejército, quienes lo sacaron desde su domicilio, ubicado en calle Santa María N° 50, en el sector Chillancito de Concepción. Luego lo trasladan con dirección a Penco y lo ejecutan en el sector del fundo Landa, junto a la carretera. Su cuerpo fue "encontrado" por carabineros y trasladado a la morgue de Concepción desde donde su cadáver pudo ser recuperado por familiares para su sepultación.

Otros fallos del máximo tribunal

En otra sentencia de la Corte Suprema (causa rol 179-2016), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada esta vez por los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Lamberto Cisternas y Jorge Dahm- condenó al ex mayor de ejército Donato Alejandro López Almarza a la pena de 10 años y un día de presidio, como autor del homicidio calificado de Ramón Zúñiga Sánchez, ilícito perpetrado el 19 de octubre de 1973.

En la etapa de investigación, el ministro Mario Carroza logró determinar que Ramón Zúñiga Sánchez fue ejecutado por personal militar, comandado por López Almarza, que participó en allanamientos a la población La Pincoya de Conchalí. En primera instancia, el ministro Carroza sentenció, en septiembre de 2015, al ex uniformado a la pena de siete años de presidio; esta sentencia fue elevada a diez años y un día por la Corte de Apelaciones en noviembre pasado.

La resolución de la Segunda Sala del máximo tribunal se adoptó en fallo dividido, ya que los ministros Künsemüller y Cisternas estaban por rebajar la pena y aplicar la media prescripción.

Homicidio de poblador


En un segundo fallo (causa rol 23568-2015), la Segunda Sala -integrada por los mismos ministros - ratificó la absolución de miembros en retiro de Carabineros al no determinarse, fehacientemente, la identidad de quién disparó en contra de Luis Romero Rosales, asesinado por efectivos policiales en octubre de 1973 en Conchalí, Santiago.

La causa fue investigada por el ministro Mario Carroza quien decidió absolver a los inculpados ex carabineros Cecilio del Carmen Acevedo Arias, Juan Antonio Peña Tobar y Ruperto Antonio Sepúlveda Soto, al no poder determinar quien había efectuado los disparos homicidas.

Falso enfrentamiento

En una tercera resolución (causa rol 20657-2015), la Sala Segunda Penal -integrada por los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Lamberto Cisternas y Jorge Dahm- condenó a tres miembros de la Central Nacional de Informaciones (CNI) como responsable del homicidio de Leandro Arratia Reyes, ilícito perpetrado el 18 de enero de 1981, en la comuna de Santiago.

La Sala Penal condenó a los oficiales Roberto Urbano Schmied Zanzi, ex brigadier de ejército y jefe de la División Metropolitana de la CNI a la época de los hechos, y Álvaro Julio Federico Corbalán Castilla, ex teniente coronel de ejército y jefe operativo del organismo criminal, y al agente José Abel Aravena Ruiz, ex suboficial de carabineros, a penas de 10 años y un día de presidio como autores del homicidio.

La resolución de la Sala Penal se adoptó en fallo dividido ya que, como siempre, los ministros Künsemüller y Cisternas estuvieron por rebajar las condenas y aplicar la media prescripción.

En la etapa de investigación, el ministro Mario Carroza determinó que Leandro Arratia Reyes, de 35 años de edad, fotógrafo y militante comunista, fue asesinado el 18 de enero de 1981 por miembros de la CNI, en un falso enfrentamiento ocurrido frente al número 651 de la calle Ricardo Santa Cruz, de la comuna de Santiago.

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