La medida busca sancionar el acoso sexual ocurrido dentro de las instituciones de educación superior -CFT, IP, universidades y escuelas de formación de fuerzas armadas y de orden- amparado bajo los principios de igualdad y no discriminación. Para ello, se busca dotar a los centros de estudios de herramientas que sancionen y prevengan estas conductas.
José Figueroa Soto / resumen.cl
Tras obtener 113 votos a favor y 3 abstenciones, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó este jueves el proyecto que busca sancionar el acoso sexual y actos en general que afecte la dignidad de las personas en razón de su género e identidad en los diversos centros de educación superior. Definiendo el acoso en su artículo n°2:
"Comete acoso sexual en el ámbito académico quien valiéndose o con ocasión de un vínculo académico y/o de investigación, solicite -o realice solicitudes- de favores de naturaleza sexual, sea para sí, sea para una tercera persona, o presente un comportamiento no consentido de connotación sexual con tal que provoque en la víctima una situación objetiva y gravemente intimidatoria, hostil o humillante, sea que se trate de conductas aisladas, sea que se trate de conductas reiteradas o habituales".
La medida ingresó en mayo del 2018, tras una serie de denuncias por parte del movimiento feminista, quienes daban a conocer los acosos y abusos sexuales ocurridos dentro de planteles de educación superior por parte de docente y/o estudiantes, dando origen a la gran movilización conocida como el "Mayo Feminista".
Como consecuencia de las denuncias, distintas universidades levantaron organismos y/o protocolos que buscan prevenir y sancionar el acoso sexual; no obstante, la implementación de estas medidas queda a criterio de cada institución.
Por ello, el proyecto busca que todas las instituciones, sin excepción, adopten las medidas necesarias como protocolos que sanciones y prevengan el acoso sexual, las cuales deben ser elaboradas por los distintos estamentos de la comunidad educativa y de manera paritaria. Teniendo como base los puntos mínimos que establece el proyecto, tales como: mecanismos de denuncia, sanciones administrativas que van desde la rebaja de sueldo a la expulsión, agravantes en caso de actitudes reiteradas, resguardo de la identidad de la víctima y denunciado, mecanismos de protección de la víctima, entre otros. Además, se establece que deben otorgarse apoyo psicológico, médico y jurídico a la persona afectada.
En caso de ser promulgada la ley las instituciones tienen un plazo de 180 días, tras su publicación, para adoptar las medidas que esta establece.
En cuanto a las instituciones que no lo hagan no podrán acceder u obtener su acreditación que establece el sistema de aseguramiento de la calidad de la educación superior.
Actualmente el proyecto se encuentra en su tercer tramite constitucional a espera de su discusión en el Senado.
Fotografía extraída de distintaslatitudes.net/