[resumen.cl] El ministro en visita para causas por violaciones a los Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Concepción, Carlos Aldana Fuentes, condenó a 6 ex oficiales de ejército y a 11 agentes, todos ex integrantes de la Central Nacional de Informaciones (CNI) por los homicidios calificados de Luciano Humberto Aedo Arias, Nelson Adrián Herrera Riveros, Mario Octavio Lagos Rodríguez, Mario Ernesto Mujica Barros, Rogelio Humberto Tapia de la Puente, Raúl Jaime Barrientos Matamala, y Juan José Boncompte Andreu, ocurridos el 23 y 24 de agosto de 1984, en las comunas de Talcahuano (actualmente Hualpén), Concepción, Los Ángeles y Valdivia, en el marco de la denominada «Operación Alfa Carbón».
En la causa, conocida como Matanza de Vega Monumental (Rol 11-2009), el magistrado condenó al ex Brigadier de ejército Marcos Spiro Derpich Miranda, alias "Gitano", jefe de la división Regionales de la CNI a la época de los hechos, y al ex teniente coronel de ejército Álvaro Julio Federico Corbalán Castilla, alias "Faraón", jefe de la división Anti subversiva de la CNI, a penas de 20 años de presidio como coautores de todos los homicidios calificados y a 5 años y un día de presidio como coautores de asociación ilícita.
El ex capitán de ejército, Patricio Lorenzo Castro Muñoz, alias "BJ", deberá purgar una pena de 15 años y un día de presidio por los tres homicidios de Valdivia; y 5 años y un día como coautor de asociación ilícita.
El ex teniente coronel de ejército Jorge Camilo Mandiola Arredondo, a la época de los hechos jefe regional de la CNI Concepción, fue condenado a 15 años y un día años de presidio como coautor de los homicidios calificados en Talcahuano, Concepción y Los Ángeles. Pero fue absuelto del delito de asociación ilícita.
El ex teniente coronel de ejército Luis Alberto Moraga Tresckow, jefe regional de la CNI Valdivia, y autor material de los crímenes perpetrados en Puente Estancilla, fue condenado a cinco años de libertad vigilada (¿¿¿???).
El ex mayor de ejército Oscar Alberto Boehmwald Soto, jefe regional de la CNI Puerto Montt, fue condenado a 10 años de presidio.
En tanto, los agentes Roberto Antonio Farías Santelices, alias "Petete", y Luis Hernán Gálvez Navarro, alias "Vitoco", a la pena de 10 años y un día de presidio, como coautores del homicidio calificado de Luciano Aedo Arias cometido en Hualpén.
Mientras tanto, José Abel Aravena Ruiz, alias "Muñeca", Sergio Agustín Mateluna Pino, alias "Guatón "rdenes", Luis Enrique Andaur Leiva, y Patricio Alfredo Bertón Campos fueron sentenciados a la pena de 10 años y un día de presidio como coautores del homicidio calificado de Nelson Herrera Riveros cometido en el Km. Uno del Camino a Santa Juana, en el sector Idahue.
El único procesado y acusado que había decretado Aldana por el homicidio calificado de Mario Lagos Rodríguez, cometido en la Vega Monumental, el criminal Manuel Ángel Morales Acevedo, alias "Baretta", fue absuelto por el ministro.
Respecto de Los Ángeles, el fallo señala que Bruno Antonio Soto Aravena, alias "Chico Pato", y José Artemio Zapata Zapata, alias "Huaso", deberán cumplir una pena de 10 años y un día de presidio como coautores del homicidio calificado de Mario Mujica Barros.
Mientras que por los hechos de Valdivia, Gerardo Meza Acuña, alias "Patitas", y Luis René Torres Méndez, alias "Negro Mario", fueron sentenciados a la pena de 15 años y un día, como coautores de dos homicidios calificados cometidos en Puente Estancilla, camino a Niebla, en las personas de Rogelio Tapia De La Puente y Raúl Barrientos Matamala. Por este mismo hecho, Luis Alberto Moraga Tresckow, fue sentenciado a 5 años de presidio, concediéndole el beneficio de la libertad vigilada.
Por último, Oscar Alberto Boehmwald Soto y Ema Verónica Ceballos Núñez, alias "Flaca Cecilia", fueron sentenciados a una pena de 10 años y un día, como coautores del homicidio calificado de Juan José Boncompte Andreu, cometido en la Población Teniente Merino.
Estas condenas de primera instancia, en su mayoría, se ajustan a la cuantía de los delitos cometidos. Pero no deja de ser paradójico que en el hecho que da origen y nombre a esta causa criminal, como es la Vega Monumental de Concepción, no haya resultado ningún ejecutante condenado, solo son condenados los jerarcas responsables de los delitos pero ningún fusilero. El homicidio de Mario Lagos Rodríguez no tuvo ningún ejecutor condenado, en juicio de Aldana.
"Mi padre bajó del microbús con los brazos en alto. Mi padre fue acribillado inmediatamente por las ráfagas de una subametralladora UCI. La bala que lo mató entró por su axila. Los vecinos gritaron «asesinos». Mi padre descendió del microbús con los brazos en alto.
Esa imagen, el pedacito de esperanza que se juega en esa imagen, es irreparable". La categórica demanda de justicia que la hija de Mario Lagos le efectuaba al ministro Aldana tan solo hace unos días, no tuvo ningún eco en la valoración ética, moral o de justicia del señor Aldana. Peor aún, tampoco la tuvieron los hechos acreditados en el expediente. Ya antes había dejado sin procesar a Hugo José Hechenleitner Hechenleitner, alias "Schumager", jefe del equipo ejecutor, y a Egón Antonio Barra Barra, alias "El Siete Fachas"; además de negarse a procesar a otros varios de los partícipes en los crímenes (por lo menos a 15 impunes dejó Aldana), ahora deja sin culpables directos el crimen cometido en un lugar público, ante decenas de testigos, por cuyo hecho se conoció siempre los crímenes del 23 y 24 de agosto como la Matanza de Vega Monumental.
"Ministro Aldana: en sus manos está la posibilidad de reparar en parte los acuerdos básicos que sustentan la vida en sociedad y han sido permanentemente transgredidos: que así como caminamos a diario por las calles con la confianza de que nadie pasará una luz roja y atropellará a los transeúntes, tampoco nadie nos perseguirá y terminará con nuestras vidas y las de nuestros seres queridos por crear, organizarnos y luchar por un mundo distinto. Que la generación de mis hijos pueda crecer con esa certeza mínima es tarea de usted y de sus colegas. Esperamos que estén a la altura", exigía Tamara Lagos en su demanda pública al ministro.
Tampoco estuvo a la altura el señor Aldana cuando rechaza la demanda de reparación civil de la propia Tamara (hija de Mario Lagos), de la madre de Tamara, de Luciano (hijo de Luciano Aedo), de la madre de Luciano, entre otros vergonzosos rechazos fallados por el ministro. Otra vez la cara infame de la justicia causando un nuevo daño, más dolor, a los familiares de los caídos, particularmente a los hijos de los miristas asesinados.
Otro de las impresentables resoluciones de este fallo, es la libertad vigilada que le brinda a un criminal probado y confeso en los crímenes de Puente Estancilla, en Valdivia. El criminal Moraga Tresckow no solo fue parte de la asociación y concierto previo para la ejecución de los delitos (aunque tampoco Aldana lo quiso procesar por asociación ilícita), sino que fue partícipe de los hechos represivos y criminales cometidos en Valdivia y ejecutor de dos asesinatos alevosos en el desarrollo de esta Operación Alfa Carbón. Sin embargo, recibe una condena simbólica en el fallo de Aldana: cinco años en libertad. ¿Porqué esta generosidad? ¿A qué se debe tanta benevolencia con este criminal? Las respuestas pueden estar en los pasillos de tribunales.
Señalemos que antes, en el curso del proceso, el señor Aldana se negó a procesar por asociación ilícita al mismo Moraga Tresckow, a Boehmwald Soto y Castro Muñoz, ahora en su fallo no condena por este ilícito a Mandiola Arredondo, el jefe de la CNI en Concepción y gestor de la acción concertada de vigilancia, seguimiento y preparación del operativo que culmina en los crimines de agosto, en los que, por lo demás, Mandiola participa activamente.
Precisamente, en la etapa de investigación, el ministro Aldana logró establecer que en 1984, el jefe de la CNI de Concepción, el mayor del Ejército Jorge Mandiola, recibió antecedentes de la rearticulación en la zona del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), logrando detectar a algunos de sus dirigentes. Tras informar al coronel del Ejército, Marcos Derpich Miranda, jefe de Regionales de la CNI y lograr la confirmación del hecho, se informó al director de la CNI, general Humberto Gordon Rubio (actualmente fallecido), quien determinó que el mayor del Ejército Álvaro Corbalán Castilla, a cargo de la División Antisubversiva y la jefatura de Regionales, coordinaran las operaciones para neutralizar a los miembros del MIR que estaban operando entre las regiones del Biobío y de Los Ríos, denominándose «Operación Alfa Carbón».
Producto de lo anterior, Corbalán Castilla ordenó que varios equipos, integrados por personas de las distintas Brigadas de Santiago, compuestas por dos o tres personas y con movilización y financiamiento otorgados por la División Antisubversiva, se trasladaran a Concepción, Los Ángeles y Valdivia, para que, en coordinación con miembros de Regionales de la CNI de dichas ciudades, llevaran a cabo las diligencias que las distintas jefaturas les ordenaran.
Asimismo, ordenó a su subalterno Patricio Lorenzo Castro Muñoz que se constituyera en Valdivia, a cargo de los equipos que trasladó de Santiago, para dirigir y llevar a efecto las operaciones en esa región.
En paralelo, y con el mismo fin, Marcos Derpich Miranda dispuso que el jefe del cuartel de Chillán de la CNI, Héctor Reinoso Muñoz, se integrara a su similar de Concepción; Mandiola y el jefe de Puerto Montt, Oscar Boehmwald, junto a dos agentes de su unidad, se presentaran ante el jefe de Valdivia, Moraga Tresckow, para apoyar las operaciones respectivas.
Ya en Concepción, los equipos y jefes llegados a la ciudad, más los de esta región, en días cercanos al 23 de agosto de 1984 se reunieron en el cuartel de la CNI ubicado en Avenida Pedro de Valdivia, donde coordinaron las acciones a desarrollar, siendo liderados por Álvaro Corbalán, Joaquín Molina (fallecido) y Marcos Derpich. En esa reunión se tomó la decisión de realizar diversos allanamientos y detenciones (sin existir órdenes judiciales ni procesos judiciales) y que el destino de los detenidos dependía del grado de peligrosidad para el régimen militar imperante en el país, asumiendo que algunos de estos podrían resultar muertos. Esta operación, comprendía, actividades tanto en Talcahuano y Concepción como en Los Ángeles y Valdivia.
En la mañana del 23 de agosto de 1984, varios equipos de la CNI detectaron a tres miembros del MIR en la Plazoleta El Ancla, en Talcahuano. Uno de ellos, Luciano Humberto Aedo Arias, abordó un bus de la locomoción colectiva, en dirección al sector Hualpencillo, lugar en que se bajó de móvil y trató de huir a pie, siendo interceptado por miembros de la CNI -alrededor del mediodía- en la esquina de las calles Grecia con Nápoles, lugar en que el agente Luis Hernán Gálvez Navarro, le disparó con un arma de fuego que portaba, cayendo herido al suelo, acercándose el agente de Santiago, Roberto Antonio Farías Santelices, quien lo remató con una ráfaga en la espalda de su fusil AKA 47, falleciendo por una herida transfixiante del tórax con compromiso de corazón y pulmones.
Los otros dos miembros del MIR antes mencionados en Talcahuano, Nelson Adrián Herrera Riveros y Mario Octavio Lagos Rodríguez, subieron a otro taxibús de recorrido a Concepción, los que fueron seguidos por otros equipos operativos de la CNI, que en el trayecto se coordinaron con Carabineros para interceptar el autobús -que iba con pasajeros-frente a la Vega Monumental. Al llegar el vehículo a dicho lugar los miembros de la CNI ordenaron bajar a todas las personas del vehículo de locomoción colectiva, pero como algunos se negaron, entre ellos los perseguidos, lanzaron bombas lacrimógenas. Cuando descendieron, dispararon a Herrera y Lagos causándole heridas.
Lagos Rodríguez intentó huir, por lo que un agente le disparó con el fusil AKA que portaba, ocasionándole una herida transfixiante del tórax con compromiso visceral, que le produjo la muerte. Por su parte, Herrera Riveros fue aprehendido por los agentes de la CNI Sergio Mateluna Pino, José Abel Aravena Ruiz, Luis Andaur Leiva y Patricio Alfredo Bertón Campos, quienes lo introdujeron a uno de sus vehículos y se dirigieron al Hospital Regional de Concepción para la atención de sus heridas. No obstante, durante el trayecto, Derpich Miranda ordenó su ejecución por lo que lo llevaron al kilómetro 0.9 del camino a Santa Juana en donde lo bajaron del vehículo y Andaur le disparó con su revólver en la frente, ocasionándole una herida a bala cráneocerebral, que le produjo la muerte instantánea.
Alrededor de las 17:30 horas de mismo día, una vez que los agentes de la CNI de Concepción José Zapata Zapata y Bruno Soto Aravena que seguían a Mario Mujica Barros, escucharon por la Radio Bío Bío la noticia de los hechos señalados anteriormente y siguiendo las instrucciones de su jefe Jorge Camilo Mandiola Arredondo, se acercaron al domicilio de Mujica Barros en la Población Orompello de Los Ángeles, conminándolo a salir del inmueble, a lo que se negó Mujica, por lo que ingresaron derribando la puerta de entrada, disparándole a la víctima en la cabeza, mientras se encontraba en el suelo, causándole una herida de bala en la cara lateral del cuello, con sección de la tráquea, de grandes vasos, hemorragias y anemia, lo que le provocó la muerte.
Mientras tanto, a eso de las 16 horas del 23 de agosto de 1984, equipos operativos de la CNI llegados desde Santiago, dirigidos por Patricio Castro Muñoz, detuvieron a Rogelio Tapia de la Puente y Jaime Barrientos Matamala cerca del Puente Las Ánimas, en la ciudad de Valdivia. Posteriormente, cruzaron el río Calle Calle en un transbordador y los trasladaron al Puente Estancilla, ubicado en el Camino de Valdivia a Niebla, en el sector de Torobayo, lugar en que previamente se había cortado el tránsito de todo vehículo y personas por Carabineros y en circunstancias que los detenidos se encontraban amarrados de manos y vendada su vista, los agentes procedieron a ejecutarlos, por orden de Castro Muñoz, disparando él, además de los agentes Luis René Torres Méndez y Gerardo Meza Acuña. Asimismo, el jefe regional de la CNI de Valdivia, Luis Moraga Tresckow, quien se había negado a hacerlo, ante la orden reiterada de Castro Muñoz, los remató. Las víctimas recibieron múltiples heridas de proyectil, algunas de las cuales impactaron a Tapia de la Puente y Barrientos Matamala en el cráneo, ocasionándoles heridas cráneo encéfalo faciales. Posteriormente, a los fallecidos se les colocó armas en las manos para simular un enfrentamiento.
Al día siguiente, 24 de agosto de 1984, alrededor de las 15 horas, varios equipos operativos de la CNI, a cargo de Patricio Castro Muñoz, rodearon el domicilio de Juan José Boncompte Andreu, ubicado en la Población Teniente Merino de Valdivia, ingresando a este para detener a Boncompte Andreu, supuesto jefe regional del MIR en esa ciudad, quien trató de huir de sus captores, siendo herido por los disparos de Oscar Boehmwald Soto, cayendo al suelo, lugar en que Ema Verónica Ceballos Núñez le disparó con su arma de fuego en la cabeza, provocando su muerte.
Es de esperar que, en lo que venga de este proceso, las instancias de apelación de las Cortes de Concepción y Suprema "estén a la altura", como reclamaba Tamara Lagos hace unos días.