Condenan a 39 ex agentes DINA por Operación Colombo

[resumen.cl] En fallo conocido este martes, la Corte de Apelaciones de Santiago condenó a 39 ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado del dirigente secundario Héctor Marcial Garay Hermosilla. El secuestro fue perpetrado el 8 de julio de 1974 en la comuna de 'uñoa y la víctima hecha desaparecer en el marco de la denominada Operación Colombo.

Garay Hermosilla era un joven dirigente estudiantil de 19 años de edad, militante del MIR, que fue detenido por agentes de la DINA en las proximidades de su domicilio. Fue llevado por sus captores al recinto secreto de Londres 38 desde donde se pierde su rastro.

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En el fallo (causa rol 174-2016), la Segunda Sala del tribunal de alzada capitalino -integrada por los ministros María Soledad Melo, Rafael Andrade y la abogada (i) María Cecilia Ramírez- condenó a los ex oficiales de ejército César Raúl Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko, Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, Gerardo Ernesto Urrich González, Sergio Hernán Castillo González, Manuel Andrés Carevic Cubillos, los ex oficiales de carabineros Gerardo Ernesto Godoy García, Ricardo Víctor Lawrence Mires, Ciro Ernesto Torré Sáez, y los ex agentes Nelson Alberto Paz Bustamante, Rudeslindo Urrutia Jorquera, Pedro Ariel Araneda Araneda, Víctor Manuel Molina Astete, Máximo Ramón Aliaga Soto, Manuel de la Cruz Rivas Díaz, Risiere del Prado Altez España, Raúl Juan Rodríguez Ponte, Hermon Helec Alfaro Mundaca, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Enrique Tránsito Gutiérrez Rubilar, José Alfonso Ojeda Obando, Fernando Enrique Guerra Guajardo, Juan Evaristo Duarte Gallegos a penas de 10 años y un día de presidio, en calidad autores del delito.

La Corte reduce la condena de Manríquez Bravo, Espinoza Bravo, Krassnoff Martchenko e Iturriaga Neumann que en primera instancia habían sido condenados a 13 años de prisión.

Mientras que los ex agentes Hiro Álvarez Vega, Olegario Enrique González Moreno, Hernán Patricio Valenzuela Salas, Juan Alfredo Villanueva Alvear, Lautaro Eugenio Díaz Espinoza, Leonidas Emiliano Méndez Moreno, Rafael de Jesús Riveros Frost, Gustavo Humberto Apablaza Meneses, Héctor Carlos Díaz Cabezas, Jorge Antonio Lepileo Barrios, "scar Belarmino La Flor Flores, Rufino Espinoza Espinoza, Víctor Manuel Álvarez Droguett, Sergio Iván Díaz Lara, Roberto Hernán Rodríguez Manquel fueron condenados a 4 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, como cómplices del ilícito.

En agosto de 2015 había sido dictado el fallo de primera instancia por el ministro Hernán Crisosto Greisse. En la presente resolución de la Corte fueron absueltos por fallecimiento, ocurridos desde ese fallo a la fecha de vista de la causa, los criminales Marcelo Morén Brito, Sergio Hernán Castillo González, Basclay Zapata Reyes, Juan Ángel Urbina Cáceres, José Mario Friz Esparza, Gustavo Galvarino Carumán Soto, José Nelson Fuentealba Saldías, Claudio Orlando Orellana de la Pinta, Manuel Antonio Montré Méndez, Hugo Rubén Delgado Carrasco, Héctor Manuel Lira Aravena y Víctor Manuel San Martín Jiménez.

El nombre de Héctor Marcial Garay Hermosilla apareció en un listado de 119 personas, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la revista LEA de Argentina, de fecha 15 de julio de 1975, en la que se pretendió hacer creer que Héctor Marcial Garay Hermosilla había muerto en Argentina, junto a otras 59 personas pertenecientes al MIR, a causa de rencillas internas suscitadas entre esos miembros. Las publicaciones que dieron por muerto a la víctima Garay Hermosilla y a todas las 119 personas tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el exterior.

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