Condenan a ex carabinero por crimen de preso político en Temuco en 1975

La Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó al ex sargento de Carabineros y agente del SICAR Omar Burgos Dejean a la pena efectiva de 300 días de presidio, en calidad de encubridor del delito de aplicación de tormentos con resultado de muerte del empleado del Instituto Nacional de Investigaciones Agropecuarias (INIA) Nolberto Enrique Teodoro Seiffert Dossow, cometido en agosto de 1975, en la ciudad de Temuco.

Por Darío Núñez

Según lo registra la investigación judicial, la víctima tenía 53 años de edad, casado y padre de tres hijos; era simpatizante socialista y se desempeñaba como encargado de mantención en la Estación Experimental Carillanca del INIA situada en el sector General López de la comuna de Vilcún. Luego del golpe militar, fue detenido en dos ocasiones por su afinidad con el gobierno del derrocado presidente Allende; sin embargo, en ambas había sido dejado en libertad por no encontrar motivos para mantenerle prisionero.

No obstante, fue nuevamente detenido por Carabineros el día seis de agosto de 1975 en su lugar de trabajo junto a su compañero de labores Adrián Lillo Arévalo. La detención habría ocurrido por una supuesta orden de la Fiscalía Militar de Temuco que cumplía funciones represivas sobre la población partidaria del derrocado gobierno popular o contraria a la dictadura.

Ambos detenidos fueron llevados a Temuco a una dependencia de la Segunda Comisaría de Carabineros o próxima a ésta, según lo testifica el sobreviviente Adrián Lillo. A ese recinto llegan vendados y esposados, son sometidos a variados tormentos por parte de los captores; los golpean con golpes de puño, culatazos de las armas que portaban, les aplican corrientes en todas las partes de su cuerpo, inclusive en los genitales y lengua.

Te puede interesar: Procesan a ex oficial FACH y a civil por crimen de preso político en Temuco en 1973

Luego de esto son llevados a la cárcel de Temuco, lugar en que les indican que ingresan en calidad de incomunicados, razón por la cual el allanamiento de sus cuerpos fue más riguroso que con el resto de los presos, quitándoles, en consecuencia, las vendas de los ojos, las pertenencias tales como cordones, cinturones o cualquier elemento que pudiera ser utilizado como arma para atentar en contra de su vida, según lo establece el reglamento de Gendarmería, quedando en celdas separadas. Estas estaban ubicadas muy cercanas a las oficinas de la guardia interna; en algunas ocasiones los aprehensores pasaban directamente a éstas, sin necesidad de que la guardia interna lo supiera.

El detenido Norberto Seiffert Dossow fue sacado con los ojos vendados desde la cárcel en reiteradas ocasiones para ser interrogado bajo torturas en otro lugar, por parte de Carabineros miembros del SICAR (Servicio de Inteligencia de Carabineros). El día 8 de agosto de 1975, luego de una de estas sesiones de tortura, lo regresan a la cárcel en pésimas condiciones físicas, semiinconsciente y arrastrado por dos de los aprehensores, quienes lo llevan a su celda de incomunicación en donde lo dejan sin brindarle ningún tipo de atención médica, falleciendo horas después en este lugar.

Según lo indicado por el testigo Lillo Arévalo, quien igualmente era sacado junto a la víctima a estas sesiones de interrogatorio bajo tormentos, Norberto Seiffert murió como consecuencia inmediata de las torturas.

El nueve de agosto de 1975 la Fiscalía Militar informa que Seiffert Dossow se habría ahorcado en su celda. Sin embargo, no permitieron a la familia ver su cadáver o constatar el estado de su cuerpo; por el contrario, el cuerpo de la víctima fue entregado en una urna sellada y fue sepultado en el cementerio de la ciudad de Lautaro.

En fallo unánime (causa rol 44.103-2020), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros y ministras Leopoldo Llanos Sagristá, María Teresa Letelier Ramírez, Juan Manuel Muñoz Pardo, Dobra Lusic Nadal y la abogada (i) Pía Tavolari Goycoolea- descartó yerro en la sentencia que ordenó el cumplimiento efectivo de la pena y rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por la defensa del ex sargento de Carabineros.

La sentencia recurrida fue fijada por la Corte de Apelaciones de Temuco en marzo de 2020 la que, a su vez, modificó el fallo de primera instancia dictado por el ministro Álvaro Meza Latorre en octubre de 2019 que había condenado al agente represivo a 540 días de presidio.

Estas leyendo

Condenan a ex carabinero por crimen de preso político en Temuco en 1975