El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de las jurisdicciones Temuco, Valdivia, Puerto Montt y Coyhaique, Álvaro Mesa Latorre, condenó al ex oficial de Carabineros Osvaldo Muñoz Mondaca por su responsabilidad en los delitos consumados de detención ilegal y apremios ilegítimos, en carácter de lesa humanidad, al agricultor y dirigente del Asentamiento Campesino "El Copihue", José Canío Contreras. Los ilícitos fueron perpetrados en unidades policiales de la localidad de Coilaco y de la ciudad de Temuco, desde fines de noviembre de 1973.
Darío Núñez
En el fallo (causa rol 113.987), el ministro en visita condenó a Osvaldo Muñoz Mondaca, a la época de los hechos teniente de Carabineros y encargado de la Tenencia de Coilaco, a la pena de cumplimiento efectivo de 6 años de presidio y las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, en calidad de autor de los delitos.
La víctima, José Canío tenía 34 años de edad, inmediatamente después del golpe de estado debido a sus condición de dirigente campesino comenzó a ser buscado y perseguido por las tropas uniformadas, no pudiendo lograr su ubicación ni detención. No obstante, fue detenido por carabineros de Coilaco a comienzos de noviembre de 1973.
En esa fecha, junto a dos trabajadores del asentamiento, se dirigieron a la venta de animales en la comuna de Temuco, debiendo pasar a la Tenencia de Coilaco a mostrar la documentación para el timbraje de las guías de libre tránsito para venta de animales. En la unidad policial resultó detenido solo Canío Contreras, manifestando el funcionario aprehensor que estaría varios días allí, donde fue sometido a golpizas y brutales apremios.
De esta detención se enteró su cónyuge Luisa Sandoval Quidel, y su hermana Zoila Canío, quienes en días posteriores concurrieron en varias oportunidades a la Tenencia de Coilaco, recibiendo respuestas erróneas y evasivas sobre el paradero de José Canío. En una tercera ocasión le señalan que había sido trasladado a la Segunda Comisaría de Carabineros de Temuco. Los uniformados continuaron por varios días con respuestas negativas sobre la permanencia de Canío en esa unidad, hasta que uno de ellos afirmó que éste se encontraba detenido allí, entregándole a doña Luisa Sandoval el sombrero y espuelas de José Canío.
En las dependencias de la Segunda Comisaría de Temuco continuaron los flagelos de modo sistemático, los que incluían aplicación de corriente eléctrica. Como consecuencia de las torturas José Canío debió ser internado de urgencia, en estado de gravedad, en el Hospital Regional de Temuco lugar donde falleció el día 14 de enero de 1974, luego de semanas de infructuosos esfuerzos por mantenerle con vida.
En la investigación judicial ha quedado establecido que a partir del golpe militar en la Segunda Comisaría de Carabineros de Temuco operaba un grupo especialmente creado para la persecución de partidarios del derrocado gobierno de Allende. Ese grupo represivo estaba integrado por el teniente Eduardo Riquelme Rodríguez y los carabineros Juan Fritz Vega, Omar Burgos Dejean, Hugo Opazo Inzunza y Ernesto Garrido Bravo, entre otros individuos de esa misma unidad policial.
Este grupo represivo, que operaba de civil y obedecía órdenes del Subprefecto de Carabineros de Cautín, Enrique Arias González, tenía la facultad de constituirse regularmente en todas las unidades inferiores dependientes de la Segunda Comisaría de Carabineros de Temuco, reuniéndose directamente con el mando de cada una, entre ellas la Tenencia de Carabineros de Coilaco, a cargo del Teniente Osvaldo Muñoz Mondaca.
Cuando en unidades inferiores se efectuaban detenciones a personas por motivos políticos, estas eran puestas a disposición del grupo represivo o "servicio de inteligencia", concurriendo en algunas oportunidades personal de ese grupo a las Tenencias o Retenes para el retiro de los detenidos En ocasiones, de estas detenciones no quedaban constancias de sus identidades por cuanto no ingresaban en calidad de detenidos. Tal es el caso de la Tenencia de Carabineros de Coilaco, en donde el Teniente Osvaldo Muñoz Mondaca fue responsable de la detención de personas por motivos políticos o participó directamente en las detenciones en esa unidad, como es el caso de José Félix García Franco y Arturo Hillerns Larragaña, entre otros.