La Corte de Apelaciones de San Miguel condenó a dos ex oficiales del Ejército y a un ex oficial de Carabineros a las penas únicas de 15 años y un día de presidio, en calidad de autores de los delitos consumados de sustracción de menor agravada y secuestro calificado. Los delitos fueron perpetrados en septiembre de 1973, en las comunas de San Bernardo y Pirque, respectivamente, ambas de la provincia de Santiago.
Por Darío Núñez.
En fallo dividido (causa rol 3.723-2020), la Cuarta Sala del tribunal de alzada -integrada por las ministras Carolina Vásquez Acevedo, Dora Mondaca Rosales y Nelly Villegas Becerra- ratificó la sentencia de primera instancia en la parte que condenó al por entonces capitán de Ejército Jorge Eduardo Romero Campos, al entonces teniente de Ejército Alfonso Faúndez Norambuena y al entonces capitán de Carabineros Sergio Heriberto Ávila Quiroga, en calidad de autores de ambos ilícitos.
Por otra parte, la resolución revocó la sentencia a los acusados, Juan Carlos Nielsen Stambuk, a la época capitán de Ejército, y Roberto Arcángel Rozas Aguilera, detective, los que resultan absueltos por la Cuarta Sala de la Corte san miguelina.
La decisión de absolución de Roberto Rozas Aguilera, fue acordada con el voto en contra de la ministra Vásquez Acevedo, quien estuvo por mantener la condena impuesta en el fallo de primera instancia.
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En otro aspecto del fallo, la decisión de ratificar las sentencias de primera instancia resueltas por la ministra Marianela Cifuentes Alarcón en octubre de 2020, fue adoptada con el voto en contra de la ministra Mondaca Rosales quien era partidaria de aplicar el resquicio de la media prescripción a los condenados.
En el fallo de primera instancia, la ministra Cifuentes Alarcón dio por establecidos los siguientes hechos:
El 27 de septiembre de 1973, al anochecer, soldados de la Escuela de Infantería de San Bernardo detuvieron, sin derecho, a Héctor Enrique Hernández Garcés, de 17 años de edad, en su domicilio, ubicado en calle Alfonso Donoso de la población Sur, comuna de San Bernardo.
Acto seguido, Hernández Garcés fue trasladado al campo de prisioneros situado al interior de la Escuela de Infantería de San Bernardo en el Cerro Chena, lugar en que se le mantuvo ilegalmente encerrado y se le sometió a malos tratos físicos.
Asimismo, a fines de septiembre de 1973, al interior del fundo 'Principal' de la comuna de Pirque, soldados de dotación de la Escuela de Infantería de San Bernardo detuvieron, sin derecho, a Francisco Eugenio Viera Ovalle, de 19 años de edad, estudiante de la Universidad Técnica del Estado y militante de la Juventud Socialista.
El detenido Viera Ovalle también fue trasladado al campo de prisioneros situado al interior de la Escuela de Infantería de San Bernardo en el Cerro Chena, lugar en que se le mantuvo ilegalmente encerrado y se le sometió a malos tratos físicos.
En esa época el campo de prisioneros del Cerro Chena se encontraba a cargo de los Capitanes de Ejército Juan Carlos Nielsen Stambuk, Jorge Eduardo Romero Campos y Eduardo Octavio Silva Bravo -actualmente fallecido- y el Teniente de Ejército Alfonso Faúndez Norambuena.
En el contexto temporal antes referido, cumplieron funciones en el campo de prisioneros, como interrogadores, el Subteniente de Ejército Osvaldo Andrés Alonso Magaña Bau y oficiales de Carabineros y la Policía de Investigaciones, entre ellos, Sergio Heriberto Ávila Quiroga, Roberto Arcángel Rozas Aguilera y "scar Hernán Vergara Cruces -actualmente fallecido-.
En lugar de ser puestos a disposición de la autoridad administrativa o judicial correspondiente, los estudiantes Héctor Enrique Hernández Garcés y Francisco Eugenio Viera Ovalle fueron ejecutados, al margen del ordenamiento jurídico, mediante múltiples disparos con armas de fuego, al interior del citado campo de prisioneros, entre el 6 y el 11 de octubre de 1973.