[resumen.cl] La Corte de Apelaciones de Concepción confirmó la condena al exgeneral del Ejército Patricio Martínez Moena y al comerciante Juan Patricio Abarzúa Cáceres, por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado del estudiante Luis Ángel Ariel Cornejo Fernández, perpetrado en Los Ángeles, en septiembre de 1973.
Luis Ángel Ariel Cornejo Fernández era estudiante de Topografía de la Universidad de Concepción, sede Los Ángeles. Era dirigente estudiantil y miembro de las Juventudes Comunistas.
Según acreditó la investigación del Ministro Carlos Aldana, fue detenido durante la tarde del 18 de septiembre de 1973 por una patrulla integrada por militares y carabineros en la calle Saavedra 170, Los Ángeles "sin contar con orden legal, administrativa o judicial competente».
El estudiante de topografía fue trasladado hasta la Comisaría de Los Ángeles y "posteriormente, al Regimiento Reforzado de dicha ciudad, quedando a disposición de la unidad de inteligencia militar y sometido a apremios ilegítimos» afirma el documento.
La investigación revela que «fue sacado de la carpa en donde estaba junto al detenido Osvaldo Gustavo Rojas Ortiz y llevado al sector denominado Picadero, lugar destinado a interrogatorio bajo torturas de detenidos políticos, donde un civil adscrito al servicio de inteligencia señalado, trasladó a los detenidos Rojas y Cornejo, el primero destinándolo al sector de las caballadas (o naves) mientras que Cornejo Fernández ingresó al Picadero, perdiéndose desde ese entonces todo rastro suyo, sin tenerse noticias de su paradero o destino cierto hasta el día de hoy».
La "condena" de Aldana para el ex militar, contempla la aplicación del artículo 164 del Código Orgánico de Tribunales, la "unificación de la pena", pues el criminal fue condenado a 20 años por 14 secuestros calificados y 7 homicidios calificados en el «Episodio Endesa» en que se secuestró y asesinó a empleados y trabajadores de las centrales hidroeléctricas «El Toro» y «El Abanico», por lo que la pena a 5 años y un día es subsumida en la condena anterior. Es decir, se trata de una sanción simbólica, engañosa.
En tanto el civil del servicio de inteligencia, el comerciante Juan Patricio Abarzúa Cáceres, fue condenado a 5 años y un día de presidio.
El tribunal rechazó la demanda de indemnización por daño moral deducida por familiares de la víctima y que había sido aprobada por Aldana.