La Corte de Apelaciones de Concepción confirmó los procesamientos dictados en contra de los exagentes del Centro de Inteligencia Regional (CIRE) que operaba en los recintos de la Base Naval de Talcahuano.
Por Darío Núñez
En fallo unánime (causa rol 102-2022), la Tercera Sala del tribunal de alzada -integrada por las ministras Vivian Toloza Fernández, Matilde Esquerré Pavón y Antonella Farfarello Galletti- descartó los recursos de apelación interpuestos por las defensas de los procesados ex integrantes del organismo represivo que cumplían funciones de mando, y rechazó así los recursos interpuestos por las defensas de los ex oficiales de la Armada Hugo Nelson González D'Arcangelis (jefe del Ancla II y Jefe del CIRE, a la época de los hechos), y Víctor Ernesto Donoso Barrera (segundo del Ancla II), y el ex oficial de Carabineros Conrado Alfredo Sesnic Guerricabeitía (en la época, oficial de la Prefectura Talcahuano).
De este modo, la Corte ratifica la resolución dictada en diciembre de 2021 por la ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos del tribunal de alzada, Yolanda Méndez Mardones, que los sometió a proceso por su responsabilidad en los delitos de secuestro con graves daños y aplicación reiterada de tormentos. Ilícitos perpetrados en octubre de 1975, en las comunas de Coronel, Penco y Talcahuano.
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Las torturas habrían sido aplicadas en el centro clandestino de detención y tortura que operaba en el ex Fuerte El Morro, bajo la dirección de oficiales de la Armada. En la causa Rol 8-2018, que tramita la querella interpuesta por cinco ex prisioneros políticos que fueron parte de los centenares de prisioneros y prisioneras políticas que fueron confinados clandestinamente en el referido cuartel de torturas, permaneciendo secuestrados y al arbitrio de los agentes represores siendo flagelados por agentes de ese organismo. La ministra Yolanda Méndez procesó a los ex agentes como coautores directos de los delitos.
El CIRE fue un organismo represivo antecesor y paralelo de la DINA que en la región era dirigido por el Comandante en jefe de la Tercera División del Ejército, con asiento en Concepción, y por el Jefe del Estado Mayor de la Segunda Zona Naval, con asiento en Talcahuano. Operativamente era comandado por el jefe del aparato de inteligencia de la Armada y estaba integrado por agentes procedentes del Ejército, de la Armada, de Carabineros y de Investigaciones, con predominio de oficiales de inteligencia de la Armada.
En la resolución, la Corte señala: "revisada la resolución en alzada y oídos los fundamentos de los intervinientes, lo obrado por la señora ministra visitadora es coherente con la prueba indiciaria que de acuerdo al sistema de juzgamiento aplicado, cumple con el estándar necesario para someter a proceso a Hugo Nelson González D'arcangeli, Víctor Ernesto Donoso Barrera y Conrado Alfredo Sesnic Guerricabeitia, por lo que los recursos deben ser rechazados".