Corte de Santiago rebaja condenas a 10 agentes DINA por desaparición de matrimonio en caso “Calle Conferencia”

[resumen.cl] En una clara señal pro impunidad y de beneficiar a criminales autores de delitos de lesa humanidad, la Corte de Apelaciones de Santiago rebajó la condena a 10 agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado del matrimonio conformado por Bernardo Araya Zuleta y María Flores Barraza, víctimas del denominado caso «Calle Conferencia», ilícito perpetrado a partir del 6 de abril de 1976, en Santiago

En fallo unánime (causa rol 2.081-2015), la Tercera Sala del tribunal de alzada capitalino-integrada por los ministros María Soledad Melo, Jaime Balmaceda y la abogada (i) Paola Herrera- ratificó la condena dictada por el ministro en visita Miguel Vázquez Plaza, pero rebajó el quantum de las penas y modificó los grados de participación de los sentenciados.

De este modo, los ex oficiales de ejército Pedro Octavio Espinoza Bravo, Carlos José Leonardo López Tapia, el ex oficial de carabineros Ricardo Víctor Lawrence Mires, y los agentes Eduardo Patricio Cabezas Mardones, Jorge Iván Díaz Radulovich, Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo, Orlando del Tránsito Altamirano Sanhueza, Orlando Jesús Torrejón Gatica, Clara Rosa Barros Rojas y Guillermo Eduardo Díaz Ramírez fueron condenados por la Tercera Sala de la Corte a penas de 5 años y un día de presidio, en calidad de autores del delito. En tanto, el ex oficial de ejército Miguel Krassnoff Martchenko fue absuelto de la acusación.

En primera instancia, el ministro Vásquez Plaza había condenado a Espinoza Bravo, Lawrence Mires y el fallecido Manuel Contreras, a penas de 13 años. En tanto Bitterlich Jaramillo, Díaz Radúlovich y Cabezas Mardones habían recibido condenas de 10 años y un día; y Altamirano Sanhueza, Torrejón Gatica, Barros Rojas y Díaz Ramírez, condenas a 5 años y un día. El criterio aplicado por la Corte capitalina es una muestra de descriterio de la justicia.

Según los antecedentes recopilados en la etapa de investigación, el ministro en visita Miguel Vásquez Plaza logró establecer los siguientes hechos:

«a) Que agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) comenzaron a vigilar el domicilio que tenía el matrimonio formado por Bernardo Araya Zuleta y María Olga Flores Barraza en la ciudad de Santiago en calle Sorrento Nº 629, para lo cual ocupaban la casa de un vecino y vehículos que los trasladaban por el sector a fin de hacer seguimientos, logrando averiguar que también tenía una vivienda en Quinteros, para lo cual se trasladaron a esa ciudad, desplegando una serie de actividades de control en la Municipalidad, arrendando una pieza de un vecino, para saber de sus movimientos, sin que al efecto hubiere algún motivo en especial, salvo la condición de militante del partido comunista del varón y haber sido diputado de la República, por ese conglomerado.

b) Que el 2 de abril de 1976, alrededor de las 22 horas, agentes de la indicada repartición de Inteligencia, concurrieron al domicilio de calle Barros Luco N° 1220 de la comuna de Quinteros, los que sin orden competente procedieron a la detención del matrimonio compuesto por Bernardo Araya Zuleta y María Olga Flores Barraza.

c) Que Bernardo Araya Zuleta era ex diputado del Partido Comunista y casado con María Olga Flores Barraza; el matrimonio, a esa época; tenían 64 y 60 años de edad respectivamente.

d) Que ambos fueron trasladados al recinto que era utilizado para planificar la detención de miembros de la cúpula del partido comunista, para lo cual había un organigrama de dicho conglomerado en una pared, además era usado como lugar clandestino y provisorio de detención. Cuartel dependiente del organismo de seguridad, ubicado en calle Venecia N° 1722 comuna de Independencia, donde se les mantuvo privados de libertad, lugar en el que fueron vistos con vida por otros detenidos; Bernardo Araya fue sometido a interrogatorios y torturas acerca de la identidad de otros militantes y lugares de reunión, desconociéndose desde esa época el actual paradero de ambos integrantes del matrimonio, informando el Ministerio del Interior y la DINA, que no tenían antecedentes sobre las detenciones de Araya y Flores y que no se había decretado por esas reparticiones orden de detención alguna en contra de aquellas personas.

e) Que en la misma oportunidad también fueron detenidos Vladimir y Ninoska Henríquez Araya, Eduardo Araya Rojas y Juan Flores Barraza, los primeros 3 nietos del matrimonio Araya Flores y el último, hermano de María Olga Flores Barraza, los que fueron dejados en libertad a los días después en la vía pública, por miembros de dicho organismo de Inteligencia.

f) Que en orden a ocultar el real paradero o destino de las víctimas, los organismos de seguridad y autoridades administrativas de la época, informaron oficialmente que Bernardo Araya Zuleta y María Olga Flores Barraza, registraban salida del país con destino a Argentina, por el paso Caracoles el 7 de abril de 1976 y que no habían sido detenidos ni se habían despachado órdenes de detención en su contra; información que fuera desmentida por las instituciones correspondientes del vecino país, resultando falsa».

El matrimonio Araya Zuleta y Flores Barraza, que formaban parte de la estructura clandestina del PC, son detenidos desaparecidos.

 

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