Por Juan Contreras Jara / resumen.cl
Esta mañana, la Corte de Apelaciones de Temuco, rechazó el recurso de nulidad presentado en mayo pasado por la defensa de Benito y Pablo Trangol – condenados en el llamado Caso Iglesia- a diez años de cárcel efectivos, sin derecho a beneficios. Ambos comuneros mapuche fueron juzgados y encarcelados en base a un testimonio entregado por un testigo protegido, quien los sindicó como responsables del incendio producido en un templo evangélico, en junio de 2016.
Dentro de los peritajes realizados a Benito y Pablo Trangol, el Ministerio Público intentó probar la presencia de pólvora y gasolina en los comuneros mapuche, sin tener resultados. Posterior a ello y a través de algunos medios de comunicación, como el diario Austral, se publicaron fotografías de los Trangol, imágenes que el testigo sin rostro habría utilizado para reconocer e inculpar a ambos comuneros mapuche.
Desde la familia y defensa de Pablo y Benito, han abogado siempre por la inocencia de los hoy condenados a 10 años, argumentando que no existen pruebas que inculpen a los comuneros en dicho incendio más que la utilización de un testigo sin rostro y sin nombre, a quien los defensores nunca pudieron contrainterrogar, ni investigar.
Por otra parte, la defensa de los hermanos Trangol buscó presentar testigos frente a los tribunales que solventaran la inocencia de los comuneros, pero los tribunales de Temuco denegaron esta posibilidad, argumentando que estaban fuera de plazo. Pablo y Benito presentaron dos testigos cada uno, ambas personas estuvieron o vieron a los condenados, a la hora en la que se produjo el incendio de la iglesia ubicada en Padre las Casa, pero fueron ignorados por los jueces.
Cabe recordar que los comuneros hoy cumplen 35 días en huelga de hambre liquida, situación que ha afectado de mayor manera a Benito Trangol, quien sufre dolores musculares, pérdida de memoria, derrame en uno de sus ojos, entre otros.
De no variar la resolución de los tribunales de Temuco, ambos comuneros tendrían que cumplir una condena de 10 años de cárcel, en un juicio que como es de costumbre en casos mapuche, se ha sostenido en la utilización de testigos sin rostro para condenarlos.