Corte de Santiago reduce penas a criminales y absuelve a otros agentes DINA por Operación Colombo

[resumen.cl] La Corte de Apelaciones de Santiago disminuyó las penas de 15 ex agentes de Dirección de Inteligencia (DINA) por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado de Luis Guendelman Wisniak y Carlos Gajardo Wolff. Los crímenes fueron cometidos a partir de septiembre de 1974, y son parte de la denominada «Operación Colombo», montaje elaborado por la DINA para hacer pasar por enfrentamientos los asesinatos de 119 personas cometidos por su agentes.

La Corte, en una determinación ya acostumbrada, absolvió a una serie de agentes involucrados en el gran montaje comunicacional de la policía política de Pinochet. El Mamo Contreras fue absuelto debido a su muerte, mientras que «en la parte que condena a José Jaime Mora Diocares, Moisés Paulino Campos Figueroa, "scar Belarmino la Flor Flores, Sergio Iván Díaz Lara y Roberto Hernán Rodríguez Manquel de la acusación que de oficio se formuló en su contra como coautores del secuestro de Luis Guendelman Wisnisak, participación que en el referido fallo se calificó como complicidad, y en su lugar se decide que los mencionados quedan absueltos».

El fallo del tribunal capitalino confirmó en lo apelado, y aprobó, en lo demás consultado, la sentencia impugnada, con las siguientes declaraciones, informa la web del Poder Judicial:

«a) que se rebaja la pena privativa de libertad que se impone al condenado César Manríquez Bravo a diez años y un día de presidio mayor en su grado medio.

b) que se rebaja la pena privativa de libertad que se impone al condenado Miguel Krassnoff Martchenko a diez años de presidio mayor en su grado mínimo.

c) que se rebaja la pena privativa de libertad que se impone a los condenados Manuel Heriberto Avendaño González, Alejandro Francisco Astudillo Adonis y Demóstenes Eugenio Cárdenas Saavedra a diez años y un día de presidio mayor en su grado medio.

d) que se rebaja la pena privativa de libertad que se impone a los condenados Orlando José Manzo Durán y Basclay Humberto Zapata Reyes a cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo.

e) que se rebaja la pena privativa de libertad que se impone a los condenados Ricardo Víctor Lawrence Mires, Hermon Helec Alfaro Mundaca, Nelson Alberto Paz Bustamante, José Abel Aravena Ruiz, Claudio Enrique Pacheco Fernández, Nelson Aquiles Ortiz Vignolo, Gerardo Meza Acuña, José Nelson Fuentealba Saldías y Raúl Juan Rodríguez Pontea cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo».

Los hechos comprobados por la investigación

En la etapa de investigación del caso, el ministro Hernán Crisosto Greisse logró determinar los siguientes hechos:
«En horas de la noche del día 02 de septiembre de 1974, Luis Alberto Guendelman Wisniak, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido en su domicilio ubicado en Ruiz de Gamboa N° 048, de la comuna de Las Condes, por agentes pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA), quienes lo introdujeron a una camioneta marca Chevrolet, al recinto clandestino de detención denominado «José Domingo Cañas», ubicado en el N° 1367 de dicha calle, en la comuna de 'uñoa. Posteriormente, Guendelman Wisniak fue visto por diferentes testigos en el cuartel clandestino de detención de la DINA denominado «Cuatro Álamos», ubicado en calle Canadá altura del 3000, en la comuna de Santiago, que era custodiado por guardias armados y al cual sólo tenían acceso los agentes de la DINA.
Que el ofendido Luis Alberto Guendelman Wisniak durante su estada en los cuarteles de José Domingo Cañas y Cuatro Álamos permaneció sin contacto con el exterior, vendado y amarrado, siendo continuamente sometido a interrogatorios bajo tortura por agentes de la Dina que operaban en el primero de estos recintos, respecto de sus actividades partidarias y sobre el nombre y domicilio de sus compañeros de grupo político a fin de proceder a la detención de sus miembros.
Que la última vez que la víctima Guendelman Wisniak fue visto por otros detenidos, ocurrió un día no determinado del mes de octubre de 1974, encontrándose desaparecido hasta la fecha».

En tanto: «En horas de la tarde del día 20 de septiembre de 1974, Carlos Alfredo Gajardo Wolff, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), luego de haber salido de su domicilio, fue detenido por agentes pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA) quienes lo trasladaron a un lugar desconocido. Posteriormente, Gajardo Wolff fue visto por diferentes testigos en el cuartel clandestino de detención de la DINA denominado «Cuatro Álamos», ubicado en calle Canadá altura del 3000, en la comuna de Santiago, que era custodiado por guardias armados y al cual sólo tenían acceso los agentes de la DINA.
Que el ofendido Carlos Alfredo Gajardo Wolff durante su estada en el cuartel de Cuatro Álamos permaneció sin contacto con el exterior, permanentemente custodiado por agentes de la Dina a cargo de ese recinto.
Que la última vez que la víctima Gajardo Wolff fue visto por otros detenidos ocurrió un día no determinado del mes de octubre de 1974, encontrándose desaparecido hasta la fecha.
Que el nombre de Carlos Alfredo Gajardo Wolff apareció en un listado de 119 personas, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la revista «Lea» de Argentina, de fecha 15 de julio de 1975, en la que se daba cuenta que Gajardo Wolff había muerto en Argentina, junto a otras 59 personas pertenecientes al MIR, a causa de rencillas internas suscitadas entre esos miembros. Y que las publicaciones que dieron por muerta a la víctima Gajardo Wolff tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el exterior».

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