Corte Suprema confirma condenas a 13 agentes DINA por crimen de otras dos víctimas de Operación Colombo

[resumen.cl] La Corte Suprema condenó a 13 agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de los militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) Carlos Gajardo Wolff y Luis Guendelman Wisniak, delitos cometidos en septiembre de 1974, en Santiago, en el marco de la denominada "Operación Colombo".

En la sentencia (causa rol 3.452-2018), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, Jorge Zepeda y la abogada (i) Pía Tavolari- rechazó los recursos de casación deducidos en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, resuelta en diciembre de 2017, que condenó a los exoficiales de Ejército César Raúl Manríquez Bravo y Miguel Krassnoff Martchenko, y a los exagentes Manuel Heriberto Avendaño González y Alejandro Francisco Astudillo Adonis a 10 años y un día de presidio.

En tanto, Ricardo Víctor Lawrence Mires, Hermon Helec Alfaro Mundaca, Nelson Alberto Paz Bustamante, José Abel Aravena Ruiz, Claudio Enrique Pacheco Fernández, Nelson Aquiles Ortiz Vignolo, y Raúl Juan Rodríguez Ponte deberán cumplir 5 años y un día de presidio. El fallo de la Segunda Sala también menciona las condenas de Gerardo Meza Acuña, José Nelson Fuentealba Saldías, pero estos agentes criminales fallecieron entre el fallo del tribunal de alzada y esta sentencia de la Corte Suprema.

También puedes leer: El criminal Walter Klug será trasladado al penal Punta Peuco a cumplir condena

La decisión se adoptó con el voto en contra del ministro Jorge Zepeda Arancibia quien estuvo por acoger los recursos de casación de tres de los condenados y, en consecuencia, invalidar la sentencia del tribunal del alzada y dictar sentencia de reemplazo.

Otros criminales condenados en el fallo de primera instancia dictado en julio de 2015 por el ministro Hernán Crisosto Greisse, cuyas condenas habían sido confirmadas por la Corte, también fallecieron en el curso del proceso; entre ellos Manuel Contreras Sepúlveda, Orlando José Manzo Durán, Basclay Humberto Zapata Reyes, Demóstenes Eugenio Cárdenas Saavedra, quienes quedan impunes respecto de estos dos delitos.

En la resolución de primera instancia, el ministro Hernán Crisosto Greisse logró establecer que el arquitecto Luis Alberto Guendelman Wisniak, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido en su domicilio la noche del 2 de septiembre de 1974, por agentes pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA), quienes lo condujeron hasta el recinto clandestino de detención denominado 'José Domingo Cañas', ubicado en el N° 1367 de dicha calle, en la comuna de 'uñoa.

Posteriormente, Guendelman Wisniak fue visto por diferentes testigos en el cuartel clandestino de detención de la DINA denominado 'Cuatro Álamos', ubicado al interior del campo de prisioneros "Tres Álamos", en calle Canadá altura del 3000, en la comuna de Santiago, que era custodiado por guardias armados y al cual sólo tenían acceso los agentes de la DINA.

En tanto, el también arquitecto y militante del MIR, Carlos Alfredo Gajardo Wolff, fue detenido el 20 de septiembre de 1974, luego de haber salido de su domicilio, por agentes de la DINA quienes lo trasladaron a un lugar desconocido. Posteriormente, Gajardo Wolff fue visto por diferentes testigos en el cuartel clandestino de detención de la DINA 'Cuatro Álamos'.

La última vez que Gajardo Woff y Guendelman Wisniak fueron vistos con vida por otros detenidos, ocurrió un día no determinado del mes de octubre de 1974, encontrándose ambos desaparecidos desde entonces. El nombre de Carlos Alfredo Gajardo Wolff apareció en un listado de 119 personas, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la revista 'Lea' de Argentina, de fecha 15 de julio de 1975, en la que se daba cuenta que Gajardo Wolff había muerto en Argentina, junto a otras 59 personas pertenecientes al MIR, a causa de rencillas internas suscitadas entre esos miembros. Las publicaciones que dieron por muerto a Gajardo Wolff  y las otras personas tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el exterior, como parte de la criminal operación de exterminio.

Estas leyendo

Corte Suprema confirma condenas a 13 agentes DINA por crimen de otras dos víctimas de Operación Colombo