Corte Suprema confirma condenas a exmiembros FACH por torturas de dos prisioneros en 1973

[resumen.cl] La Corte Suprema confirmó la sentencia que condena a cuatro ex uniformados pertenecientes a la Fuerza Aérea de Chile (FACH) por el delito de aplicación de torturas al obrero Patricio Rivera Cornejo y al estudiante Daniel Pavez Casanova, ilícitos cometidos entre septiembre y octubre de 1973 en la Base Aérea El Bosque de Santiago.

En la sentencia (rol 33.544-2018),  la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros y ministras Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, María Teresa Letelier, Jorge Zepeda y la abogada (i) Carolina Coppo- rechazó un recurso de casación interpuesto por los condenados en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago y descartó error de derecho en el fallo.

Así entonces, los ex agentes del Servicio de Inteligencia de la Fuerza Aérea (SIFA) Renato Gastón del Campo Santelices y Manuel del Carmen Cabezas Pérez quedan condenados a la pena de 5 años y un día de presidio por su responsabilidad como autores de los hechos.

Mientras que los ex agentes Eduardo Enrique Cartagena Maldonado y Leopoldo Zamora Maldonado deberán purgar una pena de 4 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, por su responsabilidad en los mismos delitos.

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En tanto Guillermo Reynaldo Gómez Aguilar, que también había sido condenado a la pena de 5 años como autor de los delitos, y Víctor Manuel Mattig Guzmán, que fue condenado a 3 años y un día de presidio como cómplice, fallecieron en el curso del proceso.

Cabe mencionar que en el fallo de primera instancia, de diciembre de 2017, la sentencia dictada por el ministro en visita Mario Carroza condenaba a Del Campo Santelices, Cabezas Pérez y Gómez Aguilar a la pena de 3 años, con el beneficio de la remisión condicional de la pena; Cartagena Maldonado y Zamora Maldonado habían sido condenados solo a 541 días, también con remisión, y Mattig Guzmán a 61 días.

En noviembre de 2018 la Corte de Santiago revirtió este fallo y aplicó las penas mencionadas. Sobre esta decisión del tribunal de alzada es que los condenados recurrieron de casación ante la Suprema. En resolución dictada esta semana, la sentencia fue dejada a firme por la Corte Suprema.

El obrero Patricio Mario Rivera Cornejo, a la fecha de su detención, era trabajador de la industria MADECO, perteneciente al Cordón Industrial San Miguel, organización que coordinaba a los obreros, pobladores y estudiantes para la defensa del Gobierno de Allende y organizaba la distribución de víveres.

Rivera era militante del Partido Socialista. Fue detenido por carabineros en su domicilio, en horas de la noche del día 19 de septiembre de 1973, y trasladado hasta la 12 Comisaría. Desde este lugar fue llevado a la Base Aérea El Bosque de la Fuerza Aérea por personal de esa institución quienes lo sometieron a constantes interrogatorios y torturas.

Luego de 10 días de permanencia en el recinto aéreo fue llevado hasta el campo de prisioneros instalado en el Estadio Nacional, donde también fue torturado y sometido a Consejo de Guerra. Finalmente, fue expulsado del país.

El estudiante Ramón Daniel Pavez Casanova fue detenido en la vía pública en el centro de Santiago, el día 18 de octubre de 1973, dada su militancia como dirigente en el Frente de Estudiantes Revolucionarios (FER) del Liceo Comercial N° 2.

Fue trasladado vendado al Ministerio de Defensa, donde fue interrogado mediante golpes, y desde ahí transportado en la noche, también vendado, en un camión de la Fuerza Aérea hasta un lugar desconocido donde lo recibieron con golpes, advirtiendo luego que se trataba de un gimnasio al interior de la Base Aérea El Bosque, donde se encontraban otras personas detenidas. Le mantuvieron en ese lugar por alrededor de 10 días, sometido a sesiones de interrogatorio y torturas.

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