[resumen.cl] El máximo tribunal del país revocó la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago, declarando admisible el recurso de protección presentado por activistas medioambientales que fueron objeto de ciberespionaje por la transnacional AES Andes encargada del proyecto hidroeléctrico Alto Maipo.
En noviembre de este año el medio Interferencia hizo público que la empresa AES Andes -ex AES Gener- contrató servicios de ciberinteligencia para infiltrar información referida a integrantes de organizaciones opositoras al cuestionado proyecto Alto Maipo, como también a trabajadores de la misma iniciativa.
Acorde a los antecedentes presentados, la transnacional que lidera el proyecto hidroeléctrico que busca instalarse en la región Metropolitana gastó $3 millones mensuales para recopilar antecedentes de al menos tres integrantes de la Red Metropolitana No Alto Maipo una integrante del Movimiento por el Agua y los Territorios y una ex concejala de San José de Maipo.
Tras conocerse el hecho, el 8 de diciembre se ingresó a la Corte de Apelaciones de Santiago un recurso de protección, apuntando a que la transnacional habría mantenido una «conducta arbitraria e ilegal al ejecutar una operación de espionaje en contra nuestra, por medios y con objetivos ilegales», acorde a lo presentado por las y los recurrentes. Ante esto, el 10 de diciembre la Primera Sala de la Corte de Apelaciones declaró inadmisible el recurso, por lo cual se asistió a la Corte Suprema.
Fue el máximo tribunal del país el que esta semana ordenó la revocación del fallo liderado por la Corte de Santiago, dando curso a la admisibilidad del recurso presentado por cuatro de las personas involucradas.
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En contacto con RESUMEN, Anthony Prior, integrante de la Red Metropolitana No Alto Maipo y parte de quienes presentaron el recurso de protección, indicó que se enteraron esta mañana de la decisión de la Corte Suprema, catalogándolo como una buena noticia para cerrar el año «en contraste con lo duro que fue en su momento tomar en conocimiento la decisión de la Corte de Apelaciones», mediante la cual «se nos denegó el acceso a la justicia».
En este sentido, Prior señaló que «el acudir a la justicia se ha transformado, de alguna manera, en una de las únicas herramientas para obtener mayor información» del denunciado caso de ciberespionaje. Esto, frente a que la empresa «no ha sido capaz de dar ningún tipo de explicación, ningún tipo de declaración pública», pese a oportunidades que esta ha tenido para referirse a la situación.
Ante tal situación, se espera que los «tribunales mandaten y obliguen a que la empresa transnacional haga entrega de los antecedentes necesarios, para que quienes nos hemos visto en vulneración de nuestros derechos podamos tener mayor información», permitiendo impedir la reproducción de este tipo de prácticas por parte de empresas, señala Prior.
La resolución el máximo tribunal del país se da la misma semana en que Alto Maipo realizara su primera prueba de inyección de energía, en perspectiva de iniciar sus operaciones a fines de marzo de 2022.
Frente a este escenario, Anthony Prior transmite el mensaje sostenido por las comunidades y organizaciones sociales que rechazan la intervención liderada por AES, buscan «poner en alerta a toda la región Metropolitana en relación a que el proyecto Alto Maipo tiene una inminente entrada en operación y no podemos quedarnos de brazos cruzados, sobretodo luego de haber constatado las malas prácticas que durante todos estos años han mermado la calidad de vida de las personas».
Esto, considerando las irregularidades e impactos medioambientales que arrastra el proyecto hidroeléctrico, el mismo que ha sido sancionado con cerca de 15 incumplimientos ambientales, indica Prior, de los cuales nueve son graves pero que fueron «personados por la Superintendencia».
Así, el integrante de la Red enfatiza en que espera que la tramitación del recurso sea ágil y exitosa, para que con dicha acción «tengamos la oportunidad de marcar un precedente y que de alguna manera sirva para que en el futuro otras empresas en el mismo Cajón del Maipo, o en otro territorio, no se sientan con la libertad de poder emprender este tipo de práctica», enmarcada en lo que se ha catalogado como una vulneración de derechos fundamentales.