La Corte de Apelaciones de Punta Arenas confirmó la sentencia que obliga al Ejército a reincorporar a una oficial, en las mismas condiciones laborales que tenía antes de ser sometida a una investigación sumaria administrativa. Asimismo, deberá mantenerle el derecho a asignación de zona y garantizarle el empleo hasta el término de su fuero maternal.
La Primera Sala del tribunal, integrada por los ministros Caroline Turner González y Juan Villa Martínez, junto al abogado Carlos Abarzúa Villegas, rechazó de manera unánime los recursos de nulidad presentados por el Ejército y la demandante, argumentando que el fallo inicial fue emitido bajo un correcto análisis de la evidencia presentada.
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El caso tuvo su origen en el Juzgado de Letras del Trabajo de Punta Arenas, donde se dictaminó que la desvinculación de la oficial había sido injustificada, ordenando además el pago de $50.000.000 como indemnización por daño moral y $5.199.582 por conceptos de feriado legal.
Según la sentencia de la Corte, no hubo errores en la forma en que el juzgado evaluó las pruebas. "La decisión adoptada por el juez de la causa ponderó la prueba presentada en forma adecuada y ajustada a derecho. Lo que el Ejército alega es un desacuerdo con el análisis realizado, sin que se haya acreditado infracción alguna a los principios jurídicos aplicables», señala el documento.
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El tribunal explicó que el objetivo de un recurso de nulidad no es revaluar las pruebas ni asumir competencias que corresponden al tribunal de primera instancia. "Lo que se intentó en este caso fue transformar esta instancia en una apelación disfrazada, lo cual está fuera del marco permitido", enfatiza el fallo.
Con esta resolución, que cierra las vías legales en este caso, el Ejército deberá dar cumplimiento inmediato a la reincorporación y las reparaciones económicas ordenadas. Por su parte, la demandante obtiene una ratificación judicial que avala su posición y derechos como trabajadora, asegurando su estabilidad laboral durante el período de protección maternal.