Dictan condena y acusación en dos causas de DDHH: por homicidio de poblador de Conchalí y de miembro del FPMR

[resumen.cl] El ministro en visita Mario Carroza, de la Corte de Apelaciones de Santiago, dictó sentencia en contra de dos ex oficiales del ejército por el homicidio calificado del poblador Agustín Corvalán Cerda, ocurrido el 26 de enero de 1974 en el regimiento Buin del Ejército, ubicado en la comuna de Conchalí, en la ciudad de Santiago.

El magistrado sentenció a los ex brigadieres de ejército Patricio Sergio Román Herrera y Aldo Daniel Veliz Vargas a la pena de 10 años y un día de presidio por su responsabilidad como autores del delito antes señalado. Además absolvió a los ex oficiales Ricardo Hidalgo Rueda y Hugo Gajardo Castro de su participación en los hechos.

En su investigación el magistrado Mario Carroza determinó que Agustín Corvalán Cerda fue detenido el 19 de enero de 1974 por personal de Carabineros, luego de una riña con otras personas, entre ellas un conscripto del regimiento Buin, en la población Nueva Esmeralda de la comuna de Conchalí.

Corvalán Cerda y sus hermanos son trasladados hasta la Subcomisaría Villa Moderna, lugar adonde concurre personal del regimiento Buin que retira a los detenidos y los traslada a la unidad militar. En ese lugar Corvalán Cerda y otras seis personas son sometidas a apremios ilegítimos por agentes de la Sección Segunda de la unidad castrense.

El 25 de enero de 1974 todos los detenidos son liberados, salvo Agustín Corvalán Cerda cuyos restos son encontrados un día después con cuatro heridas a bala en la Avenida Américo Vespucio.

Acusación contra 3 ex agentes de la CNI por homicidio de miembro del FPMR

En otra resolución adoptada esta semana por el ministro en visita Mario Carroza, dictó acusación en contra de 3 ex oficiales de ejército y agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI) por el homicidio de Guillermo Rodríguez Solís, ocurrido el 20 de diciembre de 1988 en la comuna de Santiago.

El magistrado responsabilizó a los agentes José Patricio Cruz Lorente, oficial de la Brigada Verde, y Hugo César Acevedo Godoy, jefe de la división antisubversiva, en calidad de autores de homicidio calificado y a Humberto Leiva Gutiérrez, director de la CNI en la época de los hechos, como encubridor del mismo ilícito.

De acuerdo a la investigación: El día 20 de diciembre de 1988, en calle Manuel Rodríguez frente al N° 369, comuna de Santiago, fue detenido, torturado y finalmente ejecutado el opositor al gobierno militar, Guillermo Rodríguez Solís, por agentes de la Central Nacional de Informaciones que pertenecía a la agrupación C.1 2.1, que era para de la Unidad Antisubversiva, dedicada a combatir al Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR).

El responsable de la unidad operativa que ejecutó el asesinato y realizó el montaje del falso enfrentamiento que pusieron en escena para encubrir el hecho, fue el entonces jefe de la Brigada Verde, el ex oficial de ejército Krantz Johans Bauer Donoso, fallecido el año 2012 y por lo mismo resulta impune en este y otros delitos.

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