Este lunes 3 de junio, en Santiago, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló cargos contra la Planta refinadora de ENAP de Hualpén. Los cargos tienen que ver con el no cumplimiento de puntos de la Resolución de Calificación ambiental presentada por la misma empresa.
Como señala el portal de la SMA "Los cargos formulados dicen relación con diversos incumplimientos detectados acerca del manejo y emisión de emisiones atmosféricas y malos olores, los que están contenidos en distintas Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) con que cuenta dicha instalación."
Cabe mencionar, que esta realidad la vienen denunciando hace años los vecinos de Villa El Triángulo y Nueva El Triángulo de Hualpén, Con movilizaciones, consultas ciudadanas, denuncias y acusaciones en los medios de comunicación, los pobladores del Complejo habitacional ubicado frente al Complejo Petroquímico han hecho públicos los detestables "episodios de malos olores" de la refinería.
Los vecinos viven hace mas de 20 años en el lugar y han tomado la determinación de que sean erradicados del sector. En el plebiscito que organizaron, donde votaron 429 personas, 411 querían ser erradicados por estar enfermos y cansados de la contaminación de la refinería.
Una brutal realidad local, donde las empresas contaminan como si fuera su derecho, y los pobladores agobiados deben irse de sus hogares. Realidad que también se vive en los complejos industriales de Coronel y Talcahuano. Realidad amparada por los distintos gobiernos que prefieren promover la erradicación de vecinos antes que poner coto a su mortal y silenciosa contaminación.
Según señala el portal del Diario Financiero (www.df.cl) "Los incumplimientos detectados por la SMA son :
-No haber instalado el sistema de sellos dobles para el control de emisiones atmosféricas en 4 estanques de almacenamiento con techo flotante.
-No haber construido la torre separadora de amoniaco y el incinerador de tres etapas para oxidar la corriente de amoniaco en Planta de Aguas Ácidas W3, ambos destinados a la eliminación de dicho compuesto volátil.
-Las calles interiores del complejo industrial no se encuentran pavimentadas a la fecha de la inspección.
-La caldera B101, que forma parte de la unidad de Cracking Catalítico, no tiene instalado ningún sistema de abatimiento de emisiones atmosféricas, ya sea del tipo precipitador electroestático, o del tipo filtro de manga.
-En relación con el manejo de riles: El sistema de canaletas perimetrales en torno a la pila de acopio de petcoke, al interior de las instalaciones de ENAP Refinería Biobío, no se encuentra limpio de material sólido.
-No monitorear en el punto de descarga de riles, de acuerdo a los parámetros establecidos en la Tabla W 1 del Decreto Supremo W 90, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece la norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales.
Según indicó la SMA estos hechos fueron detectados los días 31 de enero y 1 de febrero de 2013, tras una inspección ambiental."
Finalmente, como señala el portal institucional de la SMA "La empresa, una vez que sea notificada por la Superintendencia, tiene 10 días de plazo para presentar un Programa de Cumplimiento (destinado a que el titular cumpla sus obligaciones ambientales y pone fin al procedimiento sancionatorio), o bien, cuenta con 15 días de plazo para formular descargos ante esta Superintendencia, tras lo cual continúa el proceso sancionatorio."
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