[FOTOS] Marcha en Concepción: Trabajadores imponen sus exigencias

25360120234_b5375ccef9_z[resumen.cl] Fin a las AFP y, en su reemplazo, un sistema previsional de Reparto, Tripartito y Solidario; Fin a los contratos a honorarios; Sueldos adecuados a las necesidades vitales y; una Reforma Laboral útil a los trabajadores y no a los empresarios, fueron las consignas reiteradas en gritos y lienzos de los miles de asalariados que marcharon por el centro penquista y también por la ruta 160, entre Lota y Coronel, adhiriéndose a la jornada de protesta nacional.

La tardía convocatoria a movilizaciones de parte de la dirigencia de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), hasta ahora obsecuente con la clase política, fue protagonizada por miles de trabajadores quienes le dieron su propio sentido, reivindicando garantías por años ignoradas y denunciando la nula voluntad del Gobierno y la clase política de implementarlas. La razón es sencilla y tajante, y los sucesivos escándalos del contubernio político – empresarial, la han develado: La representación está al servicio del poder económico.

La tramitación de de la Reforma Laboral ha sido un nuevo caso de cómo legislar en función de los intereses empresariales. Y una nueva evidencia de ello está en un reciente artículo del economista Gonzalo Durán de la Fundación Sol, donde concluye que este proyecto «restringe las posibilidades de un vasto grupo de trabajadores de participar siquiera de la negociación colectiva», concretamente del «61,4% del total de trabajadores asalariados del sector privado».

Durán arribó a esta conclusión luego de revisar la situación en la que quedan, con las normas de esta Reforma: los trabajadores de las micro y pequeñas empresas - MIPEs (empresas de hasta 49 trabajadores); los trabajadores con contrato por obra o faena o limitado a la temporada; los trabajadores en régimen de subcontratación y suministro.

En el texto explicó que: «el proyecto evacuado por el Senado establece que en las MIPEs, sólo podrán formarse sindicatos (y consecuencialmente negociar colectivamente) en aquellos casos cuyos quórums de constitución sean de a lo menos 8 personas que representen al 50% de los trabajadores de la empresa. En la práctica, la limitación de representar a la mitad de los trabajadores significa, prácticamente, cerrar la posibilidad de que en dichos centros de trabajo exista representación sindical… Los trabajadores que laboran en las MIPEs hoy representan el 34,2% de los asalariados privados y suman 1.410.192 personas».

En cuanto a los contratados temporalmente y por obra o faena, consignó que se ha incorporado la exigencia de que "las empresas sólo estarán obligadas a negociar en el caso de que la obra o faena transitoria tenga una duración superior a doce meses". No obstante, «hoy, más del 80% de los contratos definidos, tienen una antigüedad inferior a 12 meses. Además, atendiendo a la enorme capacidad que tiene este sector para crear nuevas empresas contratistas, cabe la duda legítima en relación a la facilidad que existe por parte del empleador de saltarse la obligación: bastaría generar obras o faenas cuya duración sea inferior a 12 meses (y si se requiere más tiempo, cortar en etapas, con el consecuente nacimiento de nuevas obras o faenas). Finalmente, y no menos importante en este punto, aún cuando existan trabajadores que logren acceder a la negociación colectiva, en ese caso, será una de segunda categoría, sin derecho a la huelga y sin fueros. En relación a este grupo (y excluyendo a los trabajadores ya contabilizados en el punto 1), hablamos de 566.762 personas».

Respecto a los trabajadores subcontratados «lo aprobado hasta ahora permite a la empresa mandante poner término al contrato y/o reemplazar a la contratista en caso de una huelga. En consecuencia, la amenaza de la pérdida del contrato comercial y probablemente de la fuente laboral asoma como un repelente directo frente a la actividad sindical. Se encuentran en esta calidad, los trabajadores no MIPEs y que caen fuera de la situación 2, totalizando 319.840 personas».

Junto con criminalizar las acciones sindicales, estableciendo normas punitivas para su control, y también la incorporación del concepto de «servicios mínimos» que no es otra cosa que el conjunto de labores que la nueva ley protegerá, permitiendo no interrumpir significativamente el flujo de utilidades de las empresas durante una huelga. De este modo, la Reforma Laboral, en realidad se muestra servil a los intereses patronales. No obstante, durante esta jornada se ha mostrado total rechazo hacia la política laboral imperante.

No hay momentos inoportunos para iniciar una lucha contra el abuso y el empobrecimiento. La eficacia de ésta radica en la capacidad de la organización de quienes tengan la iniciativa.

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