¿Descentralización política, cuando?

altHe asistido a la Cumbre de las Regiones, realizada en Concepción, los días 29 y 30 de agosto del presente año, en el Taller Reformas Constitucionales y Legales, se debe felicitar a Corbiobio, por el esfuerzo realizado y tan loable iniciativa, y con fecha doce de septiembre a ingresado a la Camara de Diputados el proyecto de ley que Establece elección directa de los Consejeros Regionales.

El encuentro y la iniciativa de Ley, me han hecho reflexionar respecto de los siguientes puntos;

1.- De los participantes [en el encuentro] que expusieron sus ideas, sólo uno de ellos, y en una sola oportunidad uso el vocablo descentralización política, curiosa situación, si entendemos que dada la historia de nuestra República, las falencias en el proceso de descentralización, es precisamente de carácter político. El movimiento regionalista se ha caracterizado por abogar por la profundización de la descentralización administrativa, sin cuestionar la institucionalidad jurídico-política que nos rige, en este sentido, la editorial mercurial del siete de junio del presenta año es ilustrativa; "Más allá de los cambios a la institucionalidad, es fundamental fomentar los focos de desarrollo económico en las regiones".

2.- La descentralización, es la distribución del poder, y la política, la del poder político. La descentralización política, es un proceso de reordenamiento de las aptitudes y capacidades, como también de la redistribución de las potestades públicas a cada una de las grandes unidades territoriales o regiones en que se divide el país. Las entendemos formadas cada una de ellas por sus características geográficas, políticas, socio-económicas y culturales consideradas homogéneas o complementarias, para los efectos de la convivencia y desarrollo sustentable, como de su gobierno y administración, todo ello en un contexto de intransigente garantía del Estado Unitario, pero dentro de una noción de Estado Unitario descentralizado políticamente y no de un Estado Unitario descentralizado, sólo administrativamente.

3.- Entre los tipos de personas que han abordado la regionalización y sus políticas públicas, podemos situar a los "oficiales", hombres de Estado, funcionarios y técnicos encargados de concebir, proyectar y ejecutar soluciones a corto o largo plazo para combatir el subdesarrollo. Todos ellos presentan como características común una "visión descendente" de la acción a llevar a cabo. Formado en los métodos administrativos de la centralización, dejarían de ser ellos mismos, renunciarían a su tarea y a su universo mental, si no considerarán que en este campo, como en los demás, la decisión pertenezca al Estado. Reconocen los pasados errores de ese Estado, pero solo para paliarlos, no para reflexionar sobre las estructuras estatales. Proyectan desde el punto de vista económico devoluciones de capitales a la región, impulso a las iniciativas que esporádicamente puedan manifestarse, plan de regionalización -concebidos en Santiago-, desplazamiento autoritario de los grandes complejos industriales de interés nacional desde un punto a otro del territorio. Desde el punto de vista de la administración, reconocen la necesidad de escalones intermedios entre el ciudadano y el Estado, ya sea estableciendo, haciendo funcionar niveles varios de consulta, o por medio de la encarnación del escalón regional en una persona con competencias supradepartamentales. No preconizan una descentralización verdadera cuyo objeto sería multiplicar los centros estatales, sino una desconcentración dejando sin más que las decisiones se tomen en un único punto geográfico, la capital. La acción regionalista caracterizada por la visión descendente es reformista y paternalista a la vez: se trata de una inflexión táctica, y no sustancial, del Estado Unitario.

4.- Dentro de un resumido paréntesis demos razón de nuestra aseveración en orden a que, para los propósitos señalados, no basta la sola pero esencial descentralización administrativa. La descentralización administrativa es únicamente la ejecución por parte del Gobierno regional -ente autárquico con personalidad jurídica de derecho público y patrimonio propio-, de una de las tres subfunciones del Ejecutivo, cual es la administrativa, consistente en satisfacer de manera regular y continua las necesidades regionales o locales a través de los servicios públicos y demás organismos creados por la ley para este objeto. En otras palabras, sólo puede apuntar y se agota en la instrumentalización específica de las decisiones adoptadas por el Gobierno Central, el que pudo o no consultar o interpretar fielmente, por variadas circunstancias, el querer y demandas de la Región, en la oportunidad en que prefijo sus planes, metas y medios, generales o particulares. Pensamos que los problemas económicos y sociales de las regiones deben ser abordados en primer lugar por las propias regiones y resueltos a esa escala en la medida de lo posible para lo cual se hace necesaria una autonomía más o menos amplia.

5.- Creemos perentorio empeñarnos en completar la descentralización iniciada en lo administrativo, con la descentralización política en atención a que nos rige una clase de democracia representativa y una forma de gobierno presidencialista reforzada (neopresidencialismo para otros), lo cual más bien se asemeja a un deposito de confianza sin referente e irresponsable en los poderes públicos, que una conducción de la sociedad política y del Estado de acuerdo con la voluntad general o querer efectivo del Soberano (pueblo) grave situación que no se vislumbra por el momento posible de modificar. Parece aconsejable por ello iniciar el tránsito, al establecimiento de la descentralización política agregándola a la administrativa, con la intención de avanzar hacia una democracia real, en que las regiones tengan facultades para elegir sus propias autoridades a ese nivel, y detenten funciones de gobierno, de administración y facultades normativas regionales.

6.- En definitiva, a la anarquía del desarrollo neoliberal que el centralismo protege o consciente, la consecuencia es grave: la lucha contra el subdesarrollo ya no puede se realizada con los medios financieros regionales. Desde hace mucho tiempo se sabe que solamente empresas de origen internacional o nacional estatal o privada compensan, y muy deliberante, la ausencia de iniciativa industrial regional. El Estado es el responsable esencial del desequilibrio en la ausencia de perspectivas regionales, la coincidente inconsciencia del espíritu estatal y el espíritu de los hombres de regiones, en este caso de una burguesía que ha querido el desequilibrio. Lo que en nuestra región ha faltado principalmente es una conciencia regional vinculada a los problemas económicos, innovadora, creadora y original.

De aquí que postulamos la descentralización tanto administrativa como política, por cuanto sólo la conjunción de los dos tipos de descentralización en que se fundan, la "autarquía" y la "autonomía", deben dar lugar a un proceso de perfeccionamiento del sistema democrático chileno, al conciliar la autoridad y mando con su requisito de existencia insoslayable que es el ejercicio de la libertad.

Eulogio Palafox Tapia.

Etiquetas
Estas leyendo

¿Descentralización política, cuando?