La ley del absurdo: Deplorable actuación judicial ante chantaje de ex infantes condenados

Darío Núñez / resumen.cl 

Las garantías y facilidades que reciben los ex agentes del estado, uniformados y civiles, involucrados en delitos de lesa humanidad, o de violaciones de derechos humanos durante la época de la dictadura militar, está adquiriendo ribetes de vergüenza. Esto se manifiesta no solo en el amparo y trato proteccionista que perciben de las instituciones y organismos uniformados y policiales, o en el trato remilgado que les brinda la clase política; se manifiesta, sobre todo, en el trato condescendiente que reciben de parte de ciertos jueces y tribunales y de las decisiones que éstos adoptan en su beneficio.

Una expresión grotesca de esta vergüenza ha quedado expuesta recientemente con la actitud de rebeldía adoptada por los condenados del caso de los crímenes de Quebrada Honda, en Concepción, y la actitud del Ministro Aldana frente a esta situación de rebeldía.

Como ha sido informado oportunamente por Resumen, el pasado viernes 13 de febrero los ex infantes de marina condenados por el asesinato de tres miristas no se presentaron ante el Ministro Especial para Causas de Derechos Humanos, Carlos Aldana Fuentes, para dar cumplimiento a la resolución de la Corte Suprema del 29 de diciembre del 2014 que dejaba a firme las sentencias en su contra.

En su oportunidad, el máximo tribunal ratificó las sentencias que condenaban a los ex infantes de marina Bernardo del Rosario Daza Navarro y Juan Heraldo Maldonado Sanhueza a cumplir la pena de 10 años y un día de presidio, sin beneficios, y a Patricio Salamanca Marín, a la pena de 5 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, por su participación y responsabilidad en los asesinatos de Héctor Lepe Moraga, Tránsito Cabrera Ortiz y Miguel Ángel Catalán Febrero cometidos el 9 de octubre de 1973 en el lugar conocido como Quebrada Honda, ubicado en la ruta entre Penco y Tomé.

Los tres condenados gozaban del beneficio de la libertad provisional y debían presentarse ante los tribunales en la fecha señalada para ser notificados de las condenas que debían comenzar a cumplir de inmediato. Sin embargo, los dos primeros no se presentaron aduciendo su reticencia a ser internados en el Penal Penitenciario de El Manzano, de Concepción, como señalaba el cúmplase dictado por Aldana, y esgrimiendo que no se presentarían en tanto no se les garantizara ser ingresados al Penal de Punta Peuco, en Santiago. Es decir, los condenados se arrogan el derecho de determinar el lugar y condiciones en que estarían dispuestos a someterse a los dictámenes de la justicia.

Al cabo de unos días, el Ministro Aldana cambia su decisión y señala como destino de los condenados el hotel penitenciario de Punta Peuco, en donde los ex uniformados y agentes represivos condenados por delitos de lesa humanidad cumplen sus períodos de reclusión. Se produce entonces el absurdo de que en lugar de decretar la detención policial de los condenados y su internación donde había sido dispuesto, el señor Aldana se subordina a las exigencias de los condenados, y con ello subordina el rol de la justicia a los caprichos de los criminales. Si los condenados querían solicitar cambio de recinto de internación, por las razones que fuera, primero debían haber sido internados y luego tramitar o dar curso a su relocalización; pero, en este caso, ocurre que primero el señor Aldana modifica su resolución, es decir, cede al chantaje o exigencia de los condenados. Producto de ello es que uno de los ex marinos, Maldonado Sanhueza, se "entrega" y es llevado por supuesto a Punta Peuco; peor aún, pese a la sumisa resolución del señor Aldana, el otro ex marino, Daza Navarro, se declara enfermo y pospone su entrega hasta su alta desde el Hospital Militar en Santiago donde, curiosamente, se encontraría internado.

Es decir, esto es una burla, un chiste viejo, ya usado y abusado hace años por el amo de la DINA, pero que sus subordinados lo siguen utilizando. Si alguna dolencia real tuviera el condenado Daza Navarro, dada su residencia en la ciudad de Laja y su condición de suboficial de la armada en retiro, estaría siendo tratado en el Hospital Naval de Talcahuano, o en cualquier otra instalación sanitaria de la armada. Esto de aparecer "enfermo" en el Hospital Militar de Santiago es una burla a mandíbula batiente y solo puede ser producto de la protección que el ejército sigue brindando a criminales, ofreciéndole una instalación de su dominio como "caleta" para evadir los dictámenes judiciales. Este cruce de protecciones no es tan extraño puesto que Daza Navarro formó parte de la DINA, y dentro de ésta integró la horrible Brigada Lautaro y formó parte del exclusivo grupo de infantes de marina que se encargaban de la protección personal de Manuel Contreras, el amo de la DINA, y ya es sabido que el Mamo conserva cuotas de poder en el ejército. El escondite de Daza Navarro en el Hospital Militar tiene origen conocido. Habrá que esperar entonces a que a este condenado le plazca "entregarse" e internarse en Punta Peuco, a falta de otro resort mejor, para que la justicia se cumpla. Así están las cosas.

Esta actitud de los condenados viene a graficar las facilidades y garantías de que gozan y abusan los criminales violadores de los derechos humanos durante la época de la dictadura. El principio de igualdad ante la ley para ellos no existe, el beneficio de la libertad provisional se convierte en un medio de evasión de la justicia; la manga ancha ha derivado en un instrumento de escapatoria, cuando no de directa impunidad. Esta manga ancha fue inaugurada por la clase política y los gobernantes concertacionistas hace bastantes años, ha quedado evidenciada -entre otras cosas- en el establecimiento de recintos especiales de detención y de cumplimiento de condenas para los ex agentes del estado condenados por delitos de lesa humanidad. El Penal de Punta Peuco es uno de estos recintos de internación con características y condiciones de privilegio para esta casta de criminales protegidos. Estos privilegios de que han gozado los ex uniformados y agentes del estado ha llegado a estos extremos de descaro como la acción de estos ex infantes de marina que no se presentan a cumplir condena exigiendo condiciones de hotelería carcelaria cual si se tratara de un beneficio social o de un derecho inherente a su condición de agentes de la dictadura.

La causa de fondo de estas burlas, coerciones y chantajes de parte de los criminales y represores está en la pusilanimidad de la clase política y de los sucesivos gobiernos de la Concertación. Sin ir más lejos, fue Eduardo Frei Ruiz-Tagle quien, en junio de 1995, creó el penal de Punta Peuco como recinto especial para estos individuos; fue Ricardo Lagos Escobar quien, en noviembre de 2004, creó el exclusivo resort Penal Cordillera para albergar a los jerarcas del terror y de la muerte. Y para resaltar la vergüenza y la desvergüenza concertacionista, fue el gobierno derechista de Sebastián Piñera el que, el 29 de septiembre del 2013, cerró el resort Cordillera y trasladó a los huéspedes hacia el recinto vacacional de Punta Peuco.

Son estos dislates de la clase política, su complicidad con los criminales, en el caso de la derecha, y su cobardía (cuando no también complicidad) respecto de los criminales y sus poderes fácticos, en el caso concertacionista, lo que ha generado el espacio suficiente para que los propios criminales, por una parte, se arroguen prerrogativas que no les corresponden y, por otra, ha mantenido el espacio para que algunos jueces y Cortes den rienda suelta a sus opciones políticas de derecha y tendencias ideológicas fachas produciendo condiciones de impunidad hacia los criminales. La media prescripción, la dictación de condenas irrisorias (en relación al delito cometido y a lo establecido en el código penal), el otorgamiento a granel del beneficio de la libertad vigilada, son solo algunas de las formas predilectas que utilizan ciertos tribunales para dar rienda suelta a sus simpatías personales, en lugar de ceñirse al derecho y lo obligatorio. El argumento de la media prescripción es una figura legal inventada, inexistente, ideada ex profeso por estos juristas fachos como una forma de escabullir las obligaciones legales que los tratados internacionales imponen a Chile en los asuntos de derechos humanos, pero sobre todo, inventada para encubrir una forma de privilegio destinado a favorecer a los criminales uniformados y agentes civiles de la dictadura. No existe esa figura legal, ni por error, en el código de procedimiento penal chileno, pero la han inventado, la han forzado, y la usan de manera abusiva en los delitos de derechos humanos.

La clase política es cómplice, partícipe y responsable de estos deslices en que incurren algunos jueces y Cortes. Ni siquiera han tenido la decencia de derogar la abominable ley de amnistía decretada por la dictadura para ponerse a cubierto y salvaguardar sus crímenes. Todavía este engendro sigue siendo utilizado como argumento jurídico por las defensas de los criminales, para abogar por la absolución de sus defendidos, como también sigue estando en la consideración arbitraria de ciertos jueces para abogar por la aplicación de la media prescripción, o para el otorgamiento de beneficios pre carcelarios, o para la dictación de sentencias que tienen un carácter de burla hacia la idea de justicia que se persigue con las causas y procesos judiciales.

Resulta ridículo y vergonzoso que el señor Aldana se preste a las maniobras de condenados. Peor que eso; todo este asunto es una burla cruel hacia los familiares de las víctimas que esperan algo de respeto de una justicia que siempre les dio vuelta la espalda. Los criminales ya se burlaron de las víctimas y sus familias, se rieron de la justicia (con la solícita complicidad de ella), y gozaron de impunidad total por más de 40 años; sería oportuno y necesario que los tribunales de justicia y ministros encargados de hacerla cumplir, así como la clase política cómplice, se dignen de poner término a esta plaga de impunidades y privilegios que no se condicen con un mínimo sentido de igualdad ante la ley y de justicia para con las víctimas y la sociedad.

Por otra parte, la cuestión de poner término a la existencia de estos recintos exclusivos y especiales para los criminales de derechos humanos es una necesidad imperiosa. No sólo tiene que ver con el principio de igualdad ante la ley, sino también con poner término a privilegios y garantías que no se corresponden con su condición de personas normales. Los recluidos de estos penales exclusivos debieran ser relocalizados en los recintos carcelarios que dispone el sistema penitenciario chileno, que por lo demás incluye regímenes de alta seguridad. Incluso se da la paradoja que, cuando los condenados lo solicitan, la justicia no se hace ningún problema en decretar su internación en un recinto penal normal. Esta paradoja es, al mismo tiempo, una constatación palpable de que el hotel de Punta Peuco puede cerrarse. Ha llegado la hora de que los mandarines de la clase política dejen de hacerse los desentendidos y los jueces derechistas dejen de hacerse los buenitos con los criminales de jineta y charretera.

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