Se votará el sábado 19 en la Comisión de Medio Ambiente y Desarrollo Económico, una norma del convencional INC Mauricio Daza que esperamos sea rechazada. Su artículo único, por una parte rechaza que el Estado sea demandado por inversores en tribunales internacionales y por otra instala como "excepción" los tratados que incorporen jueces permanentes. Este es el sistema que la Unión Europea incorporó en el texto renegociado por Piñera de modernización del Tratado con Chile. Si bien estos jueces no serán elegidos por las corporaciones sino por los Estados, no hay garantía alguna sobre los resultados de este sistema. Anna Cavazzini, eurodiputada, de la comisión exterior de la Euro Cámara, en carta a los convencionales chilenos, argumentó que a estos jueces permanentes se les deberá pagar por hora su honorario y a ellos les convendrá tener muchos juicios con transnacionales. La diputada critica abiertamente ese nuevo sistema como una de las falencias del texto alcanzado en la negociación del TLC Chile-Unión Europea en el cual también ve otros puntos críticos en materia ambiental.
Lucía Sepúlveda Ruiz / Red de Acción en Plaguicidas Chile
En la propuesta de Daza, lo único que cambia respecto del cuestionado Sistema Internacional de Controversias incluido en el TPP11, es que los árbitros serían jueces permanentes, y en un transitorio agrega que los TLCs que tengan el sistema ISDS deberán cambiar al sistema de los permanentes, o tribunales multilaterales, esto último una iniciativa europea aun en discusión, no integrada a ningún tratado. No hay ningún cambio respecto de los otros aspectos centrales del sistema, como la definición de inversión y las causales de demandas, es decir las garantías que se dan a los inversores para demandar a los Estados en forma unilateral (porque el Estado no podrá demandarlos a ellos por daños o incumplimientos), por políticas públicas en temas ambientales o de derechos laborales, entre otros, adoptadas por el Estado.
Chile Mejor sin TLC no plantea prohibir todos los TLCs futuros. Hay un amplio espacio de negociación frente a nuevos tratados, debido al cambio climático y la crisis ecológica global, y a la guerra en Ukrania, entre otros puntos. Solo planteamos una condición a los inversores: que los conflictos con el Estado se diriman en los tribunales nacionales. La propuesta de amarrar la nueva constitución a un sistema que es un maquillaje del anterior, es peor que no tener nada sobre los TLCS en la nueva constitución, en cuyo caso seguiremos luchando igual por cambiar la forma y fondo de los tratados. En cambio, la norma de Mauricio Daza da categoría constitucional a un sistema de arbitraje (el de la UE) que vulnera la soberanía y mantiene las causales de demandas que operan en función de «enfriamiento regulatorio», es decir la influencia de inversores para desalentar o bajar determinadas políticas públicas. Un Estado, amenazado de ser demandado y acusado de expropiación por desprivatizar el agua o por recuperar tierras para los pueblos indígenas, vacilará, porque las demandas son millonarias. Para todas las luchas que se presenten, estará siempre esta suerte de «candado» de que si el Estado accede, queda a merced del juicio que le hará el inversor. Nada de eso cambia con el sistema de arbitraje que plantea la UE y que sin mencionarlo expresamente, está en la norma de Independientes por una Nueva Constitución, ex INN. Esta articulación ha votado consistentemente con la derecha en la defensa del modelo económico actual, rechazado por los pueblos que lograron instalar esta convención constitucional.
Las variaciones de la propuesta de UE en distintos países como Ecuador y otros, mantienen los mismos puntos esenciales sobre cláusulas de demanda por parte de los inversores. Sigue habiendo una justicia paralela. Y de paso, Daza parece canjear el TPP11 por el Tratado con la Unión Europea. Rechaza el primero, por tener el sistema ISDS de resolución de controversias, e incluye los tribunales permanentes del texto renegociado por el ex presidente Sebastián Piñera internacionalmente cuestionado por la sistemática violación a los DDHH registrada a lo largo de la revuelta popular.