Por Mauricio Rivas*
1) Primero entender que el proceso de Operación Renta inició el 14 de febrero del 2021, fecha en la cual se abre la fase de envío de declaraciones juradas, las cuales son confeccionadas y enviadas por profesionales del área contable y asesorías tributarias, y con dicha información se confecciona la propuesta de F22 de cada contribuyente (esta no se hace automáticamente, sino que tenemos 45 días para cargar toda su información).
2) El 2020 se promulga la ley de «Modernización Tributaria» impulsada por el gobierno de Piñera, la que implementa nuevos regímenes tributarios, para ello se dio un plazo hasta septiembre donde las empresas deberían elegir su respectivo régimen tributario.
3) Con fecha 24 de septiembre, se instruye materias sobre el nuevo régimen contenido en el artículo 14 D, para ello solo se tuvo 6 días como margen de acción para leer y comprender qué impacto y relevancia contenía dicho régimen según interpretaciones del SII.
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4) Sin ser suficiente, el SII arremete con entregar instrucciones sobre las materias del otro régimen tributario contenido en el artículo 14 A en el día 22 de diciembre (casi 3 meses luego de haber culminado el plazo para elegir régimen tributario), lo cual es un sin sentido tremendo.
5) El 1 de marzo, recién el SII emite el tan esperado Suplemento Tributario 2021 que entrega las instrucciones cada año para efectuar el proceso de Operación Renta, documento de 395 páginas, que por lo demás publicó incompleto.
6) La ley de «Modernización Tributaria» de Piñera trajo consigo una gran cantidad de cambios, que no fue capaz de implementar a tiempo, tanto en instrucciones que imparte mediante circulares, como en actualizar la página del Servicio de Impuestos Internos, que a la fecha de hoy presenta innumerables errores que está perjudicando a las Pymes especialmente, las que deberán pagar intereses y multas debido a los inconvenientes propios del SII.
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7) Por último, en el contexto de la emergencia sanitaria que atraviesa el país, se han implementado diversas políticas públicas (nefastas dicho sea de paso) de ayuda social: subsidio al empleo, bonos, préstamos blandos, suspensiones laborales, entre otras; labores que han recaído en profesionales de nuestra área y han generado un incremento en la carga laboral, y como si fuese poco el gobierno declara como no esenciales a profesionales de área contable y asesorías tributarias, justo en el período más álgido para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, que dicho sea de paso, es lo que permite la recaudación fiscal. Esto puso en una situación compleja el poder cumplir con los plazos y formas que establece la ley para realizar en forma óptima la operación renta.
*Contador auditor
Fotografía principal: rioenlinea.cl