Desechando el fallo de la Corte de Apelaciones penquista que había revocado la libertad condicional de Carlos Peyrin, primer condenado de la Revuelta en Concepción, finalmente la Corte Suprema ratificó su beneficio, mandatando el término de su condena fuera de la cárcel.
Por Juan Contreras Jara
Este lunes, la Corte Suprema finalmente revocó la decisión de la Corte de Apelaciones penquista, que basándose en el informe de la Comisión de Libertad Condicional de Gendarmería, había quitado el beneficio de libertad condicional a Carlos Peyrin, situación que pudo haberle significado retornar a la cárcel a cumplir lo que le queda de pena, como primer condenado del Estallido Social en Concepción.
Cabe recordar que el Juzgado de Garantía de Concepción otorgó la libertad vigilada a Peyrin el 15 de febrero pasado, contraviniendo lo estimado en primera instancia por la Corte de Apelaciones que había revocado su beneficio carcelario. Ahora fue el turno del máximo tribunal del país, el que también rechazó dicha revocación de beneficios y confirmó que el término de su condena se cumplirá fuera de El Manzano.
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Esteban Arévalo, abogado defensor de Carlos Peyrin, se mostró conforme con la decisión de la Suprema, declarando que el fallo, «recoge todos nuestros argumentos, que fueron en su momento presentados en la Corte de Apelaciones de Concepción y que lamentablemente este tribunal no acogió, pero esto se revirtió en la Corte Suprema. Los antecedentes que presentamos eran contundentes y dejaban de manifiesto que la revocación de libertad condicional de Crlos Peyrin era absolutamente desproporcionada y no tenía como finalidad la reinserción, que precisamente es lo que busca la libertad condicional».
En el fallo de la Corte Suprema se especifica que, «su defensa incorporó un documento que da cuenta que efectivamente se encuentra trabajando, desempeñando una jornada laboral que le impide asistir o conectarse a los talleres que contempla el Plan de Intervención Individual, circunstancia que evidencia un incumplimiento parcial del mismo por razones estrictamente laborales, sin que -por otro lado- el sentenciado haya sido objeto de una nueva formalización, contexto en que la decisión revocatoria aparece desproporcionada».
De esta manera, el primer condenado del Estallido Social en Concepción, «tiene la seguridad de que no tendrá que volver a cumplir la pena efectiva. Su libertad está asegurada», destacó su defensor.