Procesan a dos ex carabineros por torturas en Retén de Lota en 1989

La ministra en visita extraordinaria para causas de Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Concepción, doña Yolanda Méndez Mardones, sometió a proceso a dos ex funcionarios de Carabineros por el delito de aplicación de tormentos a persona detenida en octubre de 1989 en un Retén de Carabineros de la ciudad de Lota.

Darío Núñez

En la resolución (causa rol 13-2018), la ministra Méndez Mardones dictó auto de procesamiento contra Roberto Arsenio Ulloa Bahamondes en calidad de autor del delito y contra Segundo Erasmo Segovia Ojeda en calidad cómplice de la aplicación de tormentos ejercidos sobre el trabajador Miguel Ángel Millar Muñoz, en carácter de delito de lesa humanidad.

Para el tribunal: "(...) los hechos referidos en el considerando precedente son constitutivos del delito de aplicación de tormentos y apremios ilegítimos, ilícito previsto y sancionado en el artículo 150 N° 1 del Código Penal, en su texto vigente a la época de los hechos investigados, en grado de consumado, cometido en detrimento de la persona de don Miguel Ángel Millar Muñoz".

Y agrega: "Que los ilícitos antes reseñados son, además, delitos de lesa humanidad, desde que los hechos punibles fueron perpetrados en un contexto de violaciones graves, masivas y sistemáticas a los derechos humanos de las personas detenidas, verificadas por agentes del Estado, que tenían a su disposición todos los medios materiales y económicos para llevar a cabo una política estatal de exclusión, hostigamiento, persecución y/o exterminio de ciudadanos que en fecha inmediata y posterior al 11 de septiembre de 1973 fueron sindicados de pertenecer o simpatizar con el régimen político depuesto por el gobierno militar que asumió el control del país desde la fecha indicada".

En el hecho de esta causa, el trabajador Miguel Millar Muñoz fue detenido junto a su hermano Juan Belarmino el día domingo 8 de octubre de 1989. La detención se produjo en las afueras del Retén de Carabineros Carlos Cousiño, dependiente de la Cuarta Comisaría de Lota, lugar al que los hermanos Millar Muñoz habían concurrido a averiguar la situación de su amigo Marco Antonio Soto Vega que había sido detenido horas antes a raíz de una pendencia ocurrida luego de un partido de fútbol en la cancha de la Población El Morro, de Lota.

La detención y permanencia de Soto Vega en dependencias del Retén fue negada por los carabineros presentes en la unidad, cuestión que motivó la airada protesta de los hermanos Millar Muñoz quienes son detenidos por el delito de "ofensas públicas a Carabineros", según consignaron éstos en el parte policial respectivo. Al momento, fueron aprehendidos por los Carabineros José Ortiz Ortiz (actualmente fallecido) y Segundo Segovia Ojeda que se encontraban de servicio ese día; Miguel Ángel Millar Muñoz opuso resistencia al arresto y continuó con los insultos a los carabineros.

Los hermanos Millar Muñoz son conducidos mediante golpes al interior del Retén y llevados al calabozo. Es en este lugar, que Miguel Ángel Millar Muñoz recibe brutales golpizas por parte de funcionarios de Carabineros y de otras personas que la víctima y su hermano identifican como 'azules' correspondiendo presumiblemente a guardias de seguridad de la Empresa Enacar, cuyas instalaciones estaban ubicadas al lado del Retén, denominados de esa forma debido al color de sus vestimentas.

Como resultado de las golpizas recibidas durante la tarde del día 8 y la madrugada del día 9 de octubre de ese 1989, Miguel Ángel Millar Muñoz quedó en deplorable estado físico, con evidencias en su rostro y en su cuerpo, tales como sangramiento profuso de la nariz y oídos, machucones en diversas partes del cuerpo, ocasionadas por los golpes recibidos, además de quedar con sus ropas ensangrentadas.

Al día siguiente, en horas de la mañana, Miguel Ángel Millar Muñoz es trasladado junto a su hermano Juan Belarmino, por el entonces Jefe de Retén, Sargento 1ro Roberto Ulloa Bahamondes, y los Carabineros Rodolfo Rozas Silva y Luis Villarroel Fierro, hasta la Fiscalía Militar de Concepción. Tras tomarles declaración, el Fiscal Militar de la época, dispone la libertad por falta de mérito de Juan Belarmino Millar Muñoz, ese mismo día 9 de octubre. Mientras que Miguel Ángel Millar Muñoz es ingresado a la cárcel de Coronel, donde estuvo recluido hasta el 13 de noviembre de 1989, fecha en que obtuvo su libertad bajo fianza con la obligación de presentarse cada viernes a firmar el libro de reos excarcelados. Finalmente, resultó absuelto del supuesto delito de "ofensas públicas a Carabineros en servicio", por sentencia de 28 de junio de 1991 dictada por el ex Quinto Juzgado del Crimen de Concepción.

 

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