Como autor de los delitos de secuestro calificado de Zenón Sáez Fuentes y Hernán Quilagaiza Oxa fue procesado el oficial en retiro de Carabineros, Sergio Arévalo Cid, dictándose su orden de arresto a la Brigada de Homicidios de Concepción de la PDI. La resolución fue emitida por el ministro para causas de derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Concepción, Carlos Aldana.
Los hecho se remontan a los primeros días de octubre de 1973, en la comuna de Coronel. El 3 de octubre, alrededor de las 11:45 horas, patrullas de militares y carabineros llegaron hasta el Hospital de Coronel donde detuvieron a alrededor de 25 funcionarios del centro asistencial, entre ellos a Zenón Sáez Fuentes, militante socialista, conductor de la ambulancia. Fueron llevados a la Séptima Comisaría de Carabineros de Coronel. Cerca de las 21 horas, el grupo fue sacado del recinto y conducido hasta el retén Lo Rojas, donde Sáez fue interrogado bajo apremios ilegítimos, permaneciendo allí 2 a 3 días.
Posteriormente fue sacado de allí y llevado a la Casa de la Cultura de Enacar, donde también estaba detenido Hernán Quilagaiza, quien había sido aprehendido el 6 de octubre, a las 9:00 horas, en las oficinas de la Maestranza de Schwager, por carabineros.
Ese mismo día, 6 de octubre, Sáez y Quilagaiza fueron retirados del lugar por una patrulla de Carabineros al mando del teniente coronel, Mario Cáceres Riquelme. Se dirigieron con destino a Concepción hasta la Cuarta Comisaría de Carabineros, hoy Primera, donde fueron interrogados por el teniente coronel Cáceres y derivados al Servicio de Inteligencia, donde nuevamente fueron sometidos a interrogatorios.
Fue en dicha unidad donde se tuvo noticias ciertas y comprobables de ambos detenidos. Establecido quedó en el proceso que para evadir su responsabilidad, el teniente coronel Cáceres informó falsamente a la prensa que Sáez y Quilagaiza habían quedado en libertad.
En ese tiempo, el capitán Sergio Arévalo Cid era el Jefe del Sicar y aún cuando en el proceso ha negado su participación en los hechos, el ministro Aldana estima que sí existen presunciones fundadas "para estimar que a éste le ha correspondido participación como autor en los delitos de secuestro calificado de Hernán Quilagaiza y Zenón Sáez, en calidad de autor, por cuanto las víctimas estuvieron a cargo de la Unidad de Inteligencia de Carabineros que él comandaba, organismo jerarquizado y respecto del cual tenía la responsabilidad de labor y funcionamiento".
Esto de desprende de los distintos antecedentes recogidos en la causa, por ejemplo, de lo expresado por el teniente coronel Cáceres en la copia autorizada del Informe Confidencial N° 130, donde se indica que se "constituyó en la Casa de Huéspedes de Schwager debido a informaciones proporcionadas por los Servicios de Inteligencia, en busca de armamentos ocultos bajo tierra, deteniendo a tres individuos sindicados como los presuntos autores: Frank Mardones, un chofer de ambulancias (Sáez) y el radio operador de la Compañía de apellido Quilagaiza".
Asimismo, hay antecedentes que indican que la Sección de Inteligencia de creó el 14 de febrero de 1974, subordinada a la Plana Mayor de la IV Zona de Carabineros, comandada por un Capitán como Jefe de Sección , la que desempeñó el procesado Arévalo Cid desde el 19 de septiembre de 1973.
A ello se suman los dichos del entonces prefecto de Concepción, Benjamín Bustos Lagos y del subprefecto de los Servicios, Fernando Torres Gacitúa, en cuanto a que en los días posteriores al 11 de septiembre de 1973 "todos los detenidos políticos se encontraban a cargo del Sicar, cuyo jefe era el capitán Arévalo Cid, el cual trabajaba con el Comandante Cáceres, que era el tercer hombre de mando en la Prefectura y enteramente operativo".
Junto con emitir orden de aprehensión para el procesado, bajo apercibimiento de declararlo rebelde si no es habido o no comparece en el plazo de 30 días, el ministro Aldana dispuso también que se le practique al procesado un examen mental.