[resumen.cl] En febrero pasado el Juzgado de Letras y Garantía de Lota había desestimado la demanda de la profesora del Liceo a-45 de Lota, Olimpia Cifuentes, contra la Municipalidad de Lota encabezada por Patricio Marchant por la vulneración de derechos fundamentales de la trabajadora. La semana pasada, el Tribunal Laboral de Tribunales de Concepción en un juicio por la denominada "tutela laboral" anuló la decisión del tribunal lotino y resolvió a favor de la profesora condenando a la Municipalidad por haber vulnerado sus derechos fundamentales.
Según se acreditó en diversos testimonios, el Alcalde Patricio Marchant habría señalado a la docente que "(…) sería partidaria del comunismo y de instar a alumnos a participar en marchas y tomas(…)" indica el documento de la Corte y agrega sobre el hijo de la docente que estudia en el mismo liceo "la afectación emocional que le causó escuchar al Alcalde hablar mal de su madre ya que ella tendría un "supuesto" interés en que el preuniversitario del Liceo tuviese malos resultados para así beneficiar el de su cónyuge" . Debido a esta situación el joven debió acudir a atención psicológica lo que fue debidamente acreditado con testimonios y diagnósticos de profesionales de la salud.
La familia de la profesora no dejó sin denunciar estos hechos en la Superintendencia de Educación, entidad que recibió la denuncia de que "el Alcalde de la comuna de Lota en presencia de todo el alumnado los denostó a él y su cónyuge"
La superintendencia acogió la denuncia hecha por el cónyuge de la docente y acreditó su veracidad el 4 de junio del 2014 "constatándose durante la investigación la veracidad de los hechos denunciados que dicen relación con malos tratos verbales que habría proferido el Alcalde de Lota en contra de la docente Olimpia Cifuentes Mendoza y madre del alumno afectado e instruyéndose al efecto proceso administrativo por el DEM comunal"
Como coletazo de los hechos constatados, en otro oficio de fecha 13 de noviembre de 2014 la superintendencia agrega a estos antecedentes "que el establecimiento educacional vulnera derechos y/o no cumple con deberes para con los miembros de la comunidad educativa, ello en base a que respecto del alumno [] quien se vio afectado por los comentarios que habría emitido el Alcalde sobre su madre". La falta se agravó aún más pues "el DAEM no presentó evidencia de haber pedido disculpas privadas o públicas al afectado ni tampoco de haber apoyado al alumno de forma alguna pese a las sugerencias de la Superintendencia de Educación"
Pese a la existencia de esta documentación el Juzgado de Letras y Garantía de Lota había desestimado la demanda de Olimpia Cifuentes. Sin embargo, la docente siguió adelante con su defensa y logró que su demanda fuera acogida por el Tribunal laboral de Concepción a través de un recurso de nulidad.
En conversación con Resumen, la profesora señaló "en primer lugar, que se hizo justicia frente a hechos irregulares y que afectaron mi dignidad como persona". La docente dio una dura lucha contra los obstáculos de la justicia. La Municipalidad intento acogerse a la inadmisbilidad del recurso de nulidad basándose en la sentencia pronunciada en primera instancia por el tribunal lotino. La corte de Concepción señaló sobre el fallo del tribunal de Lota "que la decisión atenta y transgrede de forma manifiesta las»Reglas de la Sana Crítica» (…)" Además "da por sentados ciertos hechos sin indicar razonamientos o motivos algunos para darlos por establecidos, y sin que existan consignadas en la sentencia razones jurídicas y/o simplemente lógicas, científicas, técnicas o de experiencia, en cuya virtud pueda entenderse por qué la magistrado a quo asigna valor o desestima las probanzas que latamente se resumen en el motivo cuarto y quinto de la sentencia impugnada."
El tribunal penquista agrega sobre la decisión de la magistrado del Juzgado lotino "no haber dado la jueza de primer grado razón suficiente de su decisión al prescindir de antecedentes y pruebas de suyo relevantes para el caso en cuestión".
La docente señaló a este medio, respecto del tribunal lotino que "queda una sensación de falta de profesionalismo" y añade "no aconsejaría a nadie que acudiera" debido al proceder poco estricto manifestado en la sentencia negativa hacia la demanda presentada. El fallo de la corte penquista significo un revés y una rectificación al poco exhaustivo fallo del juzgado de Lota que no tomó el peso a las pruebas presentes en el caso.
Por todos estos antecedentes, la Corte penquista emitió su sentencia señalando, tras haber anulado la sentencia del Tribunal de Lota " I.- Que la denunciada I. Municipalidad de Lota, representada por su alcalde don Patricio Marchant Ulloa, ha incurrido en un actuar vulneratorio de derechos fundamentales de la trabajadora doña Olimpia del Carmen Cifuentes Mendoza, afectándola en su integridad psíquica y honor.
II.- Que se ordena al empleador abstenerse de incurrir en cualquier acto de hostigamiento y discriminación que afecte a la demandante en sus garantías fundamentales.
III.- Que la demandada deberá pagar a la actora a título de daño moral o extra patrimonial, la suma de dos millones de pesos ($2.000.000.-), suma deberán será pagadas con los reajustes e intereses, calculados en la forma que contempla el artículo 173 del Código Laboral.
IV.- Que se rechaza en todo lo demás la demanda.
V.- Que se exime a la demandada del pago de las costas por no haber sido totalmente vencida."
La profesora indicó a Resumen que seguirán adelante con las denuncias hacia el Alcalde. Cabe señalar que además de la demanda por tutela laboral, la docente reclama haber sido perjudicada por el señor Marchant pues Olimpia Cifuentes tiene un contrato indefinido y es beneficiaria de la Ley 19.933, lo que significa la titularidad de 44 horas. No obstante aquello, el 26 de diciembre del 2013, y tras 10 años de trabajar bajo este régimen, el director del establecimiento le informó que sus horas serían 30 sin indicar razón alguna.
La maestra sería reconocida por Marchant pues fue representante de los profesores en la famosa movilización pingüina del año 2006, el periodo anterior de Marchant, que comenzó justamente en Lota, en el bautizado Liceo Acuático por sus serias deficiencias de infraestructura.
El famoso video del Alcalde Marchant insultando a los estudiantes del 4 ºTP del Liceo A-45 de Lota, fue parte de una jornada de prepotencia del edil. En esa misma reunión del alcalde con los estudiantes, Marchant consultó por quién era la profesora jefe del curso. Tras saber que la respuesta era Olimpia Cifuentes, la trato de comunista y cabecilla del movimiento en el Liceo, sin tomar en cuenta, al parecer, los 21 años de docencia en el establecimiento de la profesora.
Foto: La Segunda