[resumen.cl] Durante la última semana se dio a conocer un fallo que permite que profesores de Chiguayante reciban los $256 millones que el municipio les adeuda por el no pago de los recursos que le asigna la ley de «mejoramiento especial a profesionales de la educación» (19.933). Una situación que se ha replicado en distintas comunas de la región y que mantiene en alerta a varias municipalidades a nivel nacional.
Desde hace varios años que el Colegio de Profesores viene interponiendo demandas y juicios de cuentas por la cancelación de dicho ítem, tal cual ha sucedido en Talcahuano, Lota, Bulnes y Laja.
Es así como alrededor de cien profesores que mantienen una relación contractual con la Municipalidad de Chiguayante demandaron al contratante ya que en sus colillas de pago no aparece cancelación de la Ley 19.933. Situación que el alcalde José Antonio Rivas pretende revertir recurriendo a la Corte de Apelaciones, aduciendo que efectivamente se realizaron los pagos.
La ley 19.933 aporta el 75% de la subvención adicional especial a la remuneración de los docentes de establecimientos municipales y subvencionados, el otro 25% lo otorga la Ley 19.410 [Sobre Subvenciones a Establecimientos Educacionales]. «Los DAEM argumentan que la cancelan y lo que sostiene la Contraloría y lo que sostenemos nosotros es que debe estar correctamente estipulada en la colilla de los docentes», explica Guido Orellana, primer vicepresidente regional del Colegio de Profesores del Biobío.
«Estos dineros solo pueden ser utilizados para remuneraciones», establece el artículo 9 de la ley; «No para reparaciones, ni compra de materiales sino que exclusivamente para el pago de los salarios laborales», agrega Guido y argumenta que «igual las municipalidades hacen retención de estos emolumentos y entregaban a final de año un bono extraordinario de excedentes (BEE)», que es como se les conoce dentro de varias de las administraciones que hacen uso de dichos patrimonios.
«A lo que han apelado los departamentos jurídicos de las municipalidades es a la prescripción de esta deuda y, en el caso de no lograrlo, a que se cancelen no más de dos años de ésta pues la ley establece que se puede pagar estando en vínculo laboral como mínimo de dos años. A lo que los jueces han determinado la no prescripción y ordenando el pago de la totalidad de esta deuda, lo cual se arrastraría desde el 2004 en adelante, que es el año en que aparece la Ley», comenta el representante del magisterio regional.
Es por esto que «Pretendemos instalar esta demanda a nivel nacional, cosa que abordemos como un eje de recuperación del patrimonio salarial de todos los profesores y profesoras de Chile», adelanta Guido Orellana.
En contraparte la Asociación Regional de Municipalidades, se reunieron junto a sus jefes de DAEM durante semanas anteriores para desarrollar una serie de gestiones a nivel país que enfrenten las nuevas demandas que pudieran haber por parte del Magisterio.