Por Christian Arancibia
La discusión sobre las pensiones se amplió al interior de la industria al momento de debatir sobre las eventuales complejidades de una posible huelga de las y los trabajadores organizados, esto debido al debate respecto a las consecuencias y la definición de los llamados servicios mínimos.
Como ha sido la tónica desde la implementación de la nueva normativa laboral, el debate de los servicios mínimos ha estado cuestionado no solo desde sus orígenes (los propios sindicatos deben proveer a la empresa sus rompehuelgas) sino que en el último tiempo, una gran cantidad de debates han llegado a la DT, la cual ha resuelto el asunto ante eventuales conflictos más agudos entre trabajadores y trabajadoras y las empresas.
En este caso, las AFP tienen más de 11 mil trabajadores, los cuales está organizados en diversos espacios sindicales, que, ante una eventual huelga en el sector financiero, pueden remecer los procesos de producción, como bien lo saben los empresarios.
Tanta es la importancia de este tema, que la AFP Capital, la misma de los festejos en México, de la compañía SURA, solicitó un pronunciamiento a la DT para fijar claridades respecto a los criterios relacionados a los servicios mínimos, para tratar de incidir en la decisión del órgano estatal. La AFP entregó toda la información pertinente y la Dirección del Trabajo solicitó un informe técnico a la Superintendencia de Pensiones.
El regulador respondió durante el mes de julio y el Diario Financiero publicó algunas partes del mismo en su portal, señalando diversos elementos que deben ser puestos totalmente en cuestionamiento, demostrando nuevamente cómo la institucionalidad blinda no solo el negocio de las pensiones, sino que también se pone del lado de los grandes empresarios a la hora de mediar entre los conflictos entre los productores de las riquezas, que son las y los trabajadores, y, aquellos que se quedan con las riquezas, los grandes capitales especulativos y trasnacionales en este caso.
Dentro de lo que señala el informe técnico de la Superintendencia de Pensiones, es que, aunque son varias las gestoras, el simple hecho que paralice una puede afectar al resto, por los traspasos de afiliados. También señala que podría generar pérdidas o errores en las diferentes inversiones, generando un perjuicio a los clientes. También podría afectar la entrega de diversos beneficios como son las propias pensiones vejez, de sobrevivencia, como la de invalidez.
Esto demuestra varios elementos que deben analizarse, por una parte, el enorme poder de paralización que tienen las y los trabajadores organizados. Por otro lado, el permanente apoyo transversal a los grandes empresarios en lo relativo a tratar de minimizar lo más posible los efectos de una posible paralización. Por otro lado, usan como argumento, en este caso en particular, los intereses de los afiliados sin importantes realmente sus verdaderas pensiones, sino que lo relativo a los argumentos que harían que la Dirección del trabajo pueda resolver de manera favorable a los intereses de las corporaciones especulativas. Y por último, ninguno de estos argumentos cumple con los objetivos reales de los Servicios Mínimos establecidos en la normativa laboral, sino que solo buscaría realmente entorpecer el ejercicio legítimo del derecho a Huelga.
Estará por verse cómo se resuelve el debate de los servicios mínimos al interior de las empresas de pensiones (AFP) que no solo están cuestionadas por su modelo de negocio, sino que ahora, por su posición, debido a que tratarán de mantener sus altas tasas de ganancia a costa de sus propios trabajadores y trabajadoras.