[resumen.cl] El Tribunal Ambiental de Valdivia desestimó las dos reclamaciones que habían sido presentadas por la empresa Lago Yelcho Spa en contra de las resoluciones que el servicio de evaluación ambiental de la región de los ríos había emitido para sus proyectos. Son 9 proyectos salmoneros que fueron rechazados por el Servicio de Evaluación Ambiental en diciembre de 2016, de muy similares características entre si, y que pretendían instalarse frente a las costas de la provincia de Valdivia, desde Punta Huezhui hasta Punta Loncoyén, todos en pleno mar abierto.
En la sentencia el Tribunal había concluido que los argumentos del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) se encontraban ajustados a la normativa vigente ya que «con la debilidad de la evidencia aportada por Lago Yelcho SpA durante la tramitación de los Proyectos no era posible determinar cuál era el área de influencia en relación con el escenario de mayor dispersión de biosólidos"
El fallo sostiene que «no es posible convencerse aplicando el estándar probatorio de preponderancia de la prueba, que las condiciones de seguridad de los módulos de cultivo y fondeo estuvieron diseñados de acuerdo a las condiciones o características geográficas y oceanográficas del sitio donde se pretendía instalar el Proyecto".
El tribunal destacó que la información entregada por la empresa se encontraba basada principalmente en datos de canales y fiordos de la región de Los Lagos y Aysén, donde se ha desarrollado principalmente este tipo de industria. Debido a las características de mar abierto de la costa valdiviana, las autoridades de distintas instituciones ambientales detallaron las fallas del proyecto, lo que también podría contribuir a una eventual mejora de estos, en caso que la empresa quiera reformularlos. Sin embargo, durante el proceso de evaluación ambiental, la institucionalidad solicitó mediciones específicas de los sitios, y aún así la empresa presentó mediciones de otros lugares.
Expansión marítima de la salmonicuitura industrial hacia la costa del Biobío y Valdivia
Cabe mencionar que la misma empresa Cultivos Marinos Lago Yelcho tramita concesiones de acuicultura en distintas zonas en torno a la costa de la región del Biobío, principalmente en la provincia de Arauco. Muchas de estas zonas marítimas se encuentran en el mar abierto algunas de ellas justamente frente a pequeños ríos y esteros por lo que una eventual degradación ambiental de la zona preocupa a la población local.
También puedes ver: [MAPA] Empresas salmoneras tramitan concesiones en toda la costa de la región del Bio-Bio
En la provincia de Valdivia pretenden instalarse 9 proyectos de similares características entre si, con una inversión cercana a 2,3 millones de dólares cada uno y una producción cercana a 4.500 toneladas por ciclo productivo.
En noviembre de 2015, la empresa Lago Yelcho SpA había ingresado al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA) de los proyectos, las que no constituyen un estudio propiamente tal, sino una estimación de los impactos ambientales realizada por la propia empresa o consultoras ambientales que elaboran informes para la empresa titular.
El 19 de diciembre de 2016, el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) emitió los Informes Consolidados de Evaluación (ICE) en los que recomendó rechazar las DIA de los Proyectos. A través de las RCA del 27 de diciembre de 2016, la Comisión Evaluadora (COEVA) de la Región de Los Ríos calificó desfavorablemente las DIA de los proyectos salmoneros: «Centro de Engorda de Salmonídeos Norte de Punta Chan-chan»; «Centro de Engorda de Salmonídeos Oeste de Punta Cárcamo»; «Centro de Engorda de Salmonídeos Suroeste de Punta Piedra Blanco»; «Centro de Engorda de Salmonídeos Suroeste de Punta Chanchan»; «Centro de Engorda de Salmonídeos Suroeste de Punta Huezhui»; «Centro de Engorda de Salmonídeos Noroeste de Punta Loncoyen»; «Centro de Engorda de Salmonídeos Norte de Punta Huezhui».
En febrero de 2017, la empresa Lago Yelcho SpA había interpuesto recursos de reclamación ante el SEA, los que fueron rechazados. En agosto de 2017, la empresa interpuso otro recurso de reclamación y en octubre, Lago Yelcho presentó un informe que donde aseguraba que el efecto paisajístico generado por los proyectos no sería significativo.
También puedes ver: Acuicultura a gran escala en la costa del Bio-Bio. ¿Promesa de empleos?
En la reclamación realizada al tribunal luego de su mala calificación en el proceso de evaluación ambiental, la empresa Lago Yelcho SpA solicitó que el Tribunal Ambiental ordenara al SEA volver a dictar la Resoluciones Reclamadas «esta vez por un reemplazante no inhabilitado del Director Ejecutivo del SEA, o que se califique favorablemente sus siete Proyectos de Centro de Engorda de Salmonídeos» señala la sentencia.
Precisamente en el primer Informe Consolidado de Aclaración, Rectificación y Ampliación ICSARA N° 1 se habría determinado que se debía descartar importantes datos incluidos en las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIAs) y realizar un nuevo estudio de corrientes marinas por 30 días. Esta solicitud se había basado en un informe elaborado por el Instituto de Fomento Pesquero (IFOP) respecto de la modelación DEPOMOD, que recomienda contar con el máximo de detalle respecto de las condiciones ambientales, para lo que sería suficiente contar con al menos 30 días de datos oceanográficos.
Esto debido a que las características del sector de emplazamiento de los proyectos de cultivo industrial son sumamente distintas a donde hasta ahora ha operado esta industria, tales como bahías, fiordos o canales. Por ello, la institución solicitaba conocer las condiciones basales en el área de emplazamiento del proyecto para las componentes de viento, altura de ola y corriente, para lo cual exigió estudios de viento de la zona de emplazamiento del proyecto, así como estudio de olas y valor de corrientes. Junto a esto indicó que en cada ICSARA complementario solicitó a la empresa Lago Yelcho que presentara nuevamente un proyecto de ingeniería que permitiese acreditar el cumplimiento la normativa.
El fallo precisa que SUBPESCA había señalado que junto a la información insuficiente que no permitiría asegurar seguridad frente a condiciones adversas, «los datos de olas y vientos fue obtenida de la web Windfinder, que es un servicio de información meteorológica gratuita para quienes practican actividades recreativas relacionadas con el viento, por lo que no es información confiable para determinar el montaje de un centro de cultivo»
SUBPESCA determinó que la empresa «contempló una errada metodología de análisis de las fuerzas ambientales involucradas, a saber viento, olas y corrientes, porque Lago Yelcho SpA no abordó de manera adecuada los estudios pertinentes ni midió los datos oceanográficos in situ; sino que
fueron extraídos de una tabla subjetiva como lo es la Escala de Beaufort para el caso de vientos y olas, mientras que para el caso de corrientes no se supo la procedencia y calidad de los datos»
De esta forma se concluyó que la empresa Lago Yelcho SpA no «entregó información oceanográfica suficiente para una modelación precisa de la dispersión, lo cual era de suma relevancia considerando que los Proyectos se emplazarían en un área de alta diversidad marina, representada principalmente por otáridos y mustélidos y que, además, de forma temporal se habría observado el desplazamiento de cetáceos, por lo que no sería posible descartar la generación de alguno de los efectos»
Por su parte, la empresa Lago Yelcho SpA indicó en las Adendas complementarias de los proyectos, que «el estudio solicitado por la Administración también debía realizarse y presentarse para la evaluación del otorgamiento por parte de la Subsecretaria para las Fuerzas Armadas de la concesión de acuicultura, aquello no obsta al cumplimiento -durante el procedimiento de evaluación ambiental- de la normativa ambiental aplicable»
El Tribunal concluyó que: «con la debilidad de la evidencia aportada por Lago Yelcho SpA durante la tramitación de los Proyectos no era posible determinar cuál era el área de influencia en relación con el escenario de mayor dispersión de biosólidos. Por tanto, tampoco era posible, en un
balance de probabilidades, descartar que no se fuesen a producir los efectos, características y circunstancias».
Fotografía principal: radiouchile.cl