Tribunal confirma que tienda vulneró derechos de trabajadoras al vigilarlas por cámaras de seguridad

[resumen.cl] La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de la ciudad que condenó a la tienda Aure Lencería por vulnerar la privacidad y derecho a la honra de sus trabajadoras al instalar cámaras de seguridad para vigilar su labor.

El fallo respalda lo señalado por la sentencia en primera instancia que consigna que "la instalación de las últimas dos cámaras de seguridad, que se intenta justificar en el poder de dirección del empleador y con un fin supuestamente necesario y hasta valorable -de no mediar que la denunciada no acreditó la necesidad, racionalidad y proporcionalidad en la instalación de las cámaras- constituye una efectiva vulneración al derecho a la honra de las trabajadoras, desde que la instalación de los referidos instrumentos tienen como objetivo la vigilancia encubierta de sus propios trabajadores, a quienes se las trata de sujetos sospechosos de ejecutar actos reñidos con la moral o derechamente ilícitos"

El tribunal de alzada capitalino agrega que "tampoco se advierte que la instalación de las cámaras se haya hecho para resguardar la vida y salud de sus trabajadores, toda vez que con lo que dejó asentado el fallo, en los motivos octavo y noveno, la misma denunciada reconoció, al absolver posiciones, que una de las cámaras la retiró porque hubo un error, ya que estaba direccionada hacia las trabajadoras." Y fustiga que "que difícilmente puede admitirse ese noble propósito que ahora arguye la demandada, si de los dichos de la testigo Paula Duarte, resumidos en el motivo décimo séptimo, en más de una oportunidad, la demandada la trató de «ladrona», lo que sabía porque la tenía vigilada».

El fallo del tribunal laboral sentenció a la empresa a regular el uso de las cámaras de seguridad al que podrán tener acceso también las trabajadoras, le ordenó pedir disculpas a las trabajadoras a través de una carta certificada, pagar un capacitación sobre derechos fundamentales a la que deberá asistir, una multa de 10 UTM y la obligó a pagar las costas del juicio.

 

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