El trabajador fue desvinculado de la cadena de supermercados Santa Isabel -parte de Cencosud- en abril de 2019 por "necesidades de la empresa". No obstante, en diciembre de ese año, el Segundo Juzgado de Letras determinó que la razón de despido esgrimida no pudo ser acreditada y obligó a la empresa a pagar una indemnización por acoso y discriminación motivada por la orientación sexual del afectado.
Por José Figueroa Soto
Los hechos se remontan a 2018, año en que la persona identificada como D.E.A.B fue contratada de manera indefinida en el supermercado Santa Isabel para desempeñar labores de cajero. Sin embargo, como se constata en la denuncia, comienzan a generarse diversas situaciones de hostigamiento y malos tratos por parte del supervisor identificado como Alexis Barría, muchos de ellos con carácter homofóbico.
Tras diversos episodios de esta índole, el afectado decide denunciar los hechos a la Inspección del Trabajo, lo que desencadenó el bloqueo de la cuenta del afectado para ingresar a su base de datos por parte de la empresa y su posterior despido el día 29 de abril del 2019 por concepto de «necesidades» de la empresa, la cual negó cualquier hecho de discriminación amparándose en su Código de Ética y políticas de inclusión.
Posterior al despido, D.E.A.B asegura que le bloquearon la posibilidad de postular a otra sucursal de la cadena Cencosud. En conversación con Movilh planteó que "me bloquearon la contratación en cualquier sucursal de Cencosud. Fui a distintas filiales, hablé con los responsables de recursos humanos, y ocurre lo mismo. Hablé con el subgerente de asuntos legales, explicándole lo sucedido. Evaluó mi caso y me dijo que podía volver a Cencosud. Sin embargo, al pasar el tiempo, aún no me desbloquean. He postulado como 7 u 8 veces, a París, Jumbo y Santa Isabel, y nada ha cambiado".
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La situación a la que alude el afectado hace referencia a la resolución del Segundo Juzgado de Letras de Quilpué, el cual en diciembre de 2019 acogió la denuncia en contra de la cadena Cencosud, señalando en su fallo que "no puede dudarse de que efectivamente el denunciante sufrió agresiones y hostigamiento de parte de quien fuera su jefe "control caja", don Alexis Barría, pues en el mes de septiembre de 2018 lanzó al denunciante una chaqueta de su propiedad y le increpó -previa y verbalmente- por pedírsela. A su turno, durante todo el periodo de su jefatura, y con el conocimiento de varias cajeras que se desempeñaban en el mismo local en que lo hacía el denunciante, hacía bromas con relación a su tendencia sexual, y a la estética que tiene, así como a sus gustos".
El documento añade que "el criterio sospechoso está constituido en este caso por la tendencia sexual del denunciante, pues no puede desconocerse que por esa circunstancia se fue larvando, primero el acoso, y luego la decisión de terminar la vinculación laboral respectiva".
Por esta situación, la cadena Santa Isabel fue obligada a pagar una suma de $4.125.627 por los daños ocasionados.
No obstante, y pese al tiempo que ha pasado de la resolución del Tribunal, el afectado no ha podido postular nuevamente a algún trabajo dentro de la cadena Cencosud, ya que la empresa mantiene una lista de personas desvinculadas, en la cual seguiría pareciendo el despido de D.E.A.B por "necesidades de la empresa".
Cabe señalar que el año 2014 Cencosud ya había sido multada por una situación similar. En aquella ocasión los hechos ocurrieron en la multitienda París.