[resumen.cl] La Corte de Apelaciones de Concepción ha establecido condena para Pedro Jarpa Forester, un exempleado de la papelera CMPC, en calidad de cómplice de los delitos de homicidio calificado y un aumento de penas para carabineros involucrados en la llamada Matanza de Laja - San Rosendo, en la cual fueron asesinados 19 trabajadores detenidos días después del Golpe de Estado de 1973.
La condena de Pedro Jarpa Forester como cómplice de homicidio calificado en este suceso, implica el reconocimiento de sujetos civiles en actos de lesa humanidad. Particularmente, respecto a su responsabilidad, el fallo consigna:
«Que los antecedentes reunidos en el proceso permiten adquirir convicción en orden a que Jarpa Forester participó, en calidad de cómplice, en los homicidios de Fernando Grandón Galvez, Jack Gutiérrez Rodríguez, Heraldo Muñoz Muñoz, Raúl Urra Parada, Federico Riquelme Concha, Juan Villarroel Espinoza y Wilson Muñoz Rodríguez, por cuanto desde su cargo de Jefe de Seguridad de la Papelera, facilitó la detención de estos trabajadores de la misma empresa, proporcionando sus nombres, sindicándolos e identificándolos cuando ellos salían de la planta frente a Carabineros.
En efecto, el propio Pedro Jarpa reconoce la existencia de una lista con el nombre de los trabajadores que debían ser detenidos y en declaración policial de fojas 1926 señala que Fernández tenía una lista con gente para detener a los que él (Jarpa) procedió a llamar por sus nombres. A fojas 3962 señala que él identificó a Cuevas cuando venía aproximándose a la salida y entonces fue detenido…»
De acuerdo a los antecedentes recopilados por sus familias, la nómina con los nombres de cada uno de ellos, con la cual se guiaron los carabineros que les detuvieron, fue provista por la propia Papelera que aún opera en Laja y sigue siendo de propiedad de la familia Matte. Aún más, acusan que la empresa habría dispuesto el vehículo y el chofer para el traslado de los detenidos hasta el lugar en que fueron fusilados, así como que habría ofrecido el alcohol bebido por los efectivos policiales antes y después del crimen. El hallazgo temprano de los cuerpos obligó a los criminales cambiarlos de lugar, conduciéndolos hasta el cementerio de Yumbel, donde fueron encontrados en 1979.
Emilio Araneda, hijo de uno de los obreros ejecutados, indicó a Resumen que el fallo de la Corte de Apelaciones superó doblemente las sentencias establecidas por el ministro Carlos Aldana Fuentes en primera instancia, "porque se pasó de una cadena perpetua [que había sido establecida para el teniente Alberto Juan Fernández Michel] a cuatro cadenas perpetuas. También, la mayoría de los carabineros procesados y condenados en primera instancia habían recibido condenas que iban de tres años y un día a siete u ocho años y la Corte determinó su responsabilidad criminal, sentenciándoles a quince años y un día. Sólo un carabinero fue condenado a cinco años, por cuanto podría pasar este tiempo en libertad vigilada. Y lo más gravitante del conjunto de las condenas es que hayamos podido, a través de nuestro abogado, condenar a un civil de la CMPC planta Laja".
En mayo de este año, las familias habían reclamado por la excesiva demora la Corte en emitir este fallo. Particularmente Emilio Araneda, explicó que los y las hijas de tales obreros ya pasan los 50 años y que sus esposas muestran crecientes signos de deterioro producto de la avanzada edad y es este contexto el que urge por la conclusión de este proceso.
Matanza de Laja – San Rosendo