[resumen.cl] La Corte Suprema confirmó las condenas que pesaban sobre cuatro ex jerarcas de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en los secuestros y desaparición de ocho militantes comunistas entre julio y agosto de 1976 en Santiago. De este modo los ex oficiales de Ejército Pedro Octavio Espinoza Bravo, Rolf Arnold Gonzalo Wenderoth Pozo y Juan Hernán Morales Salgado, y el ex oficial de carabineros Ricardo Víctor Lawrence Mires deberán purgar 20 años de presidio.
En fallo unánime (causa rol 32.658-2018), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Haroldo Brito, Juan Manuel Muñoz Pardo, Jorge Zepeda y los abogados (i) Diego Munita y Carolina Coppo- rechazó los recursos de casación en el fondo deducidos por la defensa de los condenados en contra de la sentencia de primera instancia dictada en marzo de 2016 por el ministro en visita extraordinaria Leopoldo Llanos Sagristá, quien desestimó aplicar en la causa la figura de la media prescripción; condena de primer grado que fue, además, ratificada por la Corte de Apelaciones de Santiago en octubre de 2018.
Los condenados, ex jerarcas de la DINA, son los autores responsables del secuestro calificado de José Vicente Toloza Vásquez, Guillermo Gálvez Rivadeneira, Guillermo Albino Martínez Quijón, Hugo Ernesto Vivanco Vega, Alicia Herrera Benítez, "scar Orlando Ramos Garrido, "scar Arturo Ramos Vivanco y Nicolás Hugo Vivanco Herrera, todos ellos dirigentes y militantes del Partido Comunista que operaba en la clandestinidad en 1976.
En la sentencia de primera instancia el ministro Llanos también condenó a 20 años de cárcel el ex oficial de Ejército Carlos José Leonardo López Tapia, pero este criminal falleció en noviembre de 2018 en el penal Punta Peuco, donde permanecía cumpliendo condena por otros crímenes de lesa humanidad. Igual suerte habían corrido los también ex oficiales de ejército y jerarcas de la DINA Manuel Contreras Sepúlveda y Marcelo Moren Brito: ambos procesados y acusados en esta causa.
En su resolución la Segunda Sala de la Corte Suprema señala expresamente que:
"Por una parte, la calificación de delito de lesa humanidad dada al hecho ilícito cometido, obliga a considerar la normativa del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, que excluye la aplicación tanto de la prescripción como de la llamada media prescripción en esta clase de delitos, por entender tales institutos estrechamente vinculados en sus fundamentos y, consecuencialmente, contrarios a las regulaciones de ius cogens provenientes de esa órbita del Derecho Penal Internacional, que rechazan la impunidad y la imposición de penas no proporcionadas a la gravedad intrínseca de los delitos, fundadas en el transcurso del tiempo".
En el curso del proceso y en la sentencia quedaron establecidos los hechos de la causa
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La DINA mantuvo operativo en labores de exterminio, desde fines de 1975 y hasta al menos durante todo el año 1977, el Cuartel «Simón Bolívar», ubicado en calle Simón Bolívar Nº 8.800, comuna de La Reina. En el recinto operaba la brigada denominada «Lautaro», cuya principal función, además de labores represivas, era de protección del Director de la DINA, Manuel Contreras Sepúlveda, y de su familia.
Esta brigada era dirigida por el ex mayor del Ejército Juan Morales Salgado, quien además era el jefe del cuartel, y estaba bajo la estricta supervisión del director de la DINA.
En el año 1975 se produjo una restructuración de las Brigadas y grupos operativos que tenían como cuartel la «Villa Grimaldi».
Las agrupaciones a cargo de los ex capitanes del Ejército, Germán Barriga Muñoz y de Carabineros, Ricardo Lawrence Mires, se fusionan en una sola brigada o agrupación bajo la denominación "Delfín" e integrada por numerosos agentes pertenecientes a distintas ramas de las Fuerzas Armadas y Carabineros. El mencionado Barriga Muñoz, para eludir la acción de la justicia, se suicidó en enero de 2005.
El propósito de esta brigada fue la represión del Partido Comunista, realizando labores de seguimiento y detención de dirigentes y militantes de ese Partido durante todo el año 1976.
De este modo, durante ese período se procedió a la captura de decenas de militantes del Partido Comunista, muchos de ellos miembros de sucesivos Comités Centrales que se fueron constituyendo a medida que los anteriores iban siendo desarticulados por el organismo represor.
Los detenidos fueron llevados al cuartel «Terranova» o «Villa Grimaldi», donde se les interrogaba bajo torturas. Algunos de ellos fueron posteriormente trasladados en cautiverio hasta el cuartel «Simón Bolívar», donde la brigada «Delfín» se trasladó aproximadamente a mediados de 1976.
Este cuartel se convirtió en el principal centro de operaciones de esa brigada, y desde allí salían los grupos operativos a practicar detenciones, además del traslado de los detenidos del Partido Comunista que se encontraban en «Villa Grimaldi», y las ejecuciones y desapariciones de los prisioneros.
Para cumplir con las funciones anteriormente descritas, la llamada brigada «Delfín» contó con la colaboración de la brigada «Lautaro», dirigida por Juan Morales Salgado. En el cuartel «Simón Bolívar» los detenidos, fueron interrogados bajo tormentos, perdiéndose el rastro de ellos e ignorándose su destino final.
No obstante, existen antecedentes de que a varias de estas personas se les dio muerte, siendo sus cadáveres retirados y sepultados clandestinamente; y otros fueron arrojados al mar desde helicópteros.
El "Cuartel Simón Bolívar" fue un recinto secreto de tortura y muerte desde donde ningún prisionero de la dictadura salió con vida.
Fotografía principal: Cuartel Simón Bolívar