La Corte Suprema rechazó los recursos de casación interpuestos por las defensas de los criminales en contra de la sentencia que condenó a ex oficiales del Ejército por su responsabilidad en el delito de homicidio calificado de los jóvenes Denrio Max Álvarez Olivares, de 17 años de edad, Ernesto Domingo Mardones Román, de 19 años, y Jorge Pedro Pacheco Durán, de 20 años, quienes fueron detenidos después del golpe militar e ingresados en la entonces Cárcel Pública de Santiago, recinto penitenciario desde donde fueron retirados por efectivos militares del Regimiento Buin y ejecutados posteriormente en Colina.
Por Darío Núñez
En fallo unánime (causa rol 63.256-2020), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, la abogada (i) Carolina Coppo y el abogado (i) Gonzalo Ruz- confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago en abril de 2020, que condenó a los recurrentes Ernesto Luis Bethke Wulf a la pena de 15 años y un día de presidio y a Jorge Hugo Schudeck Toutin a 10 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos.
Otros dos ex oficiales condenados, Guido Hermes Riquelme Andaur y Hugo Enrique Gajardo Castro, fallecieron en el curso del proceso, entre el fallo de la Corte de Apelaciones y la presente resolución de la Suprema. La misma situación se produjo antes, en otras etapas del proceso, con otros implicados en los delitos.
Sobre el condenado Ernesto Bethke Wulf pesa otra condena a 15 años y un día a que fue sentenciado, junto a otros seis oficiales, por el asesinato de Víctor Jara y Litre Quiroga en septiembre de 1973.
En la investigación judicial queda acreditado que los menores Denrio Álvarez Olivares y Ernesto Mardones Román, ambos estudiantes universitarios, fueron detenidos el día 3 de diciembre de 1973 por efectivos de Investigaciones y conducidos luego a la cárcel de Santiago. En tanto, Jorge Pacheco Durán, artesano, fue detenido el día 16 de diciembre por uniformados y trasladado también a la cárcel.
Luego, el día 19 de diciembre de 1973, a las 20:30 horas, una patrulla militar del Regimiento de Infantería Motorizada N° 1 'Buin', a cargo del capitán Carlos Enrique Rudloff Molina (fallecido) y compuesta por el capitán Guido Hermes Riquelme Andaur y los tenientes Kenny Godofredo Aravena Sepúlveda (fallecido), Ernesto Luis Bethke Wulf y Hugo Jorge Schudeck Toutín, por órdenes emanadas del comandante de la unidad coronel Felipe Geiger Stahr (fallecido), proceden a retirar desde la Cárcel Pública de Santiago a los detenidos Jorge Pedro Pacheco Durán, Denrio Max Álvarez Olivares y Ernesto Domingo Mardones Román, circunstancia que queda registrada en la hoja con folio N° 284, orden N° 50, del Libro de Servicio de Guardia de ese establecimiento penal, y se les traslada a un sector despoblado denominado Las Canteras en la comuna de Colina.
Una vez en el lugar, los oficiales al mando, capitanes Rudloff y Riquelme, disponen que los detenidos, que estaban con sus manos atadas y con la vista vendada, se bajaran del vehículo y ordenan al resto de la patrulla, los tenientes Aravena, Bethke y Schudeck, que los ejecutaran, lo cual concretan mediante disparos de larga distancia, que le provocan a las víctimas heridas de bala que les causan la muerte en el mismo lugar.
Consumado el delito, la patrulla toma los cuerpos sin vida de estas personas y les traslada hasta el Servicio Médico Legal, donde finalmente los abandonan. El informe de autopsia estableció que la causa de muerte de Pacheco Durán fueron tres heridas de bala torácicas y una cráneo encefálica, con salida de proyectil, la de Denrio Max Álvarez Olivares dos heridas toraco abdominales con salida de proyectil y las de Ernesto Domingo Mardones Román, seis heridas con salida de proyectil y una sin salida de proyectil.