El ministro en visita extraordinaria para causas de Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Temuco, Álvaro Mesa Latorre, dictó un nuevo auto de procesamiento en contra del ex diputado de Renovación Nacional (RN), ex alcalde designado de la comuna de Chillán y ex oficial de Ejército, Rosauro Martínez Labbé en la causa que investiga los sucesos represivos ocurridos desde mediados hasta fines del año 1981 en la localidad de Neltume, comuna de Panguipulli, provincia de Valdivia.
Por Darío Núñez
Los hechos criminales fueron perpetrados por unidades represivas de la CNI y fuerzas comandos del Ejército que se volcaron a desarticular y aniquilar a los integrantes del Destacamento Guerrillero Toqui Lautaro, impulsado por el Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), que desarrollaba actividades de resistencia a la dictadura en las montañas de la cordillera valdiviana. En los operativos de exterminio participaron unidades del Batallón de Fuerzas Especiales, asentado en Llancahue, Valdivia, en particular de la Compañía de Comandos N°8 que comandaba el por entonces capitán del ejército Rosauro Martínez Labbé.
Además, fueron movilizadas en las operaciones de aniquilamiento unidades de la CNI encabezadas por la agrupación Rojo, proveniente de Santiago y que se especializaba en la persecución a los militantes del MIR, junto con la Unidad Antiterrorista, también proveniente de la capital. A ellos se sumaban efectivos de la CNI de las unidades regionales del sur y carabineros de diversas unidades ubicadas en las localidades cordilleranas.
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En esta última resolución el ministro procesó a Martínez Labbé en calidad de autor del delito de homicidio calificado, en carácter de lesa humanidad, de los militantes miristas Raúl Rodrigo Obregón Torres, ejecutado el día 13 de septiembre de ese año 1981, Pedro Juan Yáñez Palacios, ejecutado el día 16 de septiembre, ambos en el sector Pasas, y de Julio César Riffo Figueroa y René Eduardo Bravo Aguilera asesinados en el sector Cachín Alto el día 21 de septiembre de ese año. En el caso de estas dos últimas víctimas, es dable señalar que habían sido tomados detenidos por carabineros a fines de agosto, entregados a la CNI cuyas unidades criminales les sometieron a bestiales torturas en cuarteles secretos en la ciudad de Valdivia, luego llevados a Santiago para continuar con los flagelos en el cuartel Borgoño de la CNI y de nuevo de regreso en el sur fueron torturados en instalaciones de las Termas de Liquiñe, convertidas en centro clandestino de prisión y tortura para los objetivos de esta operación de exterminio en la zona cordillerana.
El ahora ex diputado derechista ya fue procesado anteriormente en esta misma causa como autor de los homicidios calificados de los miristas Patricio Alejandro Calfuquir Henríquez, Próspero del Carmen Guzmán Soto y José Eugenio Monsalve Sandoval, ejecutados el 20 de septiembre en el sector Remeco Alto. Este procesamiento previo fue dictado en septiembre de 2014 luego de haberse requerido por los querellantes y decretado por los tribunales de justicia el desafuero del por entonces diputado en ejercicio de la colectividad política de la derecha.
Por los referidos anteriores procesamientos el encausado Rosauro Martínez Labbé goza del beneficio de la libertad provisional bajo fianza. El ministro pone término a éste beneficio y dictamina el arresto domiciliario total para el encartado ex oficial.
En la reciente resolución, el ministro Mesa Latorre dictó auto de procesamiento contra otros tres sujetos involucrados en los señalados hechos criminales. Procesó al ex jefe operativo de la Unidad Antiterrorista (UAT) de la CNI y ex oficial de ejército Conrado Vicente García Giaier como autor del homicidio calificado, en carácter de lesa humanidad, del militante mirista Juan Ángel Ojeda Aguayo, cometido el 27 de noviembre del año 1981 en el sector Quebrada Honda en las proximidades de Puerto Fuy.
Sobre éste individuo también pesan anteriores procesamientos en esta causa. Está procesado por los homicidios calificados de Pedro Juan Yáñez Palacios, Patricio Alejandro Calfuquir Henríquez, Próspero Guzmán Soto, José Eugenio Monsalve Sandoval, Julio César Riffo Figueroa y René Eduardo Bravo Aguilera. Al igual que en el caso de Rosauro Martínez, el ministro puso término a la libertad provisional que beneficiaba al inculpado García Giaier y, en su lugar, dictaminó el arresto domiciliario total.
Además, dictó auto de procesamiento en contra del ex suboficial de ejército y ex miembro del grupo de comandos N° 8 del Llancahue, Julio Mariano Araki Tepano, como autor de homicidio calificado de las víctimas asesinadas en Remeco Alto: Patricio Calfuquir Henríquez, Próspero Guzmán Soto y José Monsalve Sandoval.
Por último, el ministro procesó al ex suboficial de carabineros Paulino Flores Rivas como autor de homicidio calificado del mirista Miguel Cabrera Fernández, perpetrado el 15 de octubre de 1981 en la localidad de Choshuenco en la misma región cordillerana.
Atendidas ciertas condiciones especiales, el ministro también decretó -por ahora- la cautelar de arresto domiciliario total para estos últimos procesados.