Experto vincula Estatuto laboral para jóvenes con subempleo estructural en empresas

Por Juan Contreras Jara / resumen.cl

El pasado jueves 12 de julio, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de Ley de Estatuto Laboral para Jóvenes, iniciativa duramente criticada debido a los derechos laborales que estarían perdiendo las personas de entre 18 y 28 años de edad, que estén trabajando y estudiando. Tras aprobarse en general y por artículos, la iniciativa pasó al Senado.

El proyecto impulsado por el Ministro del Trabajo Nicolás Monckeberg, contemplaría, por ejemplo, dejar sin efecto la obligatoriedad de respetar el fuero sindical y maternal, para las trabajadoras y estudiantes, la indemnización por años de servicio, prestaciones por término de contrato, no poder optar a contrato indefinido, entre otros.

Este proyecto de ley fue ingresado a la cámara baja en 2013, bajo la primera administración de Sebastián Piñera, posteriormente, en el gobierno a cargo de Bachelet, dicha iniciativa fue congelada. En abril de este año, el gobierno impulsó nuevamente la medida que distintos sindicatos y gremios del país han rechazado, por vulnerar los pocos derechos que tienen las y los trabajadores en Chile.

 

La profundización de la precariedad laboral

 

El principal problema de esta nueva reglamentación, tiene que ver con la profundización de la precariedad laboral en Chile. Así lo afirmó Benjamín Sáez, investigador de la Fundación Sol, quien aseveró que este proyecto significa un retroceso para la clase trabajadora, en el sentido que implica la creación de un estatuto paralelo. "este es un intento de hacer retroceder ciertas conquistas históricas que tienen que ver con el origen de la normativa laboral, como por ejemplo, tener una jornada donde haya descanso".

Sáez agrega que "si uno analiza la propuesta del estatuto laboral joven, tienden a mostrar un paradigma coherente, un intento por flexibilizar las condiciones de trabajo, asegurando ciertas formas nominales de formalidad, pero en el caso de Chile, la formalidad no es más que cotizar en una AFP o en una Isapre. Lo que hace este tipo de estatuto es permitir que se desarrollen formas flexibles bajo un paraguas de formalidad, pero se están generando situaciones contractuales que en la práctica hacen que los trabajadores tengan una inserción endeble en el mundo del trabajo, que en cualquier momento puedan ser despedidos, como en los casos de los subcontratos u honorarios".

El integrante de la Fundación Sol hizo énfasis en el rango etario en el que se establece este nuevo estatuto. "Con esta medida se tiende también a relativizar las responsabilidades que puede tener un trabajador en ese rango, que en definitiva, son los mismos que cualquier otro. Desde ese punto de vista, hay que pensar en que pasará con los derechos de maternidad o paternidad, espacio en el cual se puede precarizar fuertemente el trabajo".

Otro punto en el que el investigador hizo hincapié, fue en lo relacionado con la jornada laboral "recordemos que bajo este estatuto, si tú tienes turnos de menos de 3 horas no tienes derecho a colación ni descanso, solo cuando haces turnos de más de 4 horas. Esto está bien pensado desde el punto de vista de las necesidades y las disponibilidades de tiempo. Hay un aprovechamiento de lo que pasa en el mundo de la educación superior que desde el punto de vista del empleador puede ser muy provechoso, porque va a tener a un conjunto de trabajadores que no va a parar si se mantiene este tipo de turnos".

Estos cambios no apuntan a cualquier trabajador o trabajadora, sino que son aquellos que cumplen con jornadas de hasta 30 horas a quienes se remite, los que han sido importantes en momentos específicos del desarrollo del país. Saez explica que durante la década del 2000 el salario creció solo un 1%, en tanto el PIB creció en torno al 4,6% y que dichas cifras se relacionan con el ingreso de este empleo precarizado en gran parte de las empresas.

"Si uno toma el total de empleos que se crearon en esa década y suma los trabajadores que tienen jornadas de 30 horas, te das cuenta que, por ejemplo, de los empleos que se crearon para las mujeres, el 49% fueron en jornadas de menos de 30 horas y en el caso de los hombres, la cifra llegó al 51%. Aquí hay un interés sobre un tipo de jornada, que ha sido atractivo para las empresas que mantienen un subempleo estructural. Están creciendo los puestos de trabajo pero no de horas de trabajo, con un número cada vez mayor de personas".

El Ministro del Trabajo, Nicolás Monckeberg, aseguró que la implementación de este nuevo estatuto, paralelo al Código del Trabajo vigente, generaría alrededor de 100 mil nuevos empleos. Argumento que respaldaría la puesta en marcha de este proyecto de ley. La pregunta que cabe hacerse es ¿a qué tipo de empleos podrán optar las personas? O más bien, ¿a qué niveles de precarizaciones se someterá su trabajo?

El experto de Fundación Sol fustiga que la posibilidad de generar trabajo de calidad, con la perspectiva que entrega este proyecto, es bastante difícil y que de hecho sus consecuencias promoverán todo lo contrario. "Este proyecto va a ser una fuente importante de empeoramiento de la calidad del trabajo para las personas que entren en estas formas contractuales."

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