Fundación SOL respecto a estado actual de proyecto de 40 horas: "Puede dejar en una situación de vulnerabilidad a la clase trabajadora"

El proyecto de las 40 horas como salió del Senado presenta cuatro puntos que desde Fundación SOL califican como perjudiciales para las trabajadoras y los trabajadores, estos son: Flexibilidad laboral, horas extras no remuneradas, quiebre de jornada laboral y su gradualidad.

Por Alejandro Baeza

El pasado 21 de marzo la Sala del Senado aprobó de manera unánime el proyecto denominado como «40 horas», uno de los últimos pasos de la iniciativa ingresada en 2017 por la entonces diputada Camila Vallejo. No obstante, al haberse realizado una serie de indicaciones, debe volver a la Cámara de Diputadas y Diputados para una última votación de éstas, sesión que se estima debería realizarse en abril.

Con este tercer trámite legislativo, el Gobierno podría despacharlo antes de la meta que se pusieron para este 1 de mayo, día internacional del trabajador y trabajadora.

Una reducción de la jornada laboral es una demanda histórica del movimiento obrero. La última vez que ocurrió algo así en Chile, fue hace más de 20 años, en 2001, cuando se redujo de 48 a 45 horas semanales, también de manera gradual.

RESUMEN conversó con Francisca Barriga, investigadora de la Fundación SOL, para conocer la visión de esta organización respecto al estado actual del proyecto y lo que podría implicar para las y los trabajadores.

«Durante los últimos 20 años ha habido crecimiento constante de productividad, es decir, los trabajadores y trabajadoras generan más en menos tiempo, lo que no se ha condicho con aumentos salariales acordes ni una reducción de jornada horaria. Por eso es importante recalcar que la reducción de jornada horaria es urgente» comentó como primer punto importante.

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No obstante, señala que de aprobarse como se encuentra en este momento la iniciativa legislativa, tendrá una serie de perjuicios. «El proyecto de ley actual nace en 2017, donde se reducía expresamente la jornada máxima de trabajo semanal de 45 a 40 horas. Esto fue aprobado por la Cámara en 2019 a pesar que no estaba auspiciado por el Ejecutivo entonces encabezado por Piñera, y pasa al Senado donde estuvo sin que pasara nada desde 2019 a 2022. Al entrar la administración actual, agregó algunas indicaciones al igual que la oposición, configurando el proyecto como está en este momento y que fue aprobado por la sala del Senado para pasar a tercer trámite legislativo de vuelta a la Cámara. Así, pasa de un proyecto que tenía como espíritu reducir la jornada y aumentar el bienestar de trabajadores y trabajadoras, a justamente, ir acompañado de una serie de indicaciones que flexibilizan las condiciones laborales, por lo tanto, pueden dejar en una situación de vulnerabilidad a la clase trabajadora».

En este sentido, desde Fundación SOL señalan que son cuatro los puntos más preocupantes del proyecto:

 

1. Flexibilidad laboral y la ilusión que sería posible negociar con empleadores

Como salió del Senado ya no se trata de una reducción a 40 horas máximo de trabajo semanal, sino que permite un promedio de 40 horas semanales en un ciclo de cuatro semanas. Es decir, en algunas semanas se podría trabajar más y otras menos mientras se promedie 160 horas mensuales (40 horas por cuatro semanas).

El principal problema en este punto es que plantea una supuesta opción que cada trabajador o trabajadora pueda acordar individualmente estas condiciones con su empleador de manera libre, ignorando cómo funciona realmente el mundo del trabajo.

«Se puede negociar hasta un tope de 52 horas semanales. Es decir, el empleador puede aumentar la jornada y compensarlo en las semanas siguientes, lo que es muy conflictivo porque, en un contexto de baja sindicalización y en el que se le ha quitado poder a la organización sindical, así como también en un contexto de malas condiciones salariales, lo que vemos en la experiencia comparada, es que si se sobrecargan semanas con horas de la ocupación principal, lo que suele ocurrir es que ese tiempo que ‘se libera’ en las semanas con menores horas, se buscan segundas ocupaciones, lo que se llama ‘uberización’, es decir, generalmente ocupaciones en plataformas digitales u ocupaciones informales en que está peor remuneradas, pero dado que este proyecto no está acompañado de un robustecimiento sindical y salarial, desconoce la asimetría que existe hoy día entre la clase trabajadora, quienes venden su fuerza de trabajo y las personas que lo compran por medio del capital. Es un punto crítico, nos parece complejo por se conforma en base a una ilusión. Existe una tremenda asimetría de poder entre empleadores y trabajadores» comentó la investigadora.

En el fondo lo que hacen estas indicaciones es recoger la contrapropuesta que presentó el gobierno de Piñera que se presentó mediáticamente como de «41 horas», que pretendía que fuera posible negociar condiciones de trabajo, que en Chile es una ficción incluso en los pocos lugares donde hay sindicatos, pues una cosa es que exista y otra es que tenga la fuerza o capacidad de poder una negociación real.

En este sentido, Barriga indicó que «se trata de proyectar esta ilusión de la negociación individual y cuando sólo sindicatos pueden una contraparte con peso al empleador, pero hoy día los sindicatos tienen poca fuerza porque la ley les da pocas atribuciones. Primero que nada solamente pueden negociar a nivel de empresa, no hay ningún tipo de nivel por sobre la empresa y dentro de la misma empresa hay muchos sindicatos. De hecho, la mitad de los sindicatos que existen hoy en Chile cuentan con 40 asociados o menos. Entonces, qué tanto se puede negociar con unidades tan pequeñas e incluso cuando dentro de la misma empresa existen muchos sindicatos, este fraccionamiento es muy útil para el actual desbalance de poder. Entonces, justamente la flexibilidad laboral es compleja en tales situaciones remuneracionales donde la mediana es de $460.000 pesos, es decir, la mitad de Chile gana eso o menos y sólo el 20% gana más de $900.000. Si tenemos un contexto salarial así de precario, evidentemente al no tener negociación los trabajadores se aferran estas condiciones laborales para no perder el trabajo y por otro lado van a buscar segundas ocupaciones en contexto de buscar ingresos complementarios».

Esto además con jornadas extenuantes, considerando el tiempo de traslado en ciudades como Santiago o lo que se sufre cada vez más en Concepción. Desde Fundación SOL proponen una línea de ‘pobreza de tiempo’ (sin tiempo para el ocio, descanso, dormir, higiene personal, etc.) correspondiente a 67,5 horas semanales, considerando el trabajo remunerado y no remunerado.

A este respecto, las investigaciones previas de la fundación son esclarecedoras. «El 53% de las mujeres, se encuentra bajo esta condición de pobreza de tiempo y un 36% de los hombres. Si lo vemos en una simulación de cómo afectaría una reducción horaria de 40 horas de trabajo remunerado y manteniendo el trabajo no remunerado constante, las mujeres bajo condición de pobreza de tiempo, que actualmente trabajan 45 horas en trabajos remunerados, pasa a un 48% y los hombres a 21%, solamente con la idea de reducción, pero si hablamos de flexibilidad laboral en que pueden haber aumento de horas extras no remuneradas o se acumulen horas en ciertas semanas y las otras queden disponibles para ocupaciones secundarias, esto va a explotar. Hablamos de pobreza multidimensional, que es de ingresos pero también otras condiciones materiales como lo es el tiempo para vivir» indicó Barriga.

 

2.  Horas extras no remuneradas

El segundo punto perjudicial es la posibilidad de trabajar horas extras gratis, a cambio de descanso en otras jornadas que el empleador establezca.

Desde Fundación SOL sostienen que «Esto también es muy complicado porque, nuevamente, en un contexto de baja remuneración puede ocurrir el mismo riesgo que comenté anteriormente, que se tomen decisiones unilaterales de parte del empleador, se aumenten horas sin remuneración. Estipula que por cada hora extra, se considera 1,5 horas de feriado, es decir, sin ir al lugar trabajo, eso con un tope de cinco días anuales de descanso, lo que también se traduce en un desmedro salarial».

Es necesario señalar que esto ya de por sí es complejo que se fiscalice, porque actualmente ya hay muchos casos de trabajo por más de dos domingos seguidos o trabajos por días que van a compensar después y que tardan en llegar. Sería entregar más herramientas para ese tipo de prácticas.

La investigadora comentó en este sentido que «el proyecto tiene una parte en que se le da más atribuciones a la Dirección del Trabajo, pero las primeras personas que fiscalizan, en general, son las asociaciones y organizaciones sindicales, porque están día a día ahí y son las personas que finalmente pueden tener cierto nivel de fiscalización de si se están cumpliendo o no las condiciones pactadas, porque una sola persona contra el empleador, si éste plantea trabajar más horas del tope, evidentemente la persona tiene pocos incentivos para ir a denunciar a la Dirección del Trabajo, por ejemplo, porque puede perder su trabajo y finalmente quedar en una situación aun peor. Por lo tanto, insistimos en que aquí se desconoce la asimetría de poder y se están dando muchas atribuciones que se dejan en el papel como acuerdo de ambas partes, pero que finalmente si tenemos las tasas de sindicalización actuales, que en el sector privado llegan al 22%, son una imposición».

 

3. Quiebre de jornada laboral

Hoy el Código de Trabajo contempla que las personas que trabajan en restoranes se les puede aplicar el denominado «quiebre de jornada», esto quiere decir, que pueden entrar en la mañana, trabajar cuatro horas, «quebrar su jornada» desde media hora hasta cuatro horas de tiempo no remunerado, para que vuelvan a retomar sus labores.

«Un trabajador de restorán si llega a las 9:00, trabaja hasta la 13:00, después se le puede quebrar la jornada y no remunerarle de 13:00 a 17:00 y a esa hora retomar su turno, esto en un contexto urbano como el que existe en las grandes ciudades de distancias largas, es muy complejo que un trabajador o trabajadora vuelva a su casa o vaya a una segunda ocupación y después vuelva. Esto está ocurriendo hoy día con los trabajadores y trabajadoras de restoranes, con el actual proyecto de ley, esto se extiende además a esta modalidad a los hoteles y de clubes, por lo tanto se expandirían los servicios que se pueden añadir a esa norma» señala Francisca Barriga.

 

4. Gradualidad

Finalmente, el cuarto y último punto tiene es la lentitud con que se aplicará la reducción de jornada. «Con este proyecto se reduce una hora semanal menos por año, por lo que recién tendríamos el beneficio completo en 2028».

Desde Fundación SOL señalan que esto es entendible para pequeñas y medianas empresas que tienen que adecuarse a las nuevas condiciones y siempre es más difícil en estos casos hacer los movimientos, pero no para que se aplica a grandes empresas de la misma forma. «No hay justificación del porqué se les trata de la misma forma -indican-. Con esta gradualidad también, si la pensamos que estará operativa en 2028 y la última reducción de jornada fue en 2001, vamos a pasar 27 años para que exista una reducción de jornada efectiva, cuando durante estas casi tres décadas hemos visto aumentos de productividad. En Chile, si vemos una jornada laboral de ocho horas y el valor que genera, de estas horas trabajadas, cinco van a pagar las ganancias del gran capital y sólo tres se utilizan para salario».

Es necesario entonces plantear que como está actualmente el proyecto de 40 horas, como salió del Senado, tendrá al menos estos cuatro puntos que son sumamente perjudiciales que se alejan del espíritu original que pretendía la iniciativa cuando comenzó su trámite en 2017. La Cámara de Diputadas y Diputados todavía tiene la oportunidad de corregirlos, pues al ser la cámara por donde ingresó el proyecto, puede cambiar las indicaciones sin la necesidad de una nueva instancia legislativa y así evitar que una iniciativa que comenzó como un beneficio para la clase trabajadora, sea transformada en una nueva oportunidad para aumentar los niveles de explotación y precariedad de la población.

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