Iniciativa Popular de Norma| Por el Derecho a la Educación

[resumen.cl] En términos generales, se puede constatar que los sistemas educativos de diversas naciones responden a sus propios requerimientos productivos, económicos y políticos. En los marcos de un país primario exportador como Chile, es absolutamente esperable que su sistema escolar tenga los límites que lo caracterizan. No obstante, desde hace bastante tiempo organizaciones vinculadas a distintas áreas de la educación nacional han desarrollado diagnósticos y propuestas progresivamente más complejas y, en este contexto han elaborado una Iniciativa Popular de Norma presentada hace algunos días a la Convención Constitucional, denominada «Por el Derecho a la Educación. Construyendo un Sistema Plurinacional de Educación Pública estatal-comunitaria».

[La puedes conocer y apoyar aquí]

La posibilidad de poner en la discusión constitucional estas Iniciativas representa un evento democrático inédito en el país en los marcos de la constitución vigente, pues su ordenamiento jurídico no contempla la posibilidad de que la ciudadanía pueda presentar este tipo de propuestas. El plazo para recibir adhesiones finaliza el 1 de febrero y para que pueda ser considerada en las discusiones de la Convención se estableció el mínimo de 15 mil.

La Iniciativa ha sido propuesta por una multitud de organizaciones como el Colegio de Profesoras y Profesores de Chile, Federación Nacional de Trabajadores de la Educación, Federación de Sindicatos de colegios particulares, Federación de Trabajadores de la educación del Elqui, Sindicatos REI. De la Red Ignaciana de Colegios, Federación de Trabajadores Siglo XXI Brothers School, Asociación de Funcionarios de Junaeb - AFAEB, Asociación de Funcionarios y Funcionarias de la Educación, Valparaíso, Directiva del Centro General de Madres y Padres del Liceo Eduardo de la Barra, Fundación Por la Infancia sin Voz, Red de profesores y profesoras de Filosofía, Círculo de Profesoras Feministas Amanda Labarca, entre muchas otras.

La Iniciativa «Por el Derecho a la Educación», plantea como «fundamental reconstruir una educación pública moderna que sea el eje del desarrollo social de Chile y que revierta la crisis de desigualdad, calidad y sentido de nuestra educación. Por eso hablamos de una educación pública, como un sistema articulado y colaborativo en todos sus niveles, con un fuerte componente estatal en su garantía y provisión y con una plena participación de las comunidades educativas y territoriales en el ejercicio del derecho a la educación». De este modo, junto con buscar asegurar la provisión de recursos suficientes, también enfatiza en la necesidad que la gestión y la administración general del sistema educativo esté mediado por la deliberación de quienes están involucradas/os en sus procesos.

Las integrantes de la Red Transformación Educación y Pedagogía, Leonora Reyes, académica de la Universidad de Chile y María Loreto Muñoz, partícipe del Movimiento Educación Diferencial (MED), respondieron a las consultas de Resumen respecto al contenido de la Iniciativa y el propósito de sus propuestas.

Docentes recogiendo adhesiones para la Iniciativa Popular de Norma «Por el Derecho a la Educación. Construyendo un Sistema Plurinacional de Educación Pública estatal-comunitaria» en Concepción.

-Plantean que «la Constitución debe establecer claramente qué se entenderá por derecho a la educación». Ahora cabe preguntar, ¿cuáles son las expresiones u omisiones presentes en la Constitución aún vigente respecto a este problema?

La Constitución de 1980 omite explicitar que el Derecho a la educación debe ser garantizado, que es el Estado el primer obligado de satisfacerlo y que la educación pública es una prioridad para el bien común. Paradójicamente, garantiza la libertad de enseñanza que es un derecho, pero que debe respetar los principios del derecho a la educación [sin que esté suficientemente definido]. En nuestra propuesta, se explicita enfáticamente que el derecho a la educación será una función primordial del Estado, que debe asegurarlo para todas las personas en todas las etapas de la vida, garantizando una provisión gratuita, acceso universal, permanencia, movilidad y egreso en todos los niveles y modalidades educativas. Para ello debe establecer un sistema nacional de educación pública democrático y participativo, el que se organizará mediante servicios públicos autónomos, de carácter local, con financiamiento permanente, directo y basal, esto es, pertinente y suficiente que les permita cumplir plena y equitativamente con su función.

– Indican en el primer artículo de su Iniciativa que «La educación es un derecho humano esencial, indispensable para el ejercicio de los demás derechos». Explícanos porqué la el derecho a la educación es indispensable para el ejercicio de los demás.

De acuerdo a los tratados internacionales, la educación se entiende como un derecho nodal. Según la observación general N° 11, del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), es un derecho social, civil, cultural y económico, pues se sitúa en el centro de la realización plena y eficaz de todos esos derechos: "es el epítome de la individualidad y la interdependencia de todos los derechos humanos".

La educación amplía la visión de mundo y nos hace ser más conscientes de la realidad, que si se mira críticamente podemos darnos cuenta de las injusticias tanto individuales como colectivas. Por eso la educación no solo debe transmitir contenidos, debe desarrollar pensamiento crítico y creativo.

– En otro artículo de la propuesta consignan que «el Estado debe destinar a lo menos el 6% del producto interno bruto del país» a educación. ¿Cuál es la relevancia de ello y cómo se asegura que el financiamiento no acabe, como ocurre actualmente, capitalizado por quienes lo reciben a través del sistema de subvenciones.

Como se indicó, el Estado es el obligado a satisfacer el Derecho a la Educación y debe hacerlo mediante un sistema de educación pública. Este sistema debe financiarse de acuerdo a las características ya mencionadas, pero con recursos que sean los suficientes para su funcionamiento integral. Esto es, de acuerdo a referencias de la OCDE, entre 6% y 7%. La idea es comprometer no solo un tipo, sino también un monto que el país deba asignar a este sistema público.

El financiamiento para el particular es otra cosa. En la propuesta no se dispone que los particulares puedan acceder a recursos fiscales, pues de acuerdo a los tratados internacionales los Estados no están obligados a financiar proyectos privados. La idea es que con posterioridad, bajo las reglas de una nueva Constitución y otro parlamento se discuta si los privados pueden acceder al dinero público para desarrollar sus proyectos y bajo qué condiciones lo recibiría […] Basta con revisar las constituciones latinoamericanas para darse cuenta que en ninguna de ellas se regula el financiamiento al privado.

La libertad de enseñanza sólo implica la posibilidad de que un privado funde un establecimiento educacional y que las familias o cuidadores puedan elegir entre una escuela privada y una pública, no que los particulares reciban financiamiento estatal.

– También aseveran: «El Estado garantiza el derecho a la participación de las personas, familias y comunidades en el proceso educativo». Háblennos de la relevancia de esta condición y qué falencias o problemas actuales pueden ser corregidos con ella.

Resulta fundamental para un sistema nacional de educación pública democrática que el Estado asegure mecanismos de participación de las comunidades compuestas por estudiantes, familias, docentes, académicas/os, funcionarias/os y directivas/os que promuevan la colaboración de organizaciones de la sociedad civil de carácter local. En nuestra propuesta se encuentran todos elles representades en Consejos Educativos electos democráticamente con facultades resolutivas en la dirección y gestión del proyecto educativo institucional, en los reglamentos internos, en la administración de los recursos de las escuelas pertenecientes al sistema público, y en la construcción de los pilares del proyecto educativo-pedagógico, con el objeto de situar el currículo nacional de acuerdo a las necesidades particulares de las comunidades. Todo, en el marco de los principios generales de la educación. Esto es crucial para nuestra propuesta, pues los proyectos educativos, ya sea público o privado, deberán construirse y contextualizarse por la propia comunidad educativa. Esto asegura la diversidad de proyectos educativos, la que no dependerá de la voluntad del privado o del Estado. Por eso decimos que nuestra propuesta es comunitaria.

La participación es un elemento de primera relevancia para que la democracia entre a la escuela y que sus actores formen parte de la toma de decisiones en lo administrativo y en lo curricular.

– El artículo 6 está referido a los trabajadores y trabajadoras de la educación. ¿En qué medida la consagración de derechos para este sector es fundamental para la implementación del derecho a la educación, en general?

Las y los docentes son un pilar fundamental en el sistema educativo, por eso la consagración de los derechos laborales a las trabajadoras y trabajadores del sector es coherente con lo planteado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre el «trabajo decente«. Asimismo, es fundamental para crear proyectos educativos de mediano y largo plazo, porque está pensado en las múltiples funciones que se cumplen en la escuela, que deben actuar coordinadamente para garantizar el derecho a la educación. Por eso, es necesario construir comunidades educativas que aprenden, se evalúan y se replantean requiere de grupos comprometidos, para ello no se puede seguir con tanta rotación, lo que implica estabilidad laboral, salarios dignos y condiciones que permitan la reflexión individual y colectiva, realizar acompañamiento de estudiantes y sus familias o cuidadores responsables, establecer relaciones con la comunidad y desarrollar innovaciones educativa.

En todos los países del mundo con buena educación, los y las trabajadoras de la educación, además de las y los estudiantes, son el centro de atención de la política educativa. Para ello se requieren condiciones de ejercicio, desarrollo y participación mínimos y dignos. Eso, es lo que en Chile hoy no existe, [por ello] es lo que pretendemos plasmar en la nueva Constitución.

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