La prensa independiente en peligro: la utilización de las querellas por injurias y el atentado al derecho a la información

Complejos momentos vive la prensa independiente y el trabajo periodístico de investigación en Chile. Esto, debido al conjunto de querellas, algunas que terminaron en condenas -de distinto tenor- que están enfrentando comunicadores y comunicadoras bajo la figura de las injurias y calumnias, que como señala el Observatorio del Derecho a la Comunicación, son utilizadas para generar «acoso judicial para amedrentar y silenciar, con el solo proceso judicial».

Por Juan Contreras Jara

La última de las condenas que afectó a un periodista fue la que se dictó a mediados de mayo, contra el director de Interferencia, Víctor Herrero , por injurias y calumnias graves, tras publicar un reportaje alusivo a las presuntas redes del jefe de la Dipolcar en la denominada Macrozona Sur, el teniente coronel Christian Beltrán, con el robo de madera.

La situación de Herrero se asimila a la sufrida por el exdirector de Resumen, Felipe Soto, quien fue condenado a mediados de enero a 61 días de reclusión (pena conmutada a libertad condicional por un año) y al pago de una multa de 680.000 pesos ¿La razón? Haber abordado un informe de Contraloría alusivo al director de la Unidad de Pesca y Acuicultura del Biobío, Rodrigo Daroch.

No obstante a que ambos trabajos periodísticos contenían información de interés público, por tratarse de funcionarios públicos, primó, tanto para los tribunales santiaguinos como penquistas, el supuesto atentado contra la honra de los funcionarios, expresado en estas dos condenas. Lo anterior, pese a que el Estado cuenta con una sentencia en su contra por no respetar el derecho a la libre expresión, condena dictada contra el Estado de Chile en el caso del abogado Carlos Barahona, el que había sido condenado bajo la figura de las injurias.

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Otro ejemplo que de la utilización de la figura de las injurias y calumnias contra la actividad informativa, fue la querella presentada por la exalcaldesa de Maipú, Cathy Barriga, en contra de la periodista Paulina de Allende Salazar. Si bien en esta oportunidad, los tribunales desestimaron la acción judicial, quedó de manifiesto la inmediata utilización del supuesto ánimo «injuriandi», para intentar castigar la actividad periodística.

 

La utilización de la injuria como acción amedrentadora y el riesgo para la prensa independiente

Sobre la situación actual del periodismo independiente y de investigación, versus, las querellas por injurias y calumnias,  Javier García, director del Observatorio del Derecho a la Comunicación explica que, «la mayor parte de estas querellas se quedan por el camino, pero logran conseguir su cometido, que es amedrentar y conseguir que la persona retire su publicación o pida disculpas por ella».

Según García, aproximadamente, el 1% de querellas terminan en condena. Lo problemático -explica- , es que el propio proceso es sí tiene un efecto amedrentador y ese objetivo se consigue sin la necesidad de la sentencia. «Eso es lo preocupante de que se utilice el Código Penal para sancionar las injurias a corto plazo y eso es lo que busca el acosador judicial».

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En cuanto a esta utilización ya habitual de las querellas por injurias contra la prensa, Víctor Herrero, director de Interferencia hizo esgrimió que, «la libertad de prensa, ya fuertemente limitada en Chile por la alta concentración de medios masivos en manos de empresarios nacionales o internacionales de corte más conservador y de derecha, se viene erosionando hace varios años».

Herrero, sentenciado al pago de 11 UTM y las costas del juicio, agregó: «hay que recordar los despidos que se produjeron en medios tradicionales durante el Estallido Social, muchos motivados políticamente, la persecución de medios populares y comunitarios y con herramientas como la honra, los intentos de silenciar a la prensa independiente, como también ha ocurrido con Resumen. Y ya sabemos dónde esto puede terminar: sin una prensa sana, la democracia se vuelve cada vez más débil».

 

Las querellas por injurias que persisten pese a condena de la CIDH contra el Estado chileno

Fue el 24 de noviembre de 2022 que la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado de Chile por vulnerar el derecho a la libre expresión y pensamiento del abogado ambientalista Carlos Barahona. Entre otros, la corte consideró la violación al principio de legalidad y de protección judicial por parte del Estado chileno, luego de que la Corte Suprema no realizara una valoración adecuada del alcance del derecho a su libertad de expresión.

Además de una indemnización de 80 mil dólares, la CIDH sentenció al Estado chileno a modificar la legislación sobre el delito de injurias, debido a que sus sanciones penales no cumplen con los requisitos de estricta legalidad penal ni con el derecho a la libre expresión.

Pese a este determinante antecedente, funcionarios públicos siguen utilizando la figura de las injurias para contrarrestar las investigaciones en su contra y tribunales continúa haciendo eco de ellas.

Justamente, a dicho fallo hace alusión el Colegio de Periodistas de Chile al referirse a la condena contra Víctor Herrero de Interferencia, insistiendo en que «las figuras de injurias y calumnias no pueden ser usadas para denostar la labor periodística y esperamos que Chile pronto asuma el fallo de Barahona v/s Chile de la Corte Interamericana de DDHH que aborda este tema».

En esta línea, desde el Observatorio del Derecho a la Comunicación, expresan que: «todas las acciones de protección al honor con el uso de las querellas por injurias y calumnias son peligrosas para la labor periodística, porque en Chile tienen una regulación anacrónica». En este punto, García afirma que dicha regulación descontextualizada y añeja, porque data del siglo XIX, termina por «inhibir el debate público».

En cuanto a la situación de la persecución penal de las injurias en algunos países de América o Europa, Javier García comenta que hay distintas experiencias que abren el debate, justamente tras pronunciamientos, en el caso americano, de la CIDH.

Por ejemplo, «hay países como Argentina o Uruguay hacían persecución penal de las injurias y calumnias y a partir de las críticas y las sentencias, acogieron las recomendaciones y modificaron su legislación para proteger las informaciones de interés público».

Incluso en EEUU se protegería a la prensa, según explica García, de la figura de las injurias, aunque repara en que, al igual que en Europa, se da el fenómeno de las SLAPP, que consiste en estrategias judiciales para amedrentar. «Pasa que en los países donde no hay persecución penal contra las injurias, acudiendo al acoso con sanciones económicas u otros delitos, que no son las injurias, para hostigar al periodismo crítico, por ello en Estados Unidos y Europa se está exigiendo leyes que protejan el debate público o normativas anti SLAPP«.

 

¿Dónde deben apuntar las políticas públicas?

Considerando la creciente utilización de las querellas por injurias y calumnias contra el trabajo periodístico de interés público, Javier García enfatizó en que, «hay que tener una regulación que impida utilizar esta excusa para acosar a las voces críticas. En ese sentido, lo primeo es sacar del Código Penal, que la sanción no sea un delito penal, sino que se persiga por los tribunales civiles».

Desde el Observatorio del Derecho a la Comunicación acotan que es necesario revisar la definición de injurias y calumnias, «que data del siglo XIX». Concluye que, «se debe entender de forma detallada, qué es la injurias, porque no se ha modificado desde su aprobación en el Código Penal de 1894».

Se debe «ahondar en normas que desincentiven a estas personas que utilizan el acoso judicial, porque verán que les puede salir caro su actuar», afirma García. Esto propiciaría que, «las personas que acudan a juicio sea realmente porque se haya vulnerado sus derechos y no sea para ahuyentar o silenciar voces críticas o que no salgan a la luz temas de interés público».

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