TC admite a trámite solicitud de inconstitucionalidad en condena a director de Resumen

El 18 de enero la jueza Claudia Castillo Jiménez del Tribunal de Garantía de Concepción condenó a Felipe Soto, director de RESUMEN, a 61 días de cárcel por la publicación de una noticia titulada «El método Daroch en la Provincia del Bío Bío: presuntos sobresueldos en la Municipalidad de Quilleco«.

Fue el mismo Rodrigo Daroch quien presentó una querella por injurias y calumnias al ser mencionado en la nota periodística por un informe de Contraloría donde señalaba que el funcionario del Gobierno Regional había realizado trabajos paralelos injustificados.

Nuevamente, funcionarios públicos utilizan esta abusiva figura de la legislatura chilena (del siglo XIX) para limitar el trabajo informativo de la prensa libre, tal como lo señala el Observatorio del Derecho a la Comunicación (ODC). "Resulta frecuente que empresarios, políticos y altos funcionarios públicos abusen de los recursos judiciales, interponiendo querellas u otras acciones contra periodistas o activistas que divulgan información y críticas sobre asuntos de interés público" comentó su director, Javier García.

De hecho, en marzo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos sentenció a Chile por vulneración a la Libertad de Expresión en un caso similar en que un exsenador se había querellado por injurias, determinando que la figura de injurias y calumnias está obsoleta y no responde a la legalidad internacional, dejando mucho a la interpretación del juez, tal y como ocurrió en el caso de Felipe Soto. Por ello es que la corte instó a Chile a actualizar su normativa.

Esta sentencia fue clave para la presentación realizada con apoyo del ODC al Tribunal Constitucional (TC), que resolvió hace horas admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad, que paraliza automáticamente todos los trámites legales en que se encuentra actualmente el proceso.

Al respecto, el abogado patrocinante por parte de RESUMEN, Fabián Barría, señaló que «Esto se enmarca dentro del uso abusivo del derecho penal para la persecución o acallamiento de la prensa y sienta un precedente importante».

La abusiva sentencia a cárcel por una publicación en prensa ha sido condenada por organismos nacionales e internacionales. La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) consideró una «amenaza para la democracia» en Chile la reciente condena penal por difamación contra el comunicador Felipe Soto. La organización instó a la despenalización inmediata de las demandas contra la prensa por los llamados «delitos contra el honor».

«La pena de 61 días de reclusión menor en su grado mínimo decretada contra el comunicador Felipe Soto -en este caso remitida por no contar con antecedentes penales-, por el delito de injurias y calumnias, es un profundo retroceso para la Libertad de Prensa y el Derecho a Informar en Chile. Estos fallos van contra todos los estándares internacionales en defensa de la libertad de expresión, por lo tanto urge modificar el Código Penal para erradicar acciones limitantes y disuasivas en investigaciones en casos de interés público», afirmó Rocío Alorda Zelada, presidenta del Colegio de Periodistas de Chile.

La agrupación Reporteros Sin Fronteras, por su parte, publicó en su Twitter oficial «En un contexto en el que los poderes públicos y políticos de América Latina utilizan cada vez más los mecanismos judiciales para silenciar el trabajo de los periodistas, es imperativo que el juicio de este sábado [Día de la apelación a la sentencia N. del E.] se ajuste a las normas internacionales de libertad de prensa».

Si bien todavía no hay fecha respecto al pronunciamiento final del TC, es una demostración de cómo es necesario profundizar la democracia en cuanto a libertad de expresión y capacitar a los jueces en materia de derechos humanos.

Resumen.

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