[resumen.cl] Hace cuatro años que la Ley IVE entró en vigencia en nuestro país. Desde allí hasta la fecha, cifras del Ministerio de Salud dan cuenta que un 47% de funcionarios públicos son objetores de conciencia en causal de violación. De 1269 de los sondeados, 599 se niegan a aplicar esta causa.
Fue en septiembre de 2017, luego de una discusión de dos años, que se regula la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales. Antes de esta ley, el aborto era ilegal y criminalizado, cualquiera fuese la causa.
Ley N° 21.030 modifica el Código Penal y el Código Sanitario para garantizar el acceso a la interrupción del embarazo cuando la vida de la mujer se encuentre en riesgo, cuando el feto no tenga posibilidades de sobrevivir fuera del útero y/o cuando el embarazo sea producto de una violación.
Asi, la Ley IVE, viene no solo a despenalizar el aborto, sino a ampliar el acceso de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. Poniendo en primer lugar, la vida de las mujeres y la posibilidad de poder acceder a profesionales de la salud para realizar el procedimiento y de forma gratuita en el sector público.
Esta ley contempla un servicio de acompañamiento llamado "biopsicosocial" que tiene como objetivo facilitar la toma de decisión de la mujer frente a su cuerpo. Asimismo, la objeción de conciencia se considera en la ley como aquella cláusula que los profesionales de la salud tienen para negarse a hacer el aborto por razones religiosas, culturales, etc.
A cuatro años ¿Cómo ha funcionado la objeción de conciencia?
Desde Corporación Humanas lanzaron un Mapa de Objetores de Conciencia (2020-2021) que da cuenta de la puesta de esta cláusula en las distintas regiones del país.
Los resultados han demostrado que el acceso para las mujeres a la Ley de Interrupción Voluntaria se ha visto complicado. Dado que gran parte de los prestadores de salud pública se niegan a realizarlo. Ante esto, han tenido que acudir al sistema privado de salud.
Entre 2020 y 2021 un total de 40 mujeres tuvieron que ser trasladadas entre distintos establecimientos de salud del país, para que se concretara el procedimiento de aborto que requerían.
A cuatro años de la entrada en vigencia de la Ley IVE, según los datos del Ministerio de Salud, de los 1.269 médicos obstetras que pueden interrumpir embarazos producto de violaciones en el sistema público, 599 son objetores, es decir, el 47%. Por riesgo materno la cifra baja al 18% (236) y por inviabilidad fetal al 26% (337).
En ese sentido, el subsecretario de Redes Asistenciales del Ministerio de Salud, Fernando Araos, comentó que "es deber del sistema sanitario garantizar el acceso oportuno a la prestación a mujeres y personas gestantes". Argumentando que para ello, se están realizando esfuerzos para contar con equipos necesarios en cada centro asistencial.
Fue en septiembre de 2017, a pocos días de ser publicada en el Diario Oficial la nueva ley, que se evidenciaron estos problemas. Una niña de 13 años en Chiloé, embarazada por violación, tuvo que ser derivada al Hospital San José de Independencia de la RM. En la región no hubo personal disponible para realizar el aborto; los profesionales adujeron falta de instrumental y objeción de conciencia.
A cuatro años de este hecho, que marcó el debut de la ley, hay cinco centros de salud -de los 68 autorizados en el país- donde todos los obstetras contratados son objetores de conciencia para causal de violación: Pitrufquén, Talagante, Constitución, Cañete y Aysén.
En otros siete recintos asistenciales -Angol, Vallenar, San Camilo, San Fernando, Santa Cruz, Victoria y Cauquenes- cuentan con solo un doctor disponible para practicar abortos, lo que deja al recinto sin personal habilitado en caso de que este tome vacaciones, licencia médica o, sencillamente, no esté de turno.
Una de las soluciones es organizar el sistema de salud, que logre garantizar que en todos los hospitales declarados para realización de abortos, existan equipos clínicos adecuados, dejando por lo menos uno que pueda atender.
Álvaro Insunza, presidente de la Sociedad Chilena de Obstetricia y Ginecología, comentó que se está de acuerdo que los médicos puedan solicitar la objeción de conciencia individual, pero que: "entendemos que en algún minuto se va producir un conflicto ético entre el derecho de la autonomía de la mujer y el derecho de ejercer la libertad de conciencia, pero tenemos que ser capaces de resolverlo".
En ese sentido, la ley y la garantía de ejercer el derecho de las mujeres se ha visto trabado por esta normativa.
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Martina (seudónimo aplicado por razones de privacidad) fue una joven que en el primer semestre 2020 se vio enfrentada al servicio público para solicitar un aborto asistido por causal de violación. Para ello, inició el proceso por la vía legal para ser derivada al servicio de acompañamiento que posee la Ley N*21.030.
Entre las primeras opciones, se encontraba asistir al sistema público, en este caso el Hospital Regional de Iquique. Martina comenta que, ella es oriunda de la comuna de Alto Hospicio, que no posee hospital propio por lo que tuvo que solicitar cupo en Iquique.
Para ello, atravesó un proceso burocrático que tenía que "certificar" que la razón del aborto estuviera correcta. Posterior a ello, recibió una notificación que le daba pie para poder solicitar una hora para el procedimiento. Pero en el establecimiento público todos los doctores disponibles, se declararon objetores.
"Me sentí humillada y desprotegida. En un proceso que quería hacer rápido, se volvió lento y además tuve que 'mendigar' ser atendida. Se vuelve doblemente victimizante y traumático atravesarlo. Yo no sabía que esto existía (objeción) y lo puedo entender, pero deben haber soluciones", comenta.
La joven finalmente acudió a la Clínica Tarapacá, establecimiento de carácter privado que pudo realizarle el procedimiento al casi mes y medio de iniciada la tramitación.
Se propone, entonces, que los servicios de salud se organicen de tal manera que profesionales puedan negarse al proceso, pero que las mujeres puedan ejercer su derecho a abortar sin necesidad de ser trasladadas.
Cuando se promulgó la ley, se estimaba que alcanzaría cerca de 2.550 casos anuales, pero las cifras arrojan 625 abortos en año pasado. De ellos, 112 por violación, y en 2020 se presentaron 588, 143 por la última causal de violación.
En tanto, Araos afirmó que estas situaciones se pretenden solucionar y canalizar prontamente en un Departamento de Género que será estrenado en el Ministerio de Salud. Enfocado en detectar las brechas y conflictos que existen en todas materias de salud en razón de género.