¿Medir la realidad o campaña encubierta? La urgencia de regular las encuestas como necesidad democrática

No es ningún caso la explicación principal del triunfo mayoritario del Rechazo. No obstante, los sondeos de opinión son una herramienta cada vez más importante para las democracias del siglo XXI, pues pueden perfilar comportamientos electorales o subrepresentar demandas legítimas de la población. Por eso es que cabe preguntase si su trabajo fueron encuestas que pretendían mostrar la realidad o si fueron "encuestas de apalancamiento" (push polls), es decir, que muestran a cierta opción como ganadora parar funcionar en realidad como propaganda electoral encubierta, por ello es que en muchos países existen legislaciones que las regulan (como en Francia, Canadá o España), las que debemos mirar para profundizar la democracia.

Por Alejandro Baeza

En este sentido, hace unas semanas la «Red Profesional de Sociólogo/as de Chile» hizo público un comunicado cuestionado el rol que han cumplido las empresas de encuestas para este plebiscito de salida, señalando las carencias metodológicas que apuntarían a representar una realidad sesgada.

«Desde hace mucho tiempo que la comunidad sociológica nacional observa la corrupción en el mercado de las encuestas sociales sin poder pronunciarse al respecto» señalan en su comunicado la agrupación de la carrera profesional que se especializa en este tipo de investigaciones, apuntando también que debe existir una regulación legal en la materia.

También puedes leer: Agrupación de sociólogos/as cuestiona rol de las encuestas ante el plebiscito y llama a crear ley que las regule

«Rechazamos categóricamente la postura de «autorregulación» que propone la AIM (Asociación de Investigación de Mercado) como solución, y creemos que es absolutamente necesario una legislación que regule este mercado, lleno de falencias que afectan al país y a sus instituciones. Nos parece irresponsable dejarse confiar en la mano invisible del mercado, puesto que hemos visto los últimos años la falta de probidad de empresas prueban que el mercado está lejos de autorregularse. Necesitamos , al igual que otras profesiones que necesitan ser reguladas, una forma de normativa que permita la sanción y persecución de quienes vulneren ciertas reglas mínimas» indican.

En este sentido, apuntan que las encuestas de intención de voto y de opinión pública deben ser supervisadas por un sociólogo, socióloga o persona con postítulo en sociología que firme y se haga responsable profesionalmente de los datos expuestos.

Te puede interesar: PODCAST | Cerro a la Izquierda: El problema de las encuestas en Chile

La agrupación de profesionales indicó la necesidad que legislar y regular la realización de encuestas con el fin de no dejar al arbitrio del mercado un asunto que se está volviendo cada vez más esencial para la democracia. «Creemos que es necesario que se transparenten los métodos y las bases de datos obtenidas, disponiendo de ellas públicamente para pueda existir una auditoría de la metodología utilizada en los estudios» concluyen.

Esto no se trataría en ningún caso de una novedad en materia internacional, pues existe experiencia comparada en diversos países que permiten ver cómo han regulado esta materia., que establecieron que tener unos estándares de calidad en la información que se le entrega a la población, cumple un rol fundamental en la democracia.

 

Experiencia comparada: la legislación que regula encuestas a nivel internacional

Agrupaciones como la American Association for Public Opinion Research (AAPOR), el National Council on Public Polls (NCPP), la European Society for Opinion and Marketing Research (ESOMAR) y la World Asociation of Public Opinion Research (WAPOR) se encargan de producir protocolos y guías de publicación e interpretación de los resultados y metodologías de las encuestas de opinión para sus respectivos países.

Por citar un ejemplo, en España se exige la publicación de la ficha técnica, la identificación del encuestador y el texto íntegro de las preguntas planteadas para que una encuesta pueda ser publicada. La norma otorga a la Junta Electoral Central amplias facultades de fiscalización, pudiendo incluso si es que la información les genera dudas, requerir información técnica complementaria con respecto a la encuesta realizada, además, el medio de comunicación que difundiera sondeos con infracción a estos requisitos está obligado a publicar las rectificaciones correspondientes. Quienes infrinjan esta normativa son constitutivas de delito y se castigan con penas de prisión que van de tres meses a un año, además de la imposición de multas administrativas.

Un caso interesante, quizás el más interesante, es Francia, donde la ley también exige como requisito la publicación de la ficha técnica, además de una declaración que dé cuenta de la falibilidad de los sondeos y del margen de error. No obstante, uno de los elementos más importantes, es que debe ser depositada en primer lugar ante la Commission de Sondages (Comisión de Sondeos) antes de ser publicada y es este organismo quien publica los datos en su página web institucional y luego notificada a la prensa. El organismo se encarga de estudiar así como generar normas para "asegurar la objetividad y calidad de la publicación y difusión de encuestas políticas". Respaldado por el Conseil d´Etat, tiene incluso capacidades para definir las condiciones contractuales entre quién contrata el servicio de encuesta y la empresa que lo proporcione, asimismo verifica que la encuesta cumpla con los criterios metodológicos y científicos serios antes que la información pueda ser accesible al público. En forma adicional, un decreto del Consejo de Estado fijó en 1980 una serie de normas aplicables directamente al diseño metodológico de estos estudios, el que impidió, entre otras cosas, el uso de preguntas capciosas.

Finalmente y para dar un ejemplo latinoamericano, tenemos el caso de Colombia, donde la ley además de exigir la publicación de la encuesta en su totalidad, especificando la persona u organismo responsable, establece que debe publicarse la ficha técnica completa, incluyendo la fuente de financiamiento y el margen de error. Con la creación en 1994 del Consejo Nacional Electoral, un organismo con facultades normativas y de fiscalización, se estableció la obligación de inscripción en el Registro Nacional de Encuestadores para llevar a cabo sondeos, estableciendo una serie de criterios metodológicos para poder estar registrados en el ente, lo que ha hecho que las encuestas en este país sean de las más certeras del continente.

Finalmente, es necesario señalar también que otro aspecto grave en este proceso plebiscitario fue el rol de los medios de comunicación, quienes utilizaron a las encuestas como parte de su campaña en que se encontraban cuadrados por la opción Rechazo. Por es que, como un o una analista debe ser capacitada en la interpretación adecuada de los datos, también lo deben estar quiénes quieran comentarlo en los medios de comunicación, especialmente en los más masivos como la televisión abierta, tanto en la comprensión de los datos como su exposición a la población, pues no basta sólo con leer encabezados y repetir lo escrito.

*Imagen obtenida de maximaformacion.es

Estas leyendo

¿Medir la realidad o campaña encubierta? La urgencia de regular las encuestas como necesidad democrática